sábado, 30 de noviembre de 2024

¿Mejorarán las calificaciones de sostenibilidad con la regulación europea?

 

Este artículo no es para leer mientras sube el ascensor,

es para leer cuando no hay una buena película o un buen partido de fútbol.

 

Las calificaciones de sostenibilidad empresarial han sido criticadas por muchas de las partes interesadas. Algunas las critican por arbitrarias e inconsistentes, [i] otras por no representar lo que pretenden representar, la sostenibilidad empresarial, otras por falta de transparencia con el objeto de proteger el negocio particular de las calificadoras, otras porque distorsionan la sostenibilidad de las inversiones. Sea como sea son pocos los que consideraban que la calificaciones prestan un buen servicio a los usuarios. Su popularidad se debe a un acuerdo implícito entre las calificadoras y los valores/empresas calificadas de no alterar el status quo, y la connivencia de los analistas de valores, para no tener que hacer sus deberes. [ii]

Pero la Comisión Europea, preocupada por el funcionamiento de los mercados ha querido poner un poco de orden a este caos de calificadoras/calificaciones.  Para ello, el 19 de noviembre del 2024, el Consejo de la Unión Europea aprobó la legislación sobre el reglamento sobre calificaciones y calificadores de sostenibilidad (Regulation on the transparency and integrity of Environmental, Social and Governance (ESG) rating activities).[iii]

Pero ¿son regulables? ¿Qué se puede lograr con la regulación?  Analizar esto es el objetivo del presente artículo. Primero haremos un repaso del ecosistema de usuarios, calificadoras y calificaciones, incluyendo sus deficiencias, para poner la discusión en contexto, para luego resumir las disposiciones de las regulaciones y analizar la contribución  que pueden hacer para resolver las deficiencias y mejorar la utilidad para los usuarios.

I.                El ecosistema de las calificaciones de sostenibilidad.

A efectos de analizar las regulaciones y su potencial efectividad primero debemos considerar el objeto de la regulación, el ecosistema de las calificaciones de sostenibilidad empresarial: (a) que son las calificaciones; (b) quienes son las calificadoras; y, (c) quienes son los usuarios y para qué (supuestamente) sirven.

a.     ¿Qué son las calificaciones? Tipología.

Las calificaciones de sostenibilidad, en general, son expresiones cuantitativas o cualitativas de algunos aspectos relacionados con la sostenibilidad empresarial. No hay uniformidad en este sentido y las calificadoras diseñan sus propias metodologías y definiciones. En términos simplistas podemos decir que todas las metodologías contienen (1) selección de indicadores de los diferentes aspectos de la sostenibilidad empresarial, (2) su definición, (3) la cuantificación de acuerdo con …….. (4) sus fuentes de información y (5) la importancia relativa que le asignan en la determinación de la calificación. Cada calificadora se diferencia en todos y cada uno de estos cinco aspectos. No es de sorprender que haya discrepancias en sus resultados. A través de ello, cada calificadora desarrolla un modelo implícito de lo que es el la sostenibilidad para cada caso.

Por ende, hay una gran variedad de calificaciones para empresas individuales, proyectos y actividades, fondos de inversiones, instrumentos financieros, entre otros. Cada calificadora tiene sus ideas.  Además, hay gran diversidad en su ámbito de evaluación. Sin pretender ser exhaustivos, podemos tipificarlas como:

  • Agregadas: que hacen una calificación sobre todo el espectro de la sostenibilidad empresarial: social, medioambiental, gobernanza;
  • Temáticas: que califican algunos de esos aspectos, por ejemplo, sociales, ambientales y de gobernanza;
  • Sectoriales: por ejemplo, cambio climático, agua, género, condiciones laborales, transición energética, etc.;
  • Ámbito de la evaluación: evaluación de los impactos sobre el medio ambiente y la sociedad (p.e. S&PGlobal), o bien el impacto sobre la posición financiera (p.e. MSCI), o bien evaluación de la exposición a los riesgos ambientales y sociales (p.e. Sustainalytics), entre otros;
  • Contexto: términos absolutos, relativos (best in class), cualitativos o cuantitativos; y,
  • Materialidad: basada en los impactos sobre la sociedad y el medio ambiente y la situación financiera de la empresa (doble materialidad) o solo esta última (materialidad financiera). Añadiendo el impacto financiero no es estrictamente hablando, una calificación de sostenibilidad es una calificación financiera con una base de información ampliada.

Más adelante analizamos las deficiencias de las calificaciones como expresiones de la sostenibilidad empresarial en función de los tipos y sus usos.

b.     ¿Quiénes son las calificadoras?

Las calificadoras son entidades especializadas en análisis de la sostenibilidad.  En los comienzos del interés por el tema eran entidades que se dedicaban exclusivamente a ello (pure play), o combinándolo con servicios de consultoría relacionados.  Pero con el paso del tiempo y el aumento del interés en la sostenibilidad, se ha estado produciendo una consolidación y las más reputadas han sido adquiridas por proveedores de servicios financieros, en particular por entidades especializadas en calificaciones de riesgo crediticio, que pueden aprovechar sinergias en los accesos a información y su procesamiento y satisfacer la creciente demanda por la integración de la consideración de los riesgos en la sostenibilidad en los riesgos crediticios. Esto está siendo estimulado por los estándares de reportes, tanto europeos como internacionales, que requieren la consideración de la materialidad financiera de los impactos sociales y medioambientales y la consideración del informe de sostenibilidad como complemento del financiero.

Para dar una idea de la oferta, se estima que en el mercado hay cerca de 150 calificadoras que venden sus productos y servicios en los mercados financieros. Una de las activas, Sustainalytics produce más 13 000 calificaciones. Se estima que las regulaciones de la Comisión Europea reducirán el número de calificadoras a menos de 50, las más prominentes, que puedan cumplir con los requisitos.

c.     ¿Quiénes son los usuarios y para qué (supuestamente) sirven?

Los principales usurarios son los inversionistas, las instituciones de los mercados de capitales (gestores de fondos de inversión) y de crédito (banca), proveedores de índices y estándares de referencia (benchmarks) y las mismas empresas objeto de calificación.

1.      Instituciones de los mercados financieros

Los inversores y gestores de fondos de inversión sostenibles utilizan cada vez más las calificaciones para seleccionar los valores a invertir, considerando los riesgos y/o impactos vinculados a la sostenibilidad (por ejemplo, para la inclusión o exclusión de acciones en una cartera o fondo). También se utilizan a menudo análisis posteriores a la inversión (por ejemplo, para calificar la "sostenibilidad" de un producto o fondo de inversión).  Y a efectos de evaluar el rendimiento de esas carteras y fondos se utilizan índices de referencia (benchmarks) que han sido constituidos utilizando calificaciones individuales.

Pero ante las deficiencias que analizamos más abajo, muchas de estas instituciones efectúan sus propias calificaciones, privadas, basadas en sus objetivos y en las características de sostenibilidad de las empresas y valores y usan las calificaciones genéricas solo como referencia. Pero aun conociendo las deficiencias muchos analistas en las gestoras de fondos siguen utilizando las calificaciones genéricas para obviarse el trabajo de hacer la diligencia debida.

2.     Empresas

Las empresas utilizan las calificaciones para atraer a las entidades de los mercados financieros responsables como fuentes de inversión y crédito y a sus grandes clientes, y en menor medida, para informar a los consumidores, pero también para verificar su desempeño en comparación con sus pares.

Se alega que las empresas usan las calificaciones como fuente de retroalimentación sobre sus estrategias de sostenibilidad con el objeto de mejorarlas. Esto es una falacia ya que las calificaciones suponen un modelo de lo que deben ser las empresas sostenibles que es genérico, que no es aplicable a ninguna empresa en particular. La realidad es que las empresas usan esa retroalimentación para mejorar su calificación, buscando influenciar con sus respuestas y actividades las puntuaciones.  Las usan más como un instrumento de mejora de imagen que de mejora de sostenibilidad. “Qué debemos hacer para mejorar la calificación”, en vez de “Qué debemos hacer para mejorar nuestra sostenibilidad”.

II.             La regulación y su razón de ser. 

a.     ¿Cuáles son los problemas que resolver?: Objetivos de la regulación.

El objetivo general de la regulación es la protección de los inversionistas mejorando la información de la cual disponen para tomar sus decisiones, tanto a nivel de valores individuales como de fondos, al aumentar la transparencia, confiabilidad y calidad de las calificaciones y la gobernanza, la responsabilidad y la supervisión y control de las calificadores, para mejorar la integridad de los mercados y promover una mejor comparabilidad de las calificaciones y calificadores y con ello estimular la competencia en ese mercado.

El informe de progreso sobre el greenwashing preparado por la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA) [iv] destacó a las calificaciones como un importante canal de transmisión de aseveraciones engañosas sobre sostenibilidad empresarial y abogó por la regulación de la industria. En este sentido, la regulación forma parte de las estrategia general de la Comisión Europea de protección de los inversionistas y consumidores combatiendo el greenwashing. [v]

De un estudio previo [vi] y posteriores consultas a las partes interesadas sobre la industria de las calificaciones, la comisión determinó la existencia de conflictos de intereses, falta de transparencia y precisión en las metodologías de evaluación y una falta de claridad sobre la terminología y las operaciones de las calificadoras.  Paralelamente la Organización Internacional de Comisiones de Valores (IOSCO) realizó un estudio y consulta con objetivos y resultados similares, lo que dio lugar a una serie de recomendaciones que la comisión también utilizó en la preparación de la regulación mencionada arriba [vii] [viii]

b.     Qué no es objeto de la regulación

Y para entender los objetivos y potencial efectividad de las regulaciones es crítico destacar que no se ocupan del uso que se les da a las calificaciones, ello es responsabilidad de los usuarios. Tampoco pretenden regular ni armonizar las metodologías, lo que queda a discreción de cada calificadora. Se concentra en asegurar que los usuarios tengan mejor y más información para tomar sus decisiones.

c.     Pequeñas y medianas calificadoras

Para equilibrar la carga regulatoria la regulación introduce un régimen temporal más ligero para los pequeños proveedores de calificaciones. El régimen más ligero es opcional y los que opten por participar solo estarán sujetos a requisitos organizativos y de transparencia específicos. Aquellos que opten por participar estarán sujetos al Reglamento completo después de tres años. 

d.     Principales disposiciones.

Las disposiciones son muy detalladas y solo describiremos las más significativas.

1.      Sobre las calificadoras

Las calificadoras deben divulgar información al público sobre las metodologías, modelos y supuestos clave de calificación que dichos proveedores utilizan en sus actividades de calificación y en cada uno de sus productos y las limitaciones de la información disponible para ellos y de la metodología utilizada. Esa información debería permitir a los usuarios de las calificaciones realizar su propia diligencia debida al evaluar en qué medida sirven para sus objetivos. Sin embargo, la divulgación de información no debe revelar información empresarial sensible ni impedir la innovación.

Para garantizar la calidad y confiabilidad de las calificaciones, las calificadoras deben utilizar metodologías de calificación que sean rigurosas, sistemáticas, independientes, capaces de verificación y que se apliquen de forma continuada y transparente. Sin embargo, es importante dejar que las propias calificadoras determinen sus propias metodologías de acuerdo con esos principios.

También deben revelar información sobre cualquier posible compromiso con las empresas, proyectos, valores, etc. objeto de la evaluación. Y para evitar conflictos de intereses, las calificadoras de sostenibilidad no pueden proporcionar servicios de consultoría a los inversionistas, la venta de calificaciones de crédito, el desarrollo de índices, ni llevar a cabo actividades de inversión, banca, auditoría, seguros y reaseguros.

En efecto, un reciente estudio mostró que, como consecuencia de la adquisición de calificadores de sostenibilidad por parte de calificadoras de crédito, sus calificaciones tienden a ser superiores para los que también son clientes de las calificadoras de crédito. [ix]

Para operar en Europa, estas disposiciones obligarán a reorganizaciones de las calificadoras y a separarlas de otras partes de sus negocios. Desharán las consolidaciones recientes. Ello puede tener consecuencias negativas al no poder aprovechar las sinergias en la integración de todos los riesgos, y reducción de la competencia, con un consecuente aumento de costos. También puede conllevar a limitar el número de calificadoras con el riesgo de reducir la competencia y tener menos calificaciones de sostenibilidad.

2.     Sobre las calificaciones

Las calificaciones deben revelar el tipo de calificación, la calificación otorgada a cada factor relevante y la ponderación que se otorga a cada uno de esos factores en la agregación cuando la calificación se expresa en valor absoluto o relativo.

Deben revelar claramente qué dimensión del principio de doble materialidad aborda la calificación, es decir, si se trata tanto del riesgo financiero material para el elemento calificado o para el emisor, como del impacto material en el medio ambiente y la sociedad en general, o si aborda solo uno de esos asuntos. También deben revelar claramente si la calificación aborda otras dimensiones.

3.     Supervisión y control

Uno de mayores valores agregados de la regulación es la obligación de que las calificadores que entren en el ámbito de aplicación de obtener la autorización de la Autoridad Europea de Valores y Mercados, ESMA, que será responsable de desarrollar la legislación secundaria/Estándares Técnicos Regulatorios (RTS) que aclararán aún más las responsabilidades de las calificadoras bajo el nuevo régimen.

Peor es de destacar que el esquema propuesto por las regulaciones de aprobación, supervisión y control por parte de ESMA se asegura que las calificadoras cumplen con los requisitos para operar, pero no le corresponde emitir opiniones sobre la calidad de sus productos o servicios, sus metodologías y los resultados. Corresponde a los usuarios hacerlo, paro cual ahora dispondrán de más y mejor información para hacerlo.

La información sobre las calificaciones y las calificadoras debe estar disponible en el punto de acceso único europeo (ESAP) y deberán reportar la información pública en lenguaje de maquina a partir de enero del 2028.

III.           ¿Serán efectivas las regulaciones? (algunos) Criterios para evaluar la efectividad.

En otros artículos [x] analizábamos seis deficiencias de las calificaciones lo que nos puede servir de base para evaluar la efectividad de las regulaciones analizadas arriba.  Claro está que las regulaciones no tienen como objetivo subsanar estas deficiencias, tienen objetivos más generales, pero si no se superan estas deficiencias se puede reducir su efectividad.

Las seis deficiencias se pueden resumir en:

1.      Indefinición del objeto de la evaluación: ¿Qué entendemos por sostenibilidad?

A medida que la calificación pretenda ser más agregada, a incluir más aspectos, será menos confiable al abarcar gran diversidad en aspectos que no se compensan ni deben compensarse. Es el opuesto al caso de agregar aspectos con errores estadísticos que se pueden compensar y el agregado resulta más preciso en la medida que hay más números, una muestra mayor (ley de los números grandes) (ver la deficiencia 6).  Si la calificación es sobre aspectos muy concretos, digamos cambio climático o inclusión, la calificación es menos dependiente de supuestos y de la compensación entre los diferentes aspectos de la sostenibilidad y puede ser más confiable.

Cada calificadora tiene su modelo implícito de lo debe ser una empresa sostenible, lo que se refleja en los indicadores que utilizan y los pesos relativos para determinar una calificación global.  Y ni los pesos ni los indicadores suelen reflejar los aspectos materiales, los que tienen impacto para cada empresa en la práctica y los que la empresa quiere priorizar.  Las calificaciones no se basan en las estrategias empresariales. A lo sumo se especifican a nivel de sectores industriales (p.e. modelos para petróleo y gas diferentes de alimentos), pero no específicos para cada empresa, como sí lo hacen, por ejemplo, los gestores de fondos responsables especializados que no ofrecen productos al público en general, que hacen sus propias calificaciones privadas. [xi]

Esto es el principal problema de las calificaciones: el concepto de sostenibilidad no está definido y cada calificadora, para diferenciarse, tiene su propio modelo. Pero es que, aunque se usara un concepto relativamente uniforme, su implementación es especifica a cada empresa y su contexto, y la forma de medirla, está sujeta a grandes supuestos.

Y aun así suelen ignorar otros aspectos claves para la sostenibilidad como la cultura, integralidad de la estrategia, sinergias entre actividades, etc.

2.     Sesgo a la calificación basada en la materialidad financiera.

Gran número de las calificaciones se hacen para ser usadas por participantes en los mercados financieros, que tiene implícita la evaluación del potencial impacto financiero de las actividades de las empresas, o los valores de un fondo, sobre la sociedad y el medio ambiente. Como hemos comentado, son las calificadoras de riesgo crediticio las que han ido absorbiendo calificadoras de sostenibilidad.

El interés, y por ende el objetivo de la evaluación, no es la sostenibilidad empresarial, es el impacto financiero de la sostenibilidad. Un caso extremo puede ilustrarlo mejor: una empresa que causa grandes impactos negativos sobre la sociedad o el medio ambiente, pero que opera en un entorno que no tiene capacidad de reacción o donde la empresas es capaz de anular o mitigar esa reacción, tendrá una evaluación neutra o positiva ya que sus impactos no se reflejan en impactos financieros, pero no se puede decir que es una empresa sostenible

3.     Indicadores inadecuados para capturar la sostenibilidad.  

Las calificaciones se basan en los insumos asignados y las actividades llevadas a cabo, medidas con indicadores indirectos, pero no se basan en los resultados obtenidos de las actividades ni el impacto (cambio) logrado. Usan mayormente información estática, del presente y pasado. ¿Es la existencia de un código de ética indicativo de impactos favorables sobre la sociedad? ¿Por tener una política de diversidad? ¿Se deben otorgar puntos por tenerlos o por los impactos logrados? Muchos de los indicadores utilizados no son ni siquiera condición necesaria para ser sostenible.

4.     Ignoran aspectos negativos.

En general, las calificaciones se basan en el otorgamiento de puntos a los diferentes indicadores, pero no restan puntos por impactos negativos, en el peor de los casos le asignan calificaciones de cero.  Por ejemplo, las empresas de petróleo y gas reciben puntos por tener un plan para la reducción de emisiones, pero no reciben puntos negativos por su contribución la cambio climático; la industria de bebidas azucaradas no recibe puntos negativos por el cabildeo contra las regulaciones, pero sí recibe puntos por el reciclaje de las botellas; una empresa de apuestas recibe puntos por el reciclaje de papel, pero no recibe puntos negativos por los daños que causa en las comunidades y familias. Son muy pocas las calificaciones que incluyen la evaluación de la responsabilidad el producto. A lo sumo se espera que ello sea parte de los criterios de exclusión. En algunas calificaciones la tabacalera Philip Morris tiene mejor calificación que Tesla. Y en la evaluación de S&PGlobal es la empresa “best in class” e incluida en el Dow Jones Sustainability index. [xii]

5.     Usurpación de papeles.

Las calificaciones son presentadas y usadas como si representaran la sostenibilidad empresarial. S&P Global sacó a Tesla de su índice de sostenibilidad, por bajo puntaje en relaciones laborales en el año en curso e introdujo a ExxonMobil por haber preparado un plan de transición energética para el 2050 (demostrado no factible) con lo que decía que la petrolera era más “sostenible” que la pionera en vehículos eléctricos. Podemos no estar de acuerdo que quiere decir “ser sostenible” y a mejor no lo podemos articular, pero como dijo un presidente de la Corte Suprema de Justicia de EE. UU., “no puedo definir la pornografía, pero sí sé lo que es cuando la veo”. Tesla es más sostenible que ExxonMobil.

6.     Compensaciones.

En la medida que las calificaciones se refieren a aspectos más agregados, implícitamente se permite compensar deficiencias en algunos aspectos con elementos positivos en otros y viceversa. Esto permite calificar con elevadas puntuaciones a empresas que tienen grandes irresponsabilidades. ¿Compensa la existencia de un código de conducta las elevadas emisiones de gases de efecto invernadero?  Para muchas calificadoras sí.

IV.            ¿Serán efectivas las regulaciones? ¿Mejorarán las calificaciones?

Las calificaciones mejorarían si, como consecuencia de la regulaciones vencieran las deficiencias que hemos listado arriba, pero ello es una manera, no la única para evaluar si las calificaciones mejorarán.  Debemos hacerlo además en el contexto de dos consideraciones: (1) cuales son los objetivos de las regulaciones; y, (2) las diferentes necesidades de los usuarios.

En esta sección primero evaluaremos en qué medida cumplirán sus objetivos, si se subsanan algunas de las deficiencias mencionadas y si cumplen con las necesidades de los usuarios.

a.     Análisis de su potencial efectividad: objetivos de la regulación. 

1.      Información confiable y confiabilidad de las calificadoras

El mayor valor agregado de las regulaciones en la obligación de proporcionar información pública sobre las metodologías, modelos, supuestos claves, fuentes de la información de base, etc. En la actualidad son pocas la que revelan estas informaciones que siendo un mercado competitivo quieren proteger su cuota de mercado y diferenciarse, lo que tiene el efecto de producir gran diversidad de calificaciones.  Otro aspecto que contribuirá a su efectividad es el énfasis en la confiabilidad de las calificadoras, su gobernanza y responsabilidad y eliminación del conflicto de intereses.

Las regulaciones tienen un perfecta coincidencia entre sus objetivos y sus disposiciones, lo que debería llevar a que sean efectivas. Lo que puede poner en peligro parte de su efectividad es el comportamiento de las calificadores, donde la revelación de la información sea parcial para proteger su mercado, tratando de cumplir el mínimo posible.  Y la labor de ESMA en la autorización, supervisión y control es crítica, pero puede verse afectada por la falta de recursos.

2.     Comparabilidad de las calificaciones

Pero hay un objetivo que creemos que no solo no se logrará, sino que es además contraproducente buscarlo y es el de la comparabilidad de las calificaciones. Es incompatible con los otros objetivos, si no se quieren regular y armonizar las metodologías, no se puede pretender que sean comprables, lo que depende de ello. No se puede pedir a las calificadoras que usen modelos, metodologías e informaciones de base semejantes.

Las calificaciones, por definición, evalúan aspectos diferentes de la sostenibilidad, para cubrir diferentes necesidades. Solamente en el caso de las calificaciones sobre aspectos muy puntuales será razonable la comparación entre calificadoras. A pesar de las regulaciones, continuará la dispersión de las calificaciones y continuarán produciéndose diferentes calificaciones para una misma empresa y el mismo aspecto de sostenibilidad.  Continuarán las contradicciones entre calificaciones mencionadas arriba (III.4 y 5.). Pero ahora por lo menos el usuario debería tener suficiente información para saber que reflejan y como las puede usar para sus objetivos.

b.     Análisis de su potencial efectividad: ¿subsana las deficiencias?

Como destacábamos en la sección II.b. no son parte de los objetivos de la regulación ni el uso que se les da ni la regulación y armonización de las metodologías. La regulación regula el entorno, el ecosistema, no las calificaciones ni su metodología, por lo que las seis deficiencias mencionadas no serán subsanadas por la regulación. No es su objetivo. Y si no es su objetivo subsanarlas, ¿para que las mencionamos?  Para advertir a los usuarios que las calificaciones siguen sin resolver los problemas de: (1) Indefinición del objeto de la evaluación: ¿Qué entendemos por sostenibilidad?; (2) Sesgo a la calificación basada en la materialidad financiera; (3) Indicadores inadecuados para capturar la sostenibilidad; (4) Ignoran aspectos negativos; (5) Usurpación de papeles; y, (6) Compensaciones entre buenos y malos comportamientos. Y para enfatizar que el usuario debe hacer sus deberes para interpretarlas de acuerdo con su objetivos y que las “nuevas calificaciones” no le resolverán estos problemas.

c.     Análisis de su potencial efectividad: necesidades de los usuarios.

En este sentido las regulaciones hacen una gran contribución ya que, si bien los usuarios tienen necesidades específicas que la regulación no puede atender, su implementación permitirá afinar la compatibilidad entre sus objetivos y el contenido, metodología utilizada y la confiabilidad de la calificadora en términos de su gobernanza y responsabilidad. Siempre han tenido objetivos, pero con el esquema actual les es más difícil saber cuál es la calificación que es más compatible y como interpretarla.

V.              En resumen: ¿Son regulables las calificaciones y calificadoras en sostenibilidad empresarial?

Si bien las calificaciones y las calificadores no son regulables por la especificidad de cada caso, y se debe dejar que el “mercado” funcione, los esfuerzos de la Comisión Europea, siempre en línea con mejorar la operatoria de los mercados y facilitar las decisiones de los participantes en esos mercados, los consumidores, inversionistas, empresas, etc. están promoviendo una mayor transparencia y confiabilidad de la información para que los interesados puedan tomar decisiones informadas (valga la cacofonía). Están regulando el ecosistema.

Las regulaciones no resolverán el problema de la dispersión y las contradicciones entre calificaciones de las empresas. Continuarán, pero con las regulaciones los usuarios tendrán mayor y mejor información para distinguir entre ellas y seleccionar las que sean más compatibles con sus objetivos.

Cada empresa tiene su visión de lo que debe ser su sostenibilidad empresarial y cada calificación tiene su modelo de qué debe ser esa sostenibilidad y sus objetivos y no suelen coincidir.

El ideal de calificar a cada empresa en función de su especificidad y para cada uno de los posibles usos de las calificaciones, es factible pero no es práctico. Se deberán hacer compromisos, pero los usuarios: inversionistas, empresas, reguladores y el público, deben (deberían) conocer las especificidades de cada calificación (objeto y la compatibilidad con sus necesidades antes de usarlas. 

No es fácil dar forma a lo informe, claridad a lo nebuloso o estructura a lo desestructurado.

Las regulaciones de la Comisión Europea van en este sentido: idoneidad de las calificadoras y transparencia sobre metodologías y datos.

CONCLUSIÓN: Las regulaciones allanan el terreno para las decisiones más efectivas, pero la responsabilidad permanece en los inversores ….. que deben hacer sus deberes. La Comisión se ha tomado el trabajo de facilitarlo, pero no de hacérselo. Cada usuario tiene sus propias necesidades.



[i] Ver un exhaustivo análisis en Aggregate Confusion: The Divergence of ESG Ratings (Florian Berg, Julian F Kölbel y Roberto Rigobón, agosto 2019).

[v] Si bien la regulación de las calificaciones es parte de la operatoria de los mercados de valores, en este caso el liderazgo lo ha asumido la comisión, para poder darle la fuerza de regulación obligatoria.

[viii] A finales del 2024 no está disponible en español, pendiente de su publicación en el boletín oficial.

sábado, 23 de noviembre de 2024

Regulaciones sobre sostenibilidad: Después del vendaval viene la dilución.

 

 Para cada acción hay un reacción igual y opuesta.

Tercera ley de Newton.


En años recientes, la Comisión Europea ha desatado un vendaval de regulaciones sobre aspectos de sostenibilidad empresarial y ambiental para la implementación del Pacto Verde. Regulaciones de protección del consumidor, del comportamiento de las empresas, de reporte de la sostenibilidad empresarial, de las responsabilidades de los mercados financieros, calificación del verdor de las actividades, la emisión de instrumentos financieros verdes, sobre el greenwashing en los mercados de productos de consumo y los financieros, sobre la calificación de la sostenibilidad de valores negociables, entre otras….. y todavía faltan algunas para cerrar el círculo.

Naturalmente el vendaval ha dado lugar a resistencias por parte de las empresas, de instituciones, y recientemente de los actores políticos que buscan la dilución o el retraso de algunas de las regulaciones. En este artículo analizaremos estas reacciones y sus posibles consecuencias.

Ya se había diluido la CSDDD, [i] se ha pospuesto la Taxonomía Social sine die, [ii]  y la de deforestación y está en duda la actualización de la Directiva sobre finanzas sostenibles para incorporar reglas más estrictas y la Directiva sobre el reporte de la sostenibilidad empresarial. Pero esta dilución de intensificará y expandirá. [iii]

I.                Introducción

En la segunda mitad del 2024 se presentaron una serie de eventos que han tenido y van a tener un gran impacto en la regulación de la sostenibilidad empresarial y ambiental en Europa y por extensión, a otros países (el “efecto Bruselas”). Se aprobaron y entraron en vigencia una serie de regulaciones de impactos significativos, se realizaron elecciones para el Parlamento Europeo y se constituyó una nueva comisión europea, sin bien bajo la misma Presidenta, y en el proceso se presentó el informe The Future of European Competitiveness, (Informe Draghi), que tenía varios años en preparación, y se realizaron elecciones el EE.UU. que llevaron a un cambio de la visión sobre estas sostenibilidades, Y se ha intensificado el agotamiento de muchos actores sobre la sostenibilidad.  Todo esto ha dado lugar a una reconsideración del impacto de las regulaciones sobre la competitividad de los países de la Unión. Y el énfasis en la competitividad puede conspirar contra la sostenibilidad.

II.             Efectos perversos de las regulaciones: Reacción de los afectados

Las regulaciones aprobadas dentro del Pacto Verde de la Unión Europea están haciendo una gran contribución a la sostenibilidad, pero a medida que se han ido acumulando se ha ido sintiendo el impacto y costos que tienen en la operatoria de las empresa y los efectos en los  mercados de productos de consumo y de productos y servicios financieros, lo que está produciendo una reacción que conlleva una reevaluación de su efectividad.

La acumulación, el alcance y la velocidad e intensidad del cambio esperado han destapado algunos efectos perversos, que no pueden ignorarse en el proceso de reconsideración. Hacemos un breve comentario a los más destacables:

  • Oposición de las empresas y algunas instituciones;
  • Las cargas que se están imponiendo sobre la preparación, reporte, aseguramiento y cumplimiento de la información sobre sostenibilidad están llevando a las empresas a priorizar el cumplimiento con las regulaciones en detrimento de innovación y gestión de esa sostenibilidad.
  • De la misma manera pueden llevar a una reducción en las prácticas responsables:
  • Y una dilución de los compromisos, de las metas en sostenibilidad que las empresas están dispuestas, si no a cumplir, por lo menos a anunciar al público, el targetwashing. Minimizar el riesgo reputacional;
  • En consecuencia, se limitarán a informar sobre lo inevitable, el ecosusurro [iv](greenhushing), de nuevo para minimizar el riesgo reputacional;
  • Y ante las consecuencias y costos de identificar y actuar sobre los aspectos materiales, basados en la doble materialidad de los estándares de reporte europeos, las empresas buscarán minimizar el número de aspectos sobre los cuales reportar. Se alegará que el mayor rigor de estos estándares de reporte, y por ende de acciones, y los mayores costos de estas, comparados con los aplicables en el resto del mundo (solo materialidad financiera) puede disminuir la competitividad de las empresas;
  • La cantidad, el alcance, intensidad, la velocidad de la implantación y las contradicciones entre algunas de ellas causa agobio y confusión en las empresas, también elevando los costos de cumplimiento.
  • Las regulaciones sobre las operaciones de los mercados financieros han conducido al cierre de fondos de inversión y menores emisiones de bonos verdes, por ejemplo, por no cumplir con ellas. Para algunos ello quiere decir que las regulaciones disminuirán el financiamiento para la sostenibilidad, pero en gran parte ello es el resultado de sincerar, de reducir abusos aprovechando la incertidumbre sobre las reglas. Muchos de esos recursos financiaban la sostenibilidad de nombre no de hecho.

 

Sin embargo, estos efectos “perversos” no son una justificación para la dilución de las regulaciones que hacen una contribución positiva a la calidad de vida, pero sí son un grupo de factores que deben ser considerados en el alcance, cantidad, velocidad e intensidad de las regulaciones. Debe tomarse en cuenta la capacidad de implementación efectiva por las empresas e instituciones. [v]  Tampoco quiere decir que las regulaciones deben adaptarse a la empresa menos capaz, pero tampoco hacer pagar justos por pecadores, regular para el más deshonesto.  La clave está en el balance: la competitividad no debería lograrse a expensas de la sostenibilidad, ni viceversa.

 

Un indicador indirecto de la reacción a las regulaciones es que, a pesar de las amenazas de la comisión de penalizaciones, a noviembre del 2024, 12 miembros todavía no han transpuesto la Directiva sobre reportes de sostenibilidad a la legislación nacional (España sí lo ha hecho).  

III.           Reacción política.

 a.     Composición de la Comisión y del Parlamento

Las elecciones al parlamento europeo del 6 al 9 de junio del 2024 dieron lugar a cambios en el balance político, con ganancias de los conservadores a expensas de los progresistas, de los menos favorables a las regulaciones, a expensas de los que prefieren mayor control estatal. La derecha y ultraderecha tienen una amplia mayoría.

La nueva Comisión Europea ha elevado y ampliado la cobertura de los temas de sostenibilidad empresarial y ambiental, ahora con una vicepresidencia ejecutiva de Transición Limpia, Justa y Competitiva que es además Comisaria de Competencia (número 2 de la comisión), y dos comisari@s, una para Medioambiente, Agua y Economía Circular y el otro para Clima, Emisiones Cero y Crecimiento Limpio. Y la comisión ha propuesto un nueva comisaría de Implementación y Simplificación. Pero es destacable lo que parece una contradicción entre las intenciones y las acciones:  la comisaria de competencia es de izquierdas y las comisari@s de medio ambiente y clima de derechas.  Est@s dos influirán en la dilución de las regulaciones.

b.     El Informe Draghi

Después de varios años en proceso, el 9 de septiembre del 2024 se publicó el informe The Future of European Competitiveness, en el que se presenta un exhaustivo análisis del retraso en la competitividad en los países europeos, poniéndola en el contexto de la competencia con otros países como EE. UU. y China. Tiene como objetivo proponer una serie de medidas para estimular esa competitividad de la Unión Europea. [vi]   Buena parte del énfasis del informe se refiere al efecto que la simplificación regulatoria y administrativa tiene sobre la competitividad. Dice:

El exceso en la carga regulatoria y administrativa puede entorpecer la competitividad de las empresas de la Unión Europea en comparación con otros bloques. Afecta negativamente la productividad sectorial, por ejemplo, aumentando los costos operativos e imponiendo barreras a la entrada de nuevas empresas, desalentando la competencia.

Y lo justifica con una comparación del “excesivo” nivel regulatorio europeo con el “liviano” de EE. UU., que consideran como un modelo (y en este país los políticos de derecha se quejan de la excesiva regulación), y con algunos estudios internacionales comparativos sobre el impacto de las regulaciones sobre la competitividad y la facilidad de hacer negocios. En este sentido, Europa sale mal parada de la comparación con EE. UU. y con algunos otros países, incluyendo China, que tiene una mínima regulación del comportamiento empresarial.

El informe aconsejó que todas las nuevas propuestas se sometan a una prueba de competitividad renovada con una metodología sólida para medir los impactos acumulativos, incluidos los costos de cumplimiento y las cargas administrativas.

Como se puede observar, el informe tiene un fuerte sesgo hacia el potencial impacto negativo sobre la competitividad, pero ignorando sus impactos positivos, lo que ha estimulado la reconsideración de las regulaciones en la Unión Europea, plasmadas en la Declaración de Budapest (ver a continuación).

En nuestro análisis del informe, [vii] publicado antes de esa Declaración, decíamos:

Lo peor: El empoderamiento que dará a los enemigos de la sostenibilidad para reducir las acciones y la transparencia y confiabilidad de la información. 

c.     Declaración de Budapest

La reunión informal de jefes de estado de la Unión Europea, celebrada en Budapest del 7 al 8 de noviembre, tuvo más cobertura mediática por las diferencias políticas entre el anfitrión, de ultraderecha, y muchos de los otros participantes. La reconsideración de las regulaciones casi que pasaron por debajo del radar informativo general, pero ello fue el núcleo de las discusiones, plasmadas en la Declaración de Budapest.

Es un plan de 12 puntos de los jefes de estado de la UE que enfatiza una "revolución de simplificación" para un "marco regulatorio claro e inteligente" en la UE. La comisión busca reducir la carga regulatoria combinando lo siguiente en una sola regulación ómnibus.

  • Directiva de informes de sostenibilidad corporativa (CSRD);
  • Regulación de taxonomía de la UE; y, 
  • Directiva de diligencia debida de sostenibilidad corporativa (CSDDD)

No obstante, la presidenta de la comisión explicó que no está tratando de alterar drásticamente las obligaciones substantivas impuestas por estas regulaciones, sino de racionalizar las obligaciones y de reducir la carga burocrática en las empresas en el alcance.

El Consejo de la Unión Europea pidió a la Comisión que presente propuestas concretas sobre la reducción de los requisitos de informes en al menos un 25% en la primera mitad de 2025.  El plan de la comisión para consolidar los marcos de informes de sostenibilidad empresarial pretende reducir la complejidad regulatoria y mejorar la competitividad en la UE.

La propuesta se considera un aplazamiento potencial bienvenido para las empresas, dada la interacción, a menudo superpuesta y compleja, entre la regulación de la taxonomía de la UE y las directivas de reportes, CSRD, y de diligencia debida, CSDDD.

Parafraseando la conocida cita, [viii] podríamos decir: La sostenibilidad y la competitividad se fueron al campo un día, más pudo la competitividad que la sostenibilidad que le quería.

d.     Reacciones externas

Los resultados de las recientes elecciones en EE. UU. han dado un significativo apoyo a la reducción y eliminación de regulaciones (aunque no fuera uno de los aspectos de las campañas políticas), sobre todo en los aspectos relacionados con la sostenibilidad empresarial (cambio climático, financiamiento sostenible, inclusión, libertad de asociación, solidaridad, etc.). De hecho, se ha anunciado la creación de un “ministerio” (más bien un grupo asesor) para la desregulación y simplificación administrativa.

Si bien esto no debería tener efecto directo sobre las regulaciones en Europa y en otros países, está empoderado a los enemigos de las regulaciones. Si antes susurraban sus oposiciones ahora las gritarán. Si el informe Draghi consideraba a EE. UU. el modelo de la liviana regulación en su situación actual, esto estimulará aún más sus efectos.

Esto inclinará el balance necesario entre sostenibilidad y competitividad a favor de esta última. Mal augurio para la “racionalización” de las regulaciones.

Y las amenazas de la imposición de aranceles a las importaciones en EE. UU. le darán gran urgencia a la competitividad de Europa. Lo que faltaba.Éramos muchos y parió la abuela”.

e.     Agotamiento y fatiga.

Y todo esto se desenvuelve en un entorno en el cual se ha venido sintiendo un agotamiento sobre las exigencias de la sostenibilidad empresarial. Ante las condiciones económicas adversas y los riesgos en la situación geopolítica actual, todos, las personas, la sociedad, las empresas y los gobiernos, ven los costos de la sostenibilidad empresarial y ambiental con más claridad y los beneficios más borrosos. Y nos volvemos más cortoplacistas.

Todos los beneficios que los promotores de la sostenibilidad empresarial nos han venido prometiendo no se están dando, pero los costos sí. Estamos cansados de esperar. Hay fatiga.

Se han postulado múltiples razones para explicar el decaimiento del interés sobre la sostenibilidad, uno de las más citadas es de ideología política, pero nosotros hemos postulado que la principal razón es ese agotamiento. Se ha querido hacer mucho, muy rápidamente. [ix]

IV.            En resumen

Las perspectivas para la regulación de la sostenibilidad no parecen muy favorables. Después del vendaval de las regulaciones viene el vendaval de la desregulación ….. para cumplir con la tercera ley de Newton.

Se está creando la “tormenta perfecta” para la dilución de las regulaciones.

Pero las regulaciones no pueden ser evaluadas solo en términos del impacto sobre la competitividad, como sugiere el informe Draghi. Debe considerarse el impacto sobre la calidad de vida, que es uno de los principales objetivos de la Unión Europea, por lo que se distingue de otros países como EE. UU., pero la balanza se está inclinado, peligrosamente, hacia la competitividad, en detrimento de la sostenibilidad.

Europa ha dado el ejemplo al mundo sobre la priorización de la sostenibilidad, sería un pena que se volviera


[iv] Lo habíamos propuesto como palabra del año en Palabra del año 2023 en sostenibilidad empresarial: Ecosusurro.

[v] En el artículo Mejorar la sostenibilidad empresarial: ¡Seamos realistas! analizábamos el impacto que los excesos de ambición de los reguladores pueden tener sobre el logro de sus objetivos.

[vii] Ver el artículo en la nota precedente.

[viii] El amor y el interés se fueron al campo un día más pudo el interés que el amor que le tenía.