miércoles, 27 de mayo de 2026

Implicaciones de la Inteligencia Artificial para la responsabilidad empresarial en el contexto de la encíclica Magnifica Humanitas

  

Las denominadas inteligencias artificiales no viven una experiencia, no poseen un cuerpo, no pasan por la alegría y el dolor, no maduran en las relaciones ni conocen desde dentro lo que significan el amor, el trabajo, la amistad y la responsabilidad. Tampoco tienen una conciencia moral: no juzgan el bien y el mal, no captan el sentido último de las situaciones ni asumen el peso de las consecuencias.

#99 Magnifica Humanitas

      Tiempo de lectura: 14 minutos.

Seguramente el lector ya habrá visto numerosos artículos comentando el contenido de la encíclica, resaltando los aspectos claves del mensaje sobre los impactos que la Inteligencia Artificial, IA, puede tener sobre la dignidad humana. Este artículo se diferencia de aquellos en que no es descriptivo, es analítico y pone el foco en la responsabilidad empresarial como amortiguador de aquel impacto: cómo se ve afectada esa responsabilidad por la IA y cuál es su papel. Y no analiza la encíclica, la usa para poner contexto a la discusión sobre las implicaciones de la IA en la responsabilidad empresarial.

 

En el aniversario, 15 de mayo, de la promulgación de la encíclica Rerum Novarum, (1891) de León XIII, su homónimo León XIV firmó la encíclica Magnifica Humanitas: Custodia de la persona humana en el tiempo de la inteligencia artificial (se presentó el 25 de mayo, ver video). Es de notar que esta vez hubo una presentación y se hizo con la presencia del papa y con un panel de lideres religiosos y la participación de Christopher Olah, cofundador de Anthropic, empresa líder en IA y una de las más preocupadas por el impacto de sus modelos en la condición humana. [i]

En este artículo aprovecharemos los riesgos y advertencias que la encíclica destaca sobre el potencial de la IA de afectar la dignidad humana para hacer un análisis del papel de la responsabilidad de las empresas ante la sociedad de mitigar algunos de esos impactos, destacando el impacto que tiene sobre los empleados como personas y en particular sobre su dignidad vía el empleo. [ii] No es un análisis de la encíclica, que considera muy superficialmente el papel de la empresa, más bien es aprovechar los mensajes de la encíclica, en el contexto de la doctrina social de la iglesia, DSI, para analizar el papel de la responsabilidad empresarial. Para ello, antes haremos un brevísimo repaso de la Doctrina Social de la Iglesia para apreciar el contexto histórico en el que se sitúa la encíclica.

La encíclica, en 42 300 palabras, 54 páginas y 224 notas pie, cubre una gran diversidad de aspectos sobre los impactos de la IA en la vida cotidiana y en particular sobre las acciones y enseñanzas de la Iglesia, y la apremiante necesidad de la regulación nacional, supranacional y autorregulación de la IA que no consideraremos.  Tampoco comentaremos las grandes contribuciones que la IA puede hacer al mejoramiento de la calidad de vida. No porque creamos que la regulación no sea crítica y que la que contribución neta no pueda ser positiva, sino para no alargar este ya largo artículo.

Y como parte del contexto podemos citar algunas estadísticas sobre el usos de ciertas palabras: Humano 214, Persona 160, Bien común, 67, Dignidad, 98, Doctrina social, 53, empresa(rial), 11 veces.

I.                Continúa con la tradición de la Doctrina Social de la Iglesia.

La encíclica Rerum Novarum surgió como reacción de la iglesia a los cambios, entonces dramáticos, sobre la vida de las personas y empresas que ocasionaba la revolución industrial y esta, Magnifica Humanitas es su espejo, ante la revolución digital, no menos dramática, que está ocasionando el desarrollo de la Inteligencia Artificial.

La Rerum Novarum estableció los fundamentos de la Doctrina Social de la Iglesia, aunque solo adquirió ese nombre a partir del 1950 con el papa Pío XII. Estableció los cuatro principios fundamentales de esa doctrina: (1) La Dignidad de la persona; (2) el reconocimiento de que los bienes naturales y culturales son comunes; (3) Subsidiariedad, por lo que las decisiones deben tomar en cuenta las opiniones de los niveles más cercanos a las personas, los afectados; y, (4) la Solidaridad con las personas.

El denominador común entre ambas encíclicas es la preocupación por el impacto de los cambios del entorno en la dignidad humana, en el primer caso a través prevención de los posibles efectos de la mecanización del trabajo y la masificación de la producción con el riesgo de asimilar la persona con una máquina, con la correspondiente deshumanización. En la encíclica reciente sobre la prevención del potencial devastador impacto que la IA, particularmente sobre la degradación, reducción o destrucción del empleo, con el riesgo, ahora mayor, de prescindir de la persona.

Y en ambos casos es la empresa la que puede ser causante y amortiguador de esos efectos. Es oportuno enfatizar que un fuerte fundamento de la dignidad humana es el empleo digno y de calidad, la oportunidad de sentirse útil, necesario, poder contribuir al desarrollo de la sociedad y de la familia.

Cuando la eficiencia se vuelve medida de valor, el ser humano es tentado a considerarse como un proyecto que debe optimizarse más que como una criatura llamada a la relación y a la comunión.

 

II.             La Doctrina Social de la Iglesia y la responsabilidad empresarial.

Esta ha sido la preocupación constante, que se ha cubierto en múltiples encíclicas (he publicado varios artículos sobre las implicaciones de las encíclicas en la responsabilidad empresarial [iii]).  Las más pertinentes a nuestros propósitos son la de Centesimus annus de Juan Pablo II, Caritas in Veritas de Benedicto XVI y Laudato sí y Fratelli tutti de Francisco.

Centesimus annus (1991) fue promulgada a los 100 años de la Rerum Novarum, que además de celebrar el aniversario tenía como objetivo recopilar la DSI y ponerla al día antes los cambios económicos, en particular la globalización y el auge del mercantilismo. Caritas in Veritas (2009) [iv] sobre el desarrollo humano integral y el progreso hacia el bien común, contiene acerbas críticas al fundamentalismo del libre mercado y por ende contiene numerosas alusiones a las responsabilidades de las empresas, sobre todo en el tratamiento digno de sus empleados. Laudato si: Sobre el cuidado de la casa común,[v]  (2015) fue promulgada para coincidir con las deliberaciones sobre los acuerdos para el combate al cambio climático, que se logró en la Cumbre de París, y enfatizaba la necesidad de proteger el medio ambiente y las interrelaciones y el papel determinante que este tenía sobre el bienestar de las personas. Fratelli tutti [vi] (2020) extiende los argumentos de Caritas in Veritas sobre el fundamentalismo del libre mercado y las consecuencias que ello tiene sobre las poblaciones más vulnerables. Aboga por su inclusión en el circulo económico de intercambios y por un refuerzo de la regulación de estos mercados.

Estos principios de la DSI siguen siendo relevantes hoy en día y son usados en la nueva encíclica como hilo conductor del análisis del impacto en la condición humana por lo que son pertinentes para analizar cuál debe ser la responsabilidad empresarial.

Podríamos decir que la aplicación de estos principios al contexto empresarial ha tenido una gran influencia en el desarrollo de lo que hoy llamamos la responsabilidad de la empresa ante la sociedad y sobre el papel regulador de los gobiernos sobre los efectos de la actividad económica en el desarrollo humano.  El desarrollo de esa responsabilidad empresarial no ha sido exclusivamente una incitativa secular. Algunas de las encíclicas, en base a su poder blando de persuasión, han tenido una influencia determinante. [vii]  

La encíclica Magnifica Humanitas es la que menos se refiere a la responsabilidad empresarial de las cuatro mencionadas arriba.  Menciona la palabra empresa o empresarial en solo once ocasiones, siempre en términos de su responsabilidad por el empleo digno y de calidad.

Para analizar las implicaciones de la IA para la responsabilidad empresarial usamos el mismo contexto de la DSI que usa la encíclica para analizar el impacto de la IA sobre la dignidad humana.  Para simplificar la discusión proponemos su aplicación en la siguiente tabla.

Implicaciones de los Principios de la Doctrina Social de la Iglesia

sobre la Responsabilidad de la Empresa ante la Sociedad

 

Principios de la DSI

Responsabilidad Empresarial

Dignidad de las personas

Los empleados son personas, que deben ser tratadas con dignidad, no son un recurso de producción equivalente a los recursos financieros o físicos. Aún el pago de un sueldo justo y beneficios monetarios no evacuan la responsabilidad de un tratamiento digno.

Bien común

La empresa utiliza en sus actividades bienes que son comunes a la sociedad por lo que debe utilizarlos de forma sostenible, sin menoscabar su disfrute por las personas y empresas, de las generaciones presentes y futuras.

Subsidiariedad

Las personas, empleados, clientes y otros miembros de la sociedad que son afectados por todas las actividades deben poder participar en las decisiones que los afectan. Principio básico de consulta con los stakeholders

Solidaridad

Los beneficios monetarios y no monetarios de las empresa han sido obtenidos utilizando bienes que pertenecen a la sociedad, incluyendo las personas por lo que los deben compartir en función de las contribuciones relativas de cada grupo que los ha aportado. Cada uno que aporte lo mejor de sus capacidades y recursos y que reciba compensación justa por ello. [viii]

 

III.           Potencial impacto de la inteligencia artificial en la condición humana.

De la misma manera también podemos utilizar los principios de la DSI para analizar las consecuencias de la IA sobre la actividad empresarial. Postulamos que la empresa es un intermediario clave del impacto de las revoluciones industrial y digital sobre la persona y su dignidad por lo que la responsabilidad empresarial puede actuar de amortiguador.  Claro está que no es el único amortiguador, también lo son los gobiernos, asociaciones gremiales y las instituciones de la sociedad civil, y en este caso en particular, la Iglesia Católica, pero su consideración excede el objeto de este artículo.  Proponemos las siguientes implicaciones.

Principios de la DSI que son afectados por la IA

Principios de la DSI

Inteligencia Artificial

Dignidad de las personas

Degradación, reducción y pérdida de empleo. Substitución por herramientas digitales con la consecuente deshumanización y humillación.

Bien común

La información pública, privada y personal es un bien común que no debe ser aprovechado para fines excluyentes. Se apropian del bien común.

Subsidiariedad

El poder se eleva a las empresas tecnológicas y a instrumentos digitales despersonalizados que desestiman la participación de los afectados.

Solidaridad

Son instrumentos digitales, incorpóreos, cuyos fines son ellos mismos, sin necesidad ni interés en compartir los beneficios del uso de bienes comunes. No es parte de su razón de ser. Si hay solidaridad será de las empresas, si son responsables, que los controlan.

 

Con esto no queremos decir que la IA es la antítesis de la responsabilidad empresarial, lo que si queremos enfatizar es que con la aplicación masiva, autónoma, irresponsable e indiferente de la IA se corren riesgos de degradar la dignidad humana, y que la responsabilidad empresarial puede jugar un papel en su mitigación.

IV.            Responsabilidad empresarial ante los impactos de IA.

Esta responsabilidad la habíamos analizado en cinco artículos previos, [ix] que, aunque no estaban en el contexto de las encíclicas y de la DSI, son consistentes con ellos, por lo que solo extraeremos párrafos representativos de cada uno a manera de resumen (el lector interesado en más detalles puede consultar los artículos).

a.      Impacto de la inteligencia artificial en el bienestar social: ¿Bueno, malo o todo lo contrario? (3 febrero 2024).

Y no todos los trabajadores están en condiciones de adquirir las destrezas necesarias para operar el nuevo entorno, y muchas empresas no lo facilitarán. Habrá algunas socialmente responsables que sí se preocuparán de sus empleados afectados…….En general, sus conclusiones, sin hacer muchos cálculos, es que el neto será beneficioso para la sociedad y que se debe estimular el uso de la inteligencia artificial…….pero la discusión sobre el neto de los beneficios de la inteligencia artificial no es el asunto relevante. Lo clave para la sociedad es como hacer para que los beneficiarios se beneficien sin perjudicar a los perjudicados, o que haya algunos elementos de compensación en el corto o mediano plazo. ….Lo que nos atrevemos a pronosticar es que la inteligencia artificial aumentará la desigualdad social … a pesar de las intervenciones de los gobiernos.

b.     Inteligencia Artificial en la sostenibilidad empresarial. 1a. Parte: Responsabilidad de la empresa sobre el impacto en la humanidad del empleado (29 marzo 2026).

 

La facilidad de substituir y mejorar muchas tareas que requieren la participación de personas le da a la IA la capacidad del desplazamiento de la fuerza laboral, con los consecuentes impactos sobre su situación financiera y emocional. Adicionalmente la era de la automatización tiende a valorar lo mecanicista sobre lo humano, desprovisto de moral, de ética, de emociones, con la consecuente deshumanización del empleado y sobre el ejercicio de la responsabilidad de la empresa que requiere de juicios morales y éticos…… incluir, además de los aspectos tradicionales de las condiciones laborales, preocupación y acciones sobre el impacto en su condición humana……..debe considerar que, ante esta disrupción, debe haber un cambio en las prioridades relativas, pasando los aspectos sociales, y en particular los del empleo, a tener mayor relevancia…...

 

c.      Inteligencia Artificial en la sostenibilidad empresarial. 2ª. Parte: Impacto en el empleo (4 abril 2026).

Es de esperar, o por lo menos sería altamente deseable, que las empresas hicieran los esfuerzos necesarios para mitigar los impactos sobre la dignidad humana, sobre la calidad del empleo, sobre la protección del empleo y del empleado, sobre la condiciones laborales y sobre el apoyo a aquellos que lamentablemente tengan que ser desplazados, …..Es responsabilidad de las empresas que adopten o se vean afectadas por la tecnología de no concentrarse solamente en sus impactos físicos y financieros, sino además considerar aquellos que afectan el humanismo de sus empleados y actuar en consecuencia. 

d.      ¿Puede la IA hacer juicios morales y éticos? (14 abril 2026).

 

Este es un breve artículo que reproduce la respuesta a la pregunta del título formulada a un chatbot de la IA, lo que confirma una de las principales falencias de la IA para la toma de decisiones dentro de la empresa y por ende de su responsabilidad:

La IA puede simular, imitar y predecir juicios morales basándose en datos de su entrenamiento, pero no puede tomar decisiones morales de manera auténtica. Si bien la IA puede analizar dilemas y adherirse a reglas éticas programadas, carece de conciencia, empatía y una comprensión genuina de lo correcto y lo incorrecto, lo que significa que no puede poseer verdadera agencia ni responsabilidad moral. [x]

e.     Inteligencia Artificial en la sostenibilidad empresarial: 3a. parte: Impacto en la cultura empresarial para la sostenibilidad (25 abril 2026).

El uso de la IA promoverá una tendencia desde la humanización hacia la automatización, hacia la mecanización, lo que cambiará la cultura organizacional…… para mantener esa cultura conducente, se deben mitigar los impactos de la mecanización en la humanidad de la empresa…. Para ello, la IA puede y debe usarse para la facilitación de las actividades de la empresa que son llevadas a cabo por personas: (1) la iniciativa, (2) el seguimiento, (3) y, lo más importante, la asunción de responsabilidades. En la medida que se le “deleguen” alguna de estas tres etapas a la “máquina”, mayor será el riesgo para que la cultura empresarial se deshumanice y con ello la responsabilidad de la empresa ante la sociedad y el medio ambiente….. La empresa no puede ser responsable si sus integrantes no asumen responsabilidad plena por todas sus actuaciones. Se debe “des-artificializar” la tecnología para que sirva como de instrumento de apoyo, no de sustitución.

V.              En resumen.

El empleo digno y de calidad es un factor fundamental en la dignidad de las personas y les permite realizarse, a valorarse, contribuyendo al bienestar propio, de la familia y de la sociedad. La IA tiene un elevado potencial de no solo disminuir el empleo sino de degradarlo, de deshumanizarlo, afectando en mayor grado a las poblaciones vulnerables con menor capacidad de adaptación al cambio ya que los beneficiados y afectados son colectivos muy diferentes, por lo que las prioridades de las empresas en su responsabilidad ante la sociedad se deben mover hacia preservar la dignidad y calidad el empleo. No es que no se puede reducir el volumen del empleo, pero ello debe considerarse como último recurso y en todo caso proporcionar apoyos a los que lo pierdan

Y no se debe aceptar a la ligera el argumento de que el impacto neto de la IA es positivo, a lo mejor en el largo plazo conlleva a una creación neta de empleo, pero ello enmascara que en el corto plazo son muchos los seres humanos que se verán afectados, tanto en calidad como en cantidad. La transición tiene elevados costos sociales. Y es de muy poco consuelo para los perdedores, el saber que el neto para la economía es positivo. Es responsabilidad de las empresas (¡y de los gobiernos!) el mitigar en la medida de lo posible los impactos sobre la dignidad y calidad del empleo en la transición.



[i] Anthropic había convocado en abril una reunión de lideres religiosos para solicitar sus consejos en el desarrollo de sus modelos. He escrito varios artículos sobre la preocupación de Anthropic sobre el impacto de sus modelos en la humanidad. Ver Principios por encima del negocio: HURRA POR ANTHROPIC y ¿Cuál debe ser la gobernanza de la responsabilidad social de la inteligencia artificial?

[ii] Sobre esto hemos ya publicado varios artículos, ver Mis nueve artículos sobre la Inteligencia Artificial y la responsabilidad empresarial.

[iii] Ver Mis cinco artículos sobre las implicaciones de las encíclicas en la responsabilidad empresarial.

[iv] Habíamos analizado sus implicaciones para la responsabilidad empresarial en La responsabilidad de la empresa en la encíclica Caritas in Veritate

[v] Habíamos analizado sus implicaciones para la responsabilidad empresarial en Encíclica Laudato si: Implicaciones para la responsabilidad de las empresas ante la sociedad.

[vi] Habíamos analizado sus implicaciones para la responsabilidad empresarial en Economía, el mercado y la empresa en la encíclica Fratelli tutti.

[vii] La encíclica Rerum Novarum antecede el primer libro moderno (1953) dedicado a la responsabilidad empresarial y uno de los primeros artículos de una escuela de negocios (1927), ¿Qué hay de nuevo bajo el sol en responsabilidad empresarial? y Regreso al futuro: ¿Hay progreso en RSE? respectivamente.

[viii] Y aquí no estamos proponiendo medidas radicales como la propiedad colectiva o la participación de los trabajadores en la gestión de la empresa, pero ello no debe descartarse, en función del contexto interno y externo en que opera la empresa.

[ix] Ver Mis nueve artículos sobre la Inteligencia Artificial y la responsabilidad empresarial.

[x] Nótese el parecido entre lo que la IA dice de sí misma y la cita al comienzo sobre su caracterización en la encíclica.


sábado, 23 de mayo de 2026

Como no promover la responsabilidad empresarial en España: Con 100 medidas y politizándola.

 

Perro de muchos dueños se muere de hambre.

Refranero popular

Tiempo de lectura:15 minutos.


 Se ha dado a conocer el informe Cien medidas para un nuevo impulso de la Responsabilidad Social Empresarial que había sido comisionado por el Ministerio de Trabajo y Economía Social de España, a la Comisión Internacional de Personas Expertas en Responsabilidad Social de las Empresas (RSE), la que había sido creada en abril del 2025 para tales fines. Se ha completado en el plazo requerido de un año.

En este artículo analizaremos a grandes rasgos el contenido del informe, poniendo especial énfasis en su potencial (in)efectividad y lo contraproducente de ponerlo en un contexto político. No analizaremos a cada una de las 100 medidas, ya que haría este artículo inefectivo. Partiendo de un análisis crítico, se pretende ofrecer sugerencias para su posible implementación, si es que ello es posible.

I.                La Comisión de personas expertas.

A efectos poder apreciar el contenido del informe es oportuno recordar el mandato y la composición de la Comisión, por lo que reproducimos algunos párrafos del articulo Comisión Internacional de Personas Expertas en Responsabilidad Social de las Empresas (RSE): Mal comienzo, donde lo analizábamos y especulábamos sobre lo que se podía esperar de tal mandato. Decíamos:

Todos los miembros de la comisión son académicos (aunque uno coordina  una ONG muy crítica de las empresas) ¡Ninguno de empresas!  Expert@s en el “debería ser”, no el “es”. Una comisión de expert@s (¿?) en responsabilidad social de la empresa que nunca han tenido a su cargo la ejecución de la responsabilidad social de una empresa. Pero pretende influenciar el comportamiento de esas empresas.

Esperemos que la concentración académica no impida utilizar una de las herramientas más básicas de la RSE y consulten a los stakeholders, incluyendo a los más afectados: las empresas. No lo saben todo.

El objeto de la Comisión era el de inspirar la elaboración de una nueva Estrategia Española de la RSE, y actualizará el enfoque de la responsabilidad social a fin de adaptarlo a los retos contemporáneos en materia de derechos laborales y medioambientales, así como al nuevo contexto normativo y social”.

II.             Cien medidas en diez aspectos.

Propone 100 medidas a tomarse, 10 en cada uno de los siguientes 10 aspectos (en negrillas destacamos el núcleo del aspecto):

  • La efectividad de los derechos humanos: personas en situación de vulnerabilidad;
  • Consolidación de la igualdad de trato y no discriminación por razón de género, sexo y orientación sexual;
  • La garantía del trabajo decente en perspectiva transversal;
  • El pleno desarrollo del deber de diligencia debida;
  • La trascendencia de la participación de sindicatos y representantes de las personas trabajadoras en la empresa;
  • La potenciación de la participación de los grupos de interés (stakeholders);
  •  Reporte y verificación de las medidas empresariales de responsabilidad social;
  • La mirada singular hacia las pequeñas y medianas empresas;
  • Las especialidades de la economía social;
  • La relevancia del rol de fomento de las Administraciones Públicas.

 III.           El sistema decimal en el informe y en el Decamerón.

Lo primero que llama la atención del informe es que son un numero redondo de un centenar de medidas distribuidas en diez aspectos, cada uno con diez medidas.  Una extraordinaria simetría: 10 miembros, 10 aspectos, 10 medidas cada uno, 100 medidas (pero la rompe en la Comisión: siete mujeres, tres hombres, debieron ser cinco y cinco, como en la población). Lleva a pensar que la imagen fue más prioritaria que la efectividad. Todos nos acordaremos del “informe de la 100 medidas”.

Es el Decamerón de la Responsabilidad Social: El Decamerón (1348-1353) de Giovanni Boccaccio cuenta 100 historias a lo largo de diez días con un grupo de siete mujeres y tres hombres (¡!) cada una contando diez historias. Cualquier coincidencia es pura coincidencia ¡Pero el Decamerón es mucho más entretenido!

Cuesta pensar que cada uno de esos diez aspectos requiere de diez medidas, como si todos estuvieran en tal grado de deficiencia que requieren de un igual numero de medidas. Y el hecho de que se han propuesto un centenar de medidas da lugar a pensar que no se han priorizado ni los temas ni las medidas, que lo importante es proponer, mientras más, mejor.

Y aquí se comete el típico error de los grupos de trabajo y los informes de consultores, que tienen gran temor a ser acusados de errores de omisión e incluyen todo lo que sea imaginable, sin considerar que tal abundancia le resta efectividad a todo lo propuesto. Lamentablemente ese deseo de satisfacer a todos los miembros de la comisión induce a no excluir ninguna de las sugerencias de cada uno de los miembros. Se comete el mayor error, el de comisión (¡que coincidencia! la misma palabra que Comisión). Enfrentan incentivos asimétricos: críticas si se encuentran omisiones, indiferencia ante los excesos.

Esto nos recuerda el proceso de los Objetivos de Desarrollo Sostenible: 17 objetivos, 168 metas y 234 indicadores. Siendo que esto abraca todo el espectro de la actuación de las empresas, gobiernos, instituciones de la sociedad civil y personas, y que este informe solo cubre la responsabilidad social de las empresas, la proporción de 100/168 resulta exagerada.

Lo efectivo sería proponer un grupo limitado de “medidas para un nuevo impulso de la Responsabilidad Social Empresarial” …. y que sean prioritarias e implementables.

IV.            Problemas con las medidas.

Como mencionamos, no es factible ni sería efectivo, comentar las 100 medidas por lo que nos limitaremos a dsrtacar los problemas que subyacen en la gran mayoría de ellas y que ofrecen dificultades para el logro del objetivo de mejorar la asunción de la responsabilidad de las empresas españolas ante la sociedad.

a.     Los principales problemas y que son comunes a casi todas las medidas.

No establecen prioridades, todas las 100 son igualmente prioritarias;

No establecen secuencia, todas son simultáneas;

No establecen quienes son los responsables por el cumplimiento de las medidas;

No establecen plazos para el logro del objetivo correspondiente;

No establecen los recursos que son necesarios;

No se establecen los indispensables mecanismos de coordinación con las múltiples instituciones, dentro y fuera del gobierno, cuya participación es indispensable;

Duplicaciones: en muchos casos ya existen regulaciones a nivel europeo, que no se referencian ni se destaca su superposición o razón de ser de su ampliación.

Contexto: las medidas han sido propuestas como si se comenzara a operar desde cero, ignorando lo ya existente.

Como confirmación de estos problemas de inefectividad referimos al lector al lenguaje de la mayoría de las medidas: Crear, incorporar, garantizar, confeccionar, reconocer, establecer, etc., etc. Quién, cuándo, cómo y dónde.  La Comisión diría que esto excede sus funciones, de acuerdo, pero ello no justifica desentenderse.  

b.     Ilustremos estos problemas con algunas de las medidas.

Con estos cuatro ejemplos pretendemos ilustrar algunos de los problemas que hemos enumerado arriba.

64. Creación de una norma técnica pública de verificación.

¿De quién es la responsabilidad de hacerlo? ¿De instituciones independientes o del gobierno español? ¿Qué plazo? ¿Es la propuesta de hacer una norma diferente para España? ¿Por qué? Estas normas ya existen a nivel europeo e internacional.[i] 

65. Exigibilidad de una verificación reforzada.

La Unión Europea ya ha establecido que los requisitos de verificación sean al nivel de “limitada” al constatar que la industria de la verificación, la adopción de las regulaciones sobre reportes y las mismas empresas todavía no están en condiciones de llegar al nivel de verificación “razonable” como propone esta medida, por lo que se ha pospuesto la aplicación de este nivel (que en la profesión no se denomina “reforzada”).

Esta medida es un ejemplo de lo que la Comisión Europea ha advertido a los países miembros de no hacer, de “enchapar en oro” (goldplating), de hacer las regulaciones europeas más estrictas al transponerlas a regulaciones nacionales. Esto forma parte del debate sobre la desregulación, que, en aras de mejorar la competitividad de las empresas, creemos que está siendo excesiva, ignorando los costos sociales y ambientales. [ii]

67. Participación de la representación de las personas trabajadoras.

Se pide que las verificadoras constaten la participación de las “personas trabajadoras” en las tareas de verificación. La necesidad de constatación iría más allá de las regulaciones europeas, pero es que es algo innecesario e improcedente. L@s trabajador@s son todos y todas los y las que trabajan en la empresa y son l@s trabajadores l@s que producen y recopilan la información. ¿Es que se quieren referir a una categoría de “trabajador@s” diferente a la de l@s “emplead@s”? ¿Quiénes son est@s trabajador@s que deben ser consultados? Y además de innecesaria, la medida muestra un sesgo político, dogmático, al inducir a pensar en l@s “trabajador@s” como segmento discriminado.

 96. Impulsar la exigencia de requisitos, en términos de responsabilidad social de las empresas, en los procesos de licitación pública.

Lo propuesto con esta medida también está permitido en las regulaciones de la Comisión Europea.  Esta recomendación ilustra la necesaria, pero carente, coordinación entre las diferentes entidades del gobierno de España ya que tuvo la oportunidad de reiterarla en ocasión de la preparación del Manual para la contratación pública de la Administración General del Estado por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO). Este manual consideró los aspectos ecológicos, pero por falta de coordinación dejo escapar una excelente oportunidad de incluir lo social  (¡pero es que esto es competencia de otro Ministerio!). [iii]

c.     Consulta y consenso.

En general aboga por que “Las diversas partes inte­resadas en materia de responsabi­lidad social (stakeholders) deben participar de modo influyente en el diseño del conjunto de medidas. Laudable y necesario. ¡Pero las mediadas ya están diseñadas! ¿Las consultaron con los stakeholders? Y si más bien se refieren a que su implementación y seguimiento debe tener la participación de las partes afectadas, es también un laudable, pero no establecen la factibilidad o un mecanismo para hacerlo.  Queda como una recomendación en el limbo.

V.              Como no promover la responsabilidad empresarial.

 a.     Con 100 recomendaciones.

De la discusión precedente se puede concluir que pretendiendo que se implementen 100 recomendaciones presenta una gran dificultad, sobre todo si no se han establecido prioridades, secuencias, plazos, recursos y responsabilidades.  El “hágase” no es conducente a la efectividad. ¡Quién, cuándo, cómo y dónde!

Adicionalmente, por su naturaleza, abarcan actividades que cubren el espectro de actuación de la administración pública, central y descentralizada, del sector privado y de gran parte de las instituciones de la sociedad civil, lo que obviamente requiere de instancias de coordinación amplias y complejas, que no solo son inexistentes sino que además son, a nivel de las administraciones, conflictivas. [iv] No, el CERSE, por su compleja constitución y funciones, no es el instrumento adecuado para esta coordinación.

b.     Situándola en un plano político.

Parafraseando a Clemenceau: “La responsabilidad social de las empresas es demasiado importante para dejársela a los políticos”.

i.       Con amenazas.

El tenor del documento, su origen en un Ministerio sectorial, como lo es el actual de Trabajo y Economía Social, le confieren un sesgo dogmático, político y antagonista, cuando la implementación de tales medidas requiere de una cultura de consulta, consensos y compromisos.

En la presentación del documento se hicieron amenazas explicitas al sector privado.

España puede y debe dotarse de una autoridad independiente que supervise el cumplimiento de estas obligaciones. No podemos seguir dependiendo de la buena voluntad para saber si se está cumpliendo. Y ese control necesita consecuencias. Este informe propone restaurar un régimen sancionador proporcional al daño causado y a la capacidad económica de la empresa.  Porque sin sanciones creíbles, la responsabilidad empresarial sigue siendo voluntaria”.

Pero ¿es que hay obligaciones para las empresas en su responsabilidad ante la sociedad que no estén contempladas en legislaciones locales, nacionales o supranacionales? ¿Cuál es el delito que amerita sanción? ¿Dónde está tipificado? O es voluntario, o está establecido por la ley y las regulaciones de cumplimiento obligatorio.  No les gusta la palabra “voluntario”, pero solo hay dos opciones o el comportamiento está establecido por legislaciones locales, nacionales o supranacionales o no lo está. Si no lo está es opcional. 

Claro está que esta “opcionalidad” está condicionada por “obligaciones” de otro tipo, sean morales, propias del individuo o colección de individuos (la empresa), o éticas, propias de la sociedad, pero no son legamente exigibles. Los stakeholders de la empresa sí pueden y deben exigirlas vía sus decisiones de apoyo o rechazo a los productos y servicios de la empresa, pero para ella siguen siendo opcionales.

Cierto es que buena parte del lograr el cumplimiento de estas “obligaciones” le competen a la ciudadanía, actuando como consumidores, empleados, votantes, educadores, funcionarios, etc. pero lamentablemente no lo hacen. [v] Lo que sí compete a las administraciones es actuar en su defensa y como intermediario entre ambas partes, asegurándose que el comportamiento de las empresas se ajuste a las legislaciones y cuando estas sean deficientes, corregirlas, y cuando no existen, aprobarlas, [vi] y mientras tanto asegurándose que esa ciudadanía tiene la información necesaria para la toma de sus decisiones.

El régimen sancionador no es competencia de la responsabilidad de las empresas ante la sociedad tal y como está universalmente entendida. Si hay prácticas que no son aceptables a la sociedad, le compete al gobierno como su representante, establecer las legislaciones y regulaciones pertinentes, aprobadas por ciudadanos que han sido elegidos por la sociedad para esas funciones.

Las amenazas no son un buen punto de partida para la necesaria colaboración entre las partes.

ii.     Con una agenda política, no de Políticas.

El aseguramiento de la responsabilidad de la empresa ante la sociedad se debe hacer con Políticas con P mayúscula, no con política con p minúscula.

Se ha mostrado, sobre todo en años recientes que la politización de la sostenibilidad empresarial tiene consecuencias negativas, que han llevado al rechazo.  Esta politización ha llevado a algunos a considerarla como parte de la agenda política de la izquierda, por aquello de que promueve aspectos, que deberían ser de consenso universal, como la lucha contra el cambio climático, la igualdad entre todos los seres humanos y la justicia social, entre otros.  Pero al llevar estos derechos universales al campo político les da la razón a los opositores políticos y con ello arrastran a la responsabilidad empresarial y la rechazan.

La responsabilidad de la empresa ante la sociedad es apolítica.  Por ser derechos fundamentales debería ser cuestión de Políticas, no de política partidista. Su adopción como parte de la agenda política de un partido, pone en riesgo su progreso en gobiernos con agendas diferentes. Al atacar aquella agenda se lleva por delante a la responsabilidad empresarial.

Para promover la responsabilidad de la empresa ante la sociedad podemos utilizar el argumento empresarial, de que a largo plazo le conviene a la misma empresa tener una sociedad próspera, podemos usar el argumento moral, de que es cuestión de justicia buscar el bienestar a la sociedad que es la que le da el bienestar a la empresa, pero no podemos utilizar el argumento político.

iii.   Con una visión cortoplacista

La presentación pública del documento reconocía muy precisamente que se requiere de una visión de largo plazo, pero su apropiación política es cortoplacista y se corre el riesgo que al cambiar la orientación del gobierno se deshaga el camino andado, por lo que comentábamos arriba. Se debe implementar al margen de dogmatismos. Es oportuno recordar que, a principios de siglo, la izquierda controlaba el poder en 2/3 de la población de la Unión Europea, al 2016 había caído a 1/3 y al 2026 solo gobierna en España y Malta (el reino Unido no es parte de la Unión). [vii] No se debe poner en riesgo su continuidad por una visión cortoplacista.

Su promoción debe ser ajena a ideas políticas, si no lo es, no será resiliente, sostenible y sostenida. No hace falta recordar el vendaval regulatorio y desregulatorio en la Unión ante los cambios en la composición política del Parlamento y de la Comisión Europea. [viii]

La sostenibilidad empresarial requiere de una visión de largo plazo tanto de las empresas como de los reguladores, el cortoplacismo de estas partes es su peor enemigo.

VI.            Como promover las responsabilidad social de las empresas.

 a.     Simetría en las responsabilidades

Y si el Ministerio quiere sancionar irresponsabilidades empresariales, que asuma sus responsabilidades.

El 7 de mayo del 2026, en la presentación del informe la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social dijo, entre otras cosas:

  • España puede y debe dotarse de una autoridad independiente que supervise el cumplimiento de las obligaciones en Responsabilidad Social Empresaria (RSE);
  • Instaurar un régimen sancionador para las compañías que no respeten sus compromisos en materia de Responsabilidad Social Empresarial (RSE)

En función del poco impacto de las actuaciones del Ministerio en materia de responsabilidad social de las empresas en los últimos años, como ciudadano español, afectado por las (ir)responsabilidades de los sectores público y privado, propongo y pido a mi gobierno:

  • Establecer una autoridad independiente que supervise, reporte y rinda cuentas a los ciudadanos sobre el cumplimiento de las recomendaciones contenidas el informe Cien medidas para un nuevo impulso de la Responsabilidad Social Empresarial;
  • Instaurar un régimen sancionador, por incumplimientos, para los responsables de la implementación de las “Cien medidas para un nuevo impulso de la Responsabilidad Social Empresarial.”

Y asumiré mis responsabilidades como consumidor, votante, educador, autor y experto en responsabilidad empresarial, en exigírselas a las empresas con las que interactúo.

b.     Para mejorar la promoción de la responsabilidad de las empresas: Cooperar para competir.

Y para intensificar la asunción de las responsabilidades de las empresas ante la sociedad no basta con las actuaciones de los gobiernos. Son necesarias las actuaciones de las empresas, de las instituciones de la sociedad civil y sobre todo de los ciudadanos, en los papeles que ya hemos mencionado. Es necesario “cooperar para competir” (o sea, CUMPETERE, El nombre de este blog).

1.      Los gobiernos, todos.

En vez de una actitud de antagonismo, de confrontación, para los ciudadanos, o sea, la sociedad, sería más fructífera una actitud positiva, de apoyo a las empresas. En buena parte el aspecto #10 del informe: “La relevancia del rol de fomento de las administraciones públicas”, contiene excelentes recomendaciones (pero adoleciendo de los problemas generales para su implementación mencionados en la sección IV), por lo que no hace falta repetirlas aquí. 

Y tiene una omisión, que es digna de encomio: No propone el otorgamiento de sellos o premios a empresas por un comportamiento que debería ser lo esperado, lo normal, nada extraordinario. Lamentablemente el Ministerio está instituyendo un sello. [ix]

Pero la situación actual no proporciona muchas esperanzas sobre este papel. Por ejemplo, El portal de Responsabilidad Social del Ministerio de Trabajo y Economía Social, que debería contener las estrategias, planes de acción, objetivos, recursos, instrumentos de apoyo a las empresas y un gran etcétera, está muy desactualizado [x] (consultado el 23 de mayo del 2026) y no registra ni la reactivación del CERSE, ni menciona el documento de las cien medidas.

2.     Sector privado y sociedad civil.

La participación del sector privado, a nivel de instituciones gremiales y de empresas individuales es clave, no solo como respaldo sino sobre todo como ejemplos a seguir. Para no extendernos en esta sección, sugerimos al lector interesado en más detalles consultar el capítulo 6 de uno de mis libros [xi] y los artículos citados en las siguientes notas al pie.

Adicionalmente, las instituciones de la sociedad civil ejercen un papel clave por su conocimiento de las necesidades expectativas de la sociedad, su capacidad de ejecutar proyectos y programas para potenciar la efectividad de los actuaciones de las empresas, e inclusive por su independencia, especialmente los medios de comunicación, para denunciar comportamientos irresponsables. [xii]

Y en la sociedad civil las instituciones educativas también tienen un papel muy relevante, en particular las que dedica a la formación de futuros dirigentes.[xiii] Pero además se debe aprovechar la capacidad de la educación formal, desde la primaria (sí, desde la primaria [xiv]) hasta la terciaria [i], para educarlos en el respeto de las personas y del medio ambiente y desarrollar en el alumnado su responsabilidad en el ejercicio de sus futuras funciones como consumidores, votantes, empleados, funcionarios, etc.

3.     Para mejorar la efectividad del informe

No es nada fácil, pero proponemos 10 medidas que podrían contribuir. El Ministerio debería:

1.      Priorizar las medidas, en el contexto de las regulaciones ya existentes en la Unión Europea;

2.      Reducirlas a lo que se considere manejable dentro las restricciones de recursos, tiempo y espacio (¿no más de 20?). Nada mejor que algunos éxitos en el corto plazo para apoyar la implementación del resto;

3.      Ponerlas en lenguaje que facilite su implementación y permita verificar su efectividad;

4.      Consensuarlas con la representación gremial y algunas instituciones especializadas de la sociedad civil;

5.      Establecer metas de logro con una secuencia de implementación;

6.      Asumir responsabilidad por la implementación de este número reducido de medidas;

7.      Buscar la colaboración y la asunción de responsabilidades por su implementación en las medidas que excedan sus atribuciones;

8.      Conformar un mecanismo de coordinación: (1) entre las diferentes unidades de la administración pública; (2) con las administraciones de las comunidades autónomas; (3) con las entidades gremiales (en vez de establecer mecanismos de confrontación) y de la sociedad civil, y (4) con el CERSE (que es una institución excesivamente compleja [xv]);

9.      Establecer un mecanismo de rendición periódica de cuentas a la ciudadanía sobre el progreso logrado;

10.   Estimular a las partes involucradas en la implementación, comenzando por el Ministerio, la asignación de recursos financieros y humanos para ello.

VII.         Y un comentario de cierre.

Si las medidas hubieran sido desarrolladas teniendo en cuenta que se deberían asumir las responsabilidades por su implementación efectiva y rendir cuentas al público, con consecuencias, serían muchas menos, se habrían redactado de forma muy diferente y a lo mejor serían implementables.

Pero estos no fueron los criterios de inclusión y redacción de las medidas.

Perro de muchos dueños se muere de hambre.


[iv] Aunque el artículo es del 2014, el concepto está vigente, ver Como no promover la RSE en España: Cada uno por su cuenta

[vii] Socialism is being left behind in Europe, The Economist, 14 mayo 2026.

[xv] Ver Consejo Estatal de Responsabilidad Social de las Empresas de España: ¿Se reactiva? ¿En serio?

[i],  Ver La responsabilidad sublime de la universidad ante la sociedad: ¿Alcanzable?, conferencia magistral en la reunión de la MetaRed S de Universia, Universidad del Pacífico, Lima, 22 de septiembre 2025.