domingo, 24 de abril de 2016
¿Quién determina cuales son los objetivos de la empresa? ¿Debe maximizar los beneficios?
Aunque a los que
trabajamos en temas del papel de la empresa en la sociedad y en particular de
su responsabilidad ante esa sociedad, la
discusión sobre si el objetivo de la gestión debe ser la maximización de
los beneficios para los accionistas nos
puede parecer obsoleta, para gran parte de los directivos, si no para la
mayoría, todavía sigue siendo el objetivo, para algunos muy explícito, para otros
implícito, vía los incentivos a la gestión que suelen seguir estimulando a
ese comportamiento.
¿Pueden los accionistas exigir maximizar
beneficios?
¿De dónde viene
lo de que los accionistas tengan primacía en los intereses de la empresa? Si se ha constituido un negocio para hacer
negocios parece “lógico” que su propósito sea ganar dinero para los que
pusieron el dinero, los dueños o accionistas.
Sin ellos la empresa no existiría, no podría captar recursos, contratar
empleados, producir bienes y servicios, pagar impuestos, etc. Parece lógico que tengan la primacía. Pero para entender si éstos tienen en
realidad la primacía y si son los beneficios financieros los únicos que cuentan
es conveniente analizar la evolución de las empresas.
En general las
empresas se crean para explotar alguna oportunidad de mercado aunque haya
algunas excepciones, sobre todo en años recientes, en que se han constituido
empresas con el fin de contribuir a resolver algún problema o demanda social y
se piensa que la figura de empresa es la más idónea (empresariado social,
cuarto sector, etc.). Al invertir dinero
en la empresa es lógico es pretender obtener el máximo beneficio posible. La
gran mayoría de las personas pretende que al colocar sus ahorros en alguna
institución o instrumento financiero obtenga el mayor rendimiento posible. Son pocos los que están dispuestos a
sacrificar rendimiento financiero por algún rendimiento social usando sus
ahorros (quizás los grandes inversionistas sociales). La maximización del beneficio financiero
parece una decisión racional.
Si los dueños y directivos
de la empresa son los mismos (empresa familiar) y la empresa es relativamente
pequeña, los beneficios financieros se pueden ver como un medio para lograr
otros fines (empleo que satisface, producción de algún producto o servicio que
les atrae, que los motiva, etc.) y para poder seguir en operación. La maximización de beneficios puede no ser el
único objetivo o el principal de una pequeña empresa o empresa familiar. Los objetivos de la empresa son negociables
entre un pequeño grupo de personas, muchas veces con visiones comunes.
Pero
eventualmente cuando la empresa crece y aumenta el número de “dueños” y se
requiere de gestión profesional, los dueños y directivos serán diferentes y se
pueden presentar conflictos entre los objetivos de las partes y aún entre
grupos de accionistas. Unos pueden querer maximizar sus beneficios, otros sus
bonificaciones y unos pueden querer el bienestar de la sociedad. Esta divergencia se resalta si la empresa
debe acudir a los mercados financieros y de capitales para financiar su
crecimiento. A medida que crece también
aumentan las partes con las que hay que interactuar (stakeholders) y que pueden influenciar los objetivos de la empresa.
En este caso el
horizonte de los “nuevos dueños” (los accionistas que se incorporan) suele ser
de menor plazo, ya que su objetivo ha sido una inversión financiera de la
quieren poder capturar los beneficios y eventualmente salir (de allí la necesidad
de las inversiones se hagan en mercados de capitales que tengan liquidez). Los accionistas que compran y venden las
acciones en el mercado, mayoritariamente con un horizonte de corto plazo,
pretenden que los gerentes gestionen la empresa para sus intereses de obtener
los mayores beneficios posibles en el menor tiempo posible. Su interés en la empresa es como fuente de
ingresos. Sus objetivos no suelen coincidir
con los de la empresa como persona jurídica o de los directivos, que pueden tener
un horizonte de planificación de mayor plazo, dependiendo de sus expectativas
de empleo o de su visión personal sobre el papel que como directivos y miembros
de la sociedad quieran cumplir. Ello no
obsta para que no existan accionistas con visión de largo plazo y del bien de
la sociedad, pero suelen ser una minoría y pocas veces controlan las
empresas. Pero los accionistas
activistas, que ejercen el poder que les da su participación para forzar
cambios en la gestión de la empresa, en general priorizan la maximización de
beneficios. No obstante, están
comenzando a actuar aquellos que promueven una visión de largo plazo, de
beneficios financieros y a la sociedad. [i]
Cotizar en los
mercados de valores suele introducir conflictos de objetivos entre accionistas
y directivos con presiones a la obtención de beneficios en el corto plazo,
sacrificando el bien de la sociedad que se suele lograr en el largo plazo. Así se sacrifican, por ejemplo, la inversión
en capital humano y social, la protección del medio ambiente, mejoras en la
responsabilidad del producto, en innovación y en lograr la aprobación de la
comunidad entre muchos otros, que tienen costos tangibles en el corto plazo y
beneficios, no garantizados en el largo plazo.
Y si los accionistas logran amarrar las remuneraciones y bonificaciones
de los directivos a los beneficios financieros estos últimos tienen los
incentivos para la maximización de estos beneficios en el corto plazo. Se convierte en el objetivo “lógico”. Se alinean los objetivos de ambas partes, lo
que es promovido como parte del “buen gobierno corporativo”, pero lamentablemente
alineándolos en la dirección cortoplacista.
Pero, ¿tiene la
persona jurídica, entendida como el nexo de contratos explícitos e implícitos
entre ejecutivos, empleados, accionistas, acreedores, proveedores, clientes,
etc., constituida de acuerdo a la legislación local, la obligación de maximizar
los beneficios como pretenden muchos accionistas y directivos? ¿Pueden los inversionistas institucionales
(fondos de inversión, de pensiones, empresas de seguros, etc.) exigirlo
alegando que ello es su responsabilidad fiduciaria?
No, ninguna legislación exige que la empresa maximice los beneficios
financieros. Lo que sí exigen es que los directivos gestionen los recursos de manera
prudente, eficiente y eficaz, promoviendo los objetivos de la empresa y que
eviten que esos recursos sean utilizados para beneficios personales de los
directivos; nunca prohíbe que los recursos de las empresas se utilicen para
fines del bien común. [ii]
Lamentablemente
esto no es de conocimiento general y se tiende a apoyar en la “lógica”
mencionada arriba y en los sesgos y prejuicios arraigados derivados de la
tendencia natural del ser humano de querer siempre más dinero y de la formación
profesional que imparten algunos centros (como comentamos más abajo). Un buen ejemplo de estos sesgos es el
recientemente aprobado Código de Buen Gobierno de España, que si bien no dice
que el objetivo de la gestión debe ser la maximización de beneficios financieros,
en varias frases se descubre el sesgo de sus autores al mencionar la maximización de valor económico[iii]
como guía para la actuación del Consejo (¿lo incluyeron deliberadamente o fue
un lapsus?). Afortunadamente en la Responsabilidad del
Consejo de Administración (Recomendación 12) se reconoce que la empresa:
“……en la búsqueda del interés social,
además del respeto de las leyes y reglamentos y de un comportamiento basado en
la buena fe, la ética y el respeto a los usos y a las buenas prácticas
comúnmente aceptadas, procure conciliar el propio interés social con, según
corresponda, los legítimos intereses de sus empleados, sus proveedores, sus
clientes y los de los restantes grupos de interés que puedan verse afectados,
así como el impacto de las actividades de la compañía en la comunidad en su
conjunto y en el medio ambiente.”
De cualquier
manera el Código de Buen Gobierno es sólo una guía para el comportamiento
empresarial, no es vinculante, son recomendaciones de seguimiento voluntario
sujetas al principio de “cumplir o explicar”, ya que no fue aprobado por el
Congreso y no usar lenguaje taxativo.
Estos sesgos
vienen estimulados por las enseñanzas de la gestión financiera de la empresa en
las escuelas de negocios, dominadas por el pensamiento economicista. Con la mejor de las intenciones este
pensamiento promueve que los recursos deben asignarse eficientemente en la
economía a las inversiones que mayores rendimientos produzcan, lo que en el
caso de las empresas se traduce en que estas deben buscar “maximizar los
beneficios” en su selección de inversiones.
Se usan técnicas de optimización para tomar las decisiones. No puede haber quién se oponga a “optimizar”,
hacerlo de otra forma sería malgastar recursos.
De allí que se postulan modelos de gestión basados en la optimización, o
sea la maximización de algo sujeto a las limitaciones del entorno.
Pero
lamentablemente, para simplificar se suelen considerar como beneficios aquellos
que son cuantificables en términos financieros. Adicionalmente, otro principio
fundamental es que el dinero es más valioso en el corto que en el largo
plazo. Estos dos principios de la economía conducen a sesgar las decisiones a
favor de los rendimientos cuantificables, financieros, y cuanto antes
mejor. De allí surge que el objetivo de
la empresa debe ser la maximización de beneficios en el corto plazo. Lo
cual no es incorrecto si se entiende y aplica correctamente.
Por “beneficios”
debemos entender todo tipo de beneficios, tangibles e intangibles, no solo los
cuantificables con las tecnologías tradicionales de estimación, y por plazo no
debemos aferrarnos a la visión miope de los beneficios del largo plazo son
inciertos y no cuentan o cuentan menos. Es un problema de la selección de la
“tasa de descuento” que se usa para poder comparar los beneficios que ocurren
en el corto versus el largo plazo.
Si la tasa es elevada, los
beneficios en el largo plazo son casi irrelevantes en la evaluación, si es baja
el futuro si importa, si es cero, los beneficios del presente y del futuro
tienen el mismo valor. Pero ¿quién debe
“determinar la tasa”? ¿Por qué el bienestar de mi generación es más valioso que
el de mis hijos y nietos? Pero parece
más sencillo tomar en cuenta solo lo cuantificable y el presente que es menos
incierto que el futuro. De allí el sesgo hacia la maximización de
beneficios financieros en el corto plazo.
Pájaro en mano que cien volando.
Parece “lógico”. El modelo no es incorrecto, incorrecta es
su aplicación simplista.
¿Quiere esto
decir que se puede ignorar la “maximización de beneficios financieros” para los
accionistas? No, no se pueden ignorar
por dos razones fundamentales: 1.- Algunos accionistas tienen algún poder de
injerencia en la empresa; y 2.- La empresa puede tener que acceder a los
mercados de capitales para aumentos de capital y debe querer hacerlo al menor
costo posible lo que conlleva a no ignorar las expectativas del mercado. Pero éstos
no pueden ser los objetivos de la gestión de la empresa, son consideraciones en
la gestión.
¿Pueden entonces
los accionistas exigir maximización de beneficios financieros en el corto
plazo? ¿Debe este ser también el
objetivo de los directivos?
¿De quién es la empresa?
La respuesta más
elemental y más generalizada es que es de los dueños, de los accionistas. Aunque al lector le parezca contra-intuitivo,
no, la empresa no pertenece a los
accionistas. Analicemos también un poco más a fondo que es la empresa.
Si pensamos en la
liquidación de la empresa se puede alegar que lo que queda es de los “dueños”. Si se venden todos los activos de la empresa
y se pagan todas las deudas de la empresa, con proveedores, empleados, mercados
financieros, etc. lo que queda pertenece a los accionistas o dueños. Es el valor
residual de liquidación, que tiene poco o nada que ver con lo que aportaron
los accionistas o dueños. Pero si nos preocupamos de la gestión de la
empresa es porque estamos preocupados de la empresa en marcha, con continuidad
en el futuro previsible. La
valoración de la empresa tanto desde el punto de vista contable como desde
el punto de vista de los mercados
financieros se hace bajo el supuesto del “negocio
en marcha”, o sea suponiendo la continuidad. Este valor en marcha suele ser mucho mayor al
valor residual de liquidación, a menos que con su operación la empresa esté
destruyendo valor. Mientras esté en
marcha este valor pertenece a la figura jurídica que es la empresa, cuya
continuidad depende los empleados, clientes, proveedores, acreedores, etc., lo
que a su vez depende de la licencia que le da la sociedad de operar, de los
contratos explícitos e implícitos que tiene para poder operar.
La
empresa en marcha no pertenece a los accionistas, pertenece a sí misma, que
solo puede seguir en marcha si la sociedad se lo permite. La empresa es una persona jurídica y como la
persona natural, es dueña de sí misma. Esto
es otra manera de ver la responsabilidad que tiene la empresa ante la sociedad
y que parte de su valor le pertenece.
Legalmente las
acciones son unos títulos que dan el derecho a recibir una porción de los
beneficios financieros que la empresa distribuya, pero no dan derecho a exigirlos. También pueden dar derecho a nombrar algunos
miembros del Consejo, dependiendo de los mismos estatutos de incorporación y
las legislaciones pertinentes. Los
accionistas también tienen el derecho de vender sus acciones a otros, pero,
sobre todo en empresas con pocos accionistas, los estatutos u otros acuerdos
inter-accionistas pueden limitar ese derecho, muchas veces dando la opción de
compra prioritaria a los restantes accionistas.
Pero no dan derecho de propiedad
de su cuota a parte de los activos, salvo en la liquidación. No dan derecho, como es caso de la propiedad
de algo, de poseer, usar o gestionar los activos (¡aunque algunos actúen
como si fueran suyos!). Un accionista no
tiene derecho a que le den “su parte de la empresa”. Un accionista de Apple no tiene el derecho de
ir a tienda y exigir que le den un ipad. Un accionista de Telefónica no tiene derecho a
exigir el servicio telefónico gratuito. Si tienen suficiente poder de votación pueden
forzar la liquidación y entonces recibir su cuota parte de lo que queda. Es sólo
en el caso de liquidación que los directivos tienen la responsabilidad de
asegurar la “maximización” del valor residual para los accionistas. [iv]
¿Debe la empresa maximizar beneficios? ¿Qué beneficios? ¿Para quién?
En términos económicos podemos decir que el valor
de la empresa en marcha es el valor presente de todos los beneficios netos,
financieros y no financieros, derivados de la “marcha” de la empresa. Esta es la “maximización” que deben perseguir
los directivos. Lo que
requiere una visión amplia en el tiempo y en el espacio. Ello implicaría, por ejemplo reconocer que la
inversión en la innovación, en el desarrollo del capital humano, en la
protección del medio ambiente, en las buenas relaciones con los clientes,
gobiernos, acreedores, etc. tienen beneficios, a veces no cuantificables y
muchas veces en el largo plazo. Pero
siendo su responsabilidad buscar lo que es mejor para la empresa no pueden
ignorar estos beneficios.
Las presiones de los accionistas de obtener
el máximo beneficio financiero posible en el menor plazo posible son
incompatibles con el deber fiduciario del directivo. Y recordemos que muchas veces estos
accionistas son muy temporales, son ocasionales, cambian continuamente, no
tienen los intereses de la empresa como objetivo fundamental. De hecho, para paliar parte de este problema
de incompatibilidad de objetivos, se ha propuesto que el poder de votación sea
proporcional a la extensión de la tenencia de las acciones. Los accionistas de muy largo plazo tendrían
mayor poder que los que compran y venden frecuentemente. Esto no es fácil de articular en la práctica
pero es concepto valioso en la teoría.
Los objetivos de la empresa y de la sociedad estarían más alienados.
Y aquí es oportuno recordar que la inmensa mayoría
de estos accionistas no aporta capital a la empresa. Cuando compran acciones de dan el dinero al
vendedor, la empresa no ve ese dinero, salvo cuando se constituye o hace
aumentos de capital.
Claro está que
toda esta discusión en menos válida para el caso de las pequeñas empresas o las
empresas con pocos accionistas ya que estos pocos sí ejercen un control más
activo sobre los directivos, que como mencionamos suelen ser los mismos. Pero en estos casos hay más comunidad de
objetivos, ambos están interesados en el futuro de la empresa.
En resumen
Los accionistas
no tienen el derecho de exigir la maximización de beneficios a los directivos
de las empresas, que tienen la obligación fiduciaria de buscar lo que sea mejor
para la empresa, como persona jurídica que es, que se posee a sí misma, no los
intereses de un grupo cambiante y efímero.
Y en el descargo de esta obligación encontrarán que lo que le conviene a
la empresa en el largo plazo, le conviene a la sociedad. Y si aquellos se desvían, es nuestra responsabilidad
como sociedad actuar para corregirlo a través de nuestras interacciones con la
empresa.
[i] Para una discusión más extensa ver mi
artículo Corporate Social
Responsibility: The Role of Law and Markets.
Chicago-Kent Law Review, Vol. 83, No. 1, 2008.
[ii]
Para los que estén interesados en profundizar sobre estos temas desde una visión
legal y económica recomendamos el libro
de Lynn Stout The Shareholder Value Myth: How Putting
Shareholders First Harms Investors, Corporations, and the Public
[iii] El Código no define lo que quiere
decir “valor económico”. En el caso que se definiese como el valor presente
de los beneficios netos tangibles e intangibles de la empresa, podría ser un
objetivo que compatibilizase los de la empresa con los de la sociedad, como
comentamos más adelante.
[iv] En algunas legislaciones esta responsabilidad
sobre la maximización del valor se extiende a casos de venta o fusión de la
empresa.
domingo, 10 de abril de 2016
Responsabilidad de la Sociedad Civil ante la sociedad
Se habla y
escribe mucho sobre el papel de la sociedad civil en la responsabilidad de las
empresas ante la sociedad, por ejemplo en complementar sus funciones y controlar
sus actividades. Pero se habla y escribe muy poco sobre la responsabilidad de
esa sociedad civil ante la sociedad. ¿Es que por tener incluir en su nombre la
palabra “sociedad” se da por descontado que su responsabilidad ante ésta está
ya cumplida? No, pero muchos de sus
miembros parecen creerlo.
Existe una confusión o malinterpretación en muchos de
los expertos en RSE, lo que se observa en muchas publicaciones, sobre lo
que es la sociedad civil y cuál es su responsabilidad ante la sociedad. Empecemos entonces por clarificar lo que
entendemos por Sociedad Civil ya que sobre esto hay diferencias de
opinión. La Sociedad Civil está compuesta por: (1) las organizaciones formales e
informales no gubernamentales ni empresariales y, (2) por individuos y otras organizaciones
de la sociedad que no actúan a nombre de los gobiernos o empresas. Para algunos la Sociedad Civil incluye
solamente al conjunto de organizaciones no gubernamentales formales (ONGs), que
es la concepción tradicional. Pero
existe otro grupo, los individuos y otras organizaciones independientes que
también juegan un importante papel en la responsabilidad empresarial (como
ejemplo de esto me doy a mí mismo, que no soy una ONG y que me dedico a influenciar
la responsabilidad empresarial y como tal soy miembro de la Sociedad
Civil).
Para los
propósitos de analizar la responsabilidad de la Sociedad Civil ante la sociedad
y su papel en la responsabilidad de la empresa la definición más amplia es la
más incluyente y permite que el conjunto de Empresas (primer sector), Gobiernos
(segundo sector) y Sociedad Civil (tercer sector) constituyan el conjunto de la
sociedad, no deja a nadie fuera.
Facilita el análisis de las responsabilidades de cada parte en el
conjunto del todo. A continuación analizaremos
primero la responsabilidad de las organizaciones, ONG, y su papel en la
responsabilidad empresarial y luego la de los individuos.
SECTOR
|
Primer sector
|
Segundo sector
|
Tercer sector
|
DENOMINACIÓN
|
Privado
|
Público
|
Sociedad civil
|
COMPOSICIÓN
|
Empresas con fines de
lucro
|
Gobiernos nacionales y
locales
|
Organizaciones no
gubernamentales ni empresariales e individuos por cuenta propia.
|
¿Y dónde están
las Fundaciones, Cooperativas, Empresas sin fines de lucro, empresas hibridas,
etc.? Depende del papel primario que
pretendan desempeñar. Por ejemplo si una
Fundación se financia exclusivamente por una empresa y es controlada por ella, para
los propósitos de su responsabilidad social es una parte de la empresa. Si es totalmente independiente, sería del
tercer sector, que es lo que discutimos. Una empresa con fines puramente
sociales sería del tercer sector; si es híbrida con fines de lucro, parte sería
de uno y parte del otro (o de un cuarto sector como se ha propuesto). [1] Para nuestros propósitos lo importante no es
el encasillamiento en una u otra parte, sino la responsabilidad que tienen y el
papel que juegan en la responsabilidad empresarial.
Responsabilidad de las organizaciones de la
sociedad civil: Motu propio
Estas organizaciones, ONG, tienen responsabilidades
en dos frentes. Por una parte, una responsabilidad ante la
sociedad de la misma manera que la tienen las empresas, los gobiernos y las
personas que no actúan a nombre de ninguna de estas tres tipos de
organizaciones. Son responsabilidades derivadas de su pertenencia a esa sociedad, de la
“licencia” explícita o implícita que la sociedad le confiere para llevar a cabo
sus actividades. Por otra parte, también
tienen responsabilidades en que las
demás organizaciones cumplan sus responsabilidades.
En cuanto a su
responsabilidad ante la sociedad por ser instituciones que operan en su seno, lamentablemente muchas piensan que por no
ser empresas o gobiernos, por actuar de forma “independiente”, muchas veces con
fines sociales, están por encima del bien y del mal, que ellas a su vez no
deben ser objeto de monitoreo y control y en cierta medida que sus
responsabilidades ante la sociedad están evacuadas con el mero hecho de existir. Si bien es cierto que sus motivaciones pueden
ser laudables y sus intenciones y acciones redundan en beneficio de la
sociedad, ello no las exime de otras responsabilidades ante la sociedad como la
tienen las empresas y los gobiernos. Las primeras usan a la sociedad y los
recursos del planeta para actuar, los segundos usan esos mismos recursos y los
de las empresas e individuos (léase impuestos y cargos), pero las terceras también usan los recursos de la sociedad,
de las empresas, de los gobiernos y de los individuos que las financian. Tienen una responsabilidad en el uso de los
recursos de la misma manera que lo tienen las empresas y los gobiernos.
Las ONG obtienen
sus recursos de la sociedad, ya sea de las empresas, de los gobiernos, de
donaciones de individuos o de otras organizaciones de la sociedad civil como lo
pueden ser fundaciones empresariales o familiares. Su
primera y principal responsabilidad, como en el caso de los gobiernos, es el
manejo eficiente y efectivo de los recursos que le han sido encomendados. El hecho de que cumplan fines sociales no les
exime de estas obligaciones. Muchas
donaciones que financian ONG son resultado de acciones de caridad, de solidaridad
con el prójimo, son intermediarios de la acción social. Ello
lleva a muchas ONG a actuar como que la utilización de los recursos fuera un
fin y no un medio para logar transformación y desarrollo social. Así como nos gustaría exigirle al mendigo que
use nuestra donación efectivamente, ni el(la) ni nosotros tenemos los recursos
ni vale la pena controlarlo, pero muchas veces pensamos que no harán uso
efectivo de la donación y no la hacemos, o la hacemos en especies (comida,
habitación, etc.). Muchas ONG tienen
todavía esta actitud de que están exentas de controles por parte de la sociedad
sobre su uso de los recursos. Son muchas ONG que demandan transparencia
en las empresas y en los gobiernos y muchas las que pecan de lo que acusan.
Afortunadamente los donantes exigen cada día más
efectividad y eficiencia y rendición de cuentas, exigiendo que las ONG asuman
responsabilidad por los resultados (accountability)
y por el impacto logrado, no solo por la colocación de los recursos. Ya
no basta con decir que los recursos se utilizaron para financiar un centro de
salud, una escuela o la atención a discapacitados o a la protección del medio
ambiente. Se debe demostrar que se logró
un cambio, que la salud mejoró, que los niños aprendieron, que los
discapacitados viven mejor, que el medio ambiente ha mejorado y que las
acciones no son temporales o reversibles.
¿A quién le
tienen rendir cuentas? En el caso de las
empresas son las ONG, los gobiernos y los mercados (léase individuos y otras
empresas) pueden y deben ejercer el control.
En el caso de los gobiernos, son las instituciones de la sociedad civil
y en mucho menor medida las empresas y los votantes, que en esto actúan como
miembros de la sociedad civil, lamentablemente dentro de las limitaciones de la
democracia que nos da escoger los potenciales gobernantes de entre un grupo
limitado, autonombrado, de ONG (léase partidos políticos, que también son parte
de la sociedad civil aunque muchas veces se comportan como empresas con fines
de lucro). Pero, ¿quién controla la responsabilidad ante la sociedad de las ONG? En algunos casos existen otras ONG que lo
hacen, en otros casos lo hacen los mismos grandes donantes (por lo menos sobre el
uso de sus recursos), en otros casos lo hacen los gobiernos (generalmente
limitándose a verificar el cumplimiento de las regulaciones) y en muy pocos
casos lo hace el resto de la sociedad civil, o sea los individuos. El tercer sector, el de las ONG, es el sector
menos monitoreado de todos. La sociedad (empresas, gobiernos, sociedad
civil, individuos), como lo hace en el caso de las empresas, les debe exigir la
utilización eficiente y efectiva de los recursos que le han sido encomendados y
la rendición de cuentas con asunción de responsabilidades. Pero la sociedad está todavía muy lejos y
depende en gran medida de la asunción propia de la responsabilidad por parte de
las mismas ONG. Poco a poco, como en el
caso de las empresas, se están dando cuenta de que para seguir contado con la
licencia de la sociedad y de sus recursos deben ser más responsables ante esa
sociedad.
Y esto aplica a todas las ONG, tanto para las que han
sido constituidas para contribuir a la solución de problemas sociales (ante las fallas de los gobiernos), sobre
todo las de provisión de servicios públicos, como por ejemplo las de atención a
las poblaciones desfavorecidas (niños, ancianos, mujeres, algunas etnias,
animales, etc.) como para aquellas que han sido constituidas como instituciones de control del comportamiento
de empresas, gobiernos y sus instituciones autónomas, como es el caso de las
ONG en defensa de la naturaleza o anticorrupción y las demás organizaciones que
caigan en estas categorías, como por ejemplo las culturales o deportivas.
Una manera de promover esta responsabilidad en la
utilización de los recursos y en la rendición de cuentas con responsabilidad es
a través de la asignación de los recursos financieros o la selección de las ONG
para formar alianzas, en particular las que se dedican a la prestación de
servicios sociales, de forma competitiva.
La asignación en
base al primero que los pide tiene connotación de caridad, de apoyo libre de
responsabilidad y puede llevar al tráfico de influencias, a creer que una vez
que se han logrado los recursos lo más difícil ya está hecho; también pueden
contribuir a una asignación ineficiente ya que no se sabe si hay otros que lo
pueden hacer mejor o proponen soluciones mejores a problemas que pueden ser de
mayor prioridad para la sociedad. Algunos grandes donantes, incluyendo
algunos gobiernos avanzados, convocan a competencias entre ONG para resolver
algún problema social con la asignación de los recursos en función de la
efectividad y eficiencia de la propuesta, del impacto que pretenden logar, de
los sistemas de gestión de que se dispone, de la tradición en la rendición de
cuentas con asunción de responsabilidad, etc. De esta manera se asegura una mayor
eficiencia en la utilización de los escasos recursos en la solución de
problemas sociales prioritarios.
Responsabilidad de las organizaciones de la
sociedad civil: Sobre las empresas y gobiernos
En cuanto a su responsabilidad en la
responsabilidad de las empresas y gobiernos cabe destacar dos grandes áreas: la
función de monitoreo y control y la de complemento y apoyo a la actividad
empresarial o gubernamental. En general estas áreas están
separadas en dos tipos diferentes de ONG como se comentó arriba, aunque una
misma ONG puede efectuar ambas.
En términos de la función de monitoreo, todas las
ONG y en particular las que han sido constituidas con ese propósito, tienen la
responsabilidad de contribuir al mejoramiento de la responsabilidad de empresas
y gobiernos, desarrollando buenas prácticas, recabando y diseminando
información, y si es necesario denunciando malas prácticas ante la sociedad.
Esta es una función invalorable, dada la independencia que tienen y en
general el conocimiento de los temas en cuestión. Los gobiernos se suelen dedicar a verificar
el cumplimiento de las normas por parte de las empresas y muchas veces de forma
deficiente ante la falta de recursos y la mediación de la corrupción; además
las instituciones de control gubernamental pueden tener conflicto de intereses
con el mismo gobierno y también deficiencias de talento y recursos.
En términos de la
función de apoyo a las prácticas responsables de empresas y gobiernos las ONG
también tiene un importante papel que cumplir.
Muchas veces las empresas y los
gobiernos carecen de la capacidad para poder gestionar efectivamente algunos
programas, como por ejemplo de salud, educación, poblaciones desfavorecidas,
medio ambiente, etc. y las alianzas con ONG, con una o ambas partes, pueden
añadir el conocimiento del tema, de la realidad local y su independencia, lo que
es un buen complemento a la capacidad de gestión y los recursos financieros de
las empresas. Además les pueden
otorgar credibilidad y transparencia
a las actividades de estas partes, venciendo la resistencia de las poblaciones
locales o mitigando los riesgos políticos de la intervención de las empresas en
actividades que deberían ser responsabilidad de los gobiernos.
Para mejorar la
responsabilidad de las tres partes ante la sociedad se deben utilizar las
ventajas comparativas de cada una de ellas.
Yo soy sociedad civil
Y dentro de la sociedad civil estamos todos
nosotros. Sociedad civil son además
todos los individuos actuando a título personal. Cuando actuamos como funcionarios públicos somos
parte del aparato gubernamental, cuando actuamos como empleados de una empresa
privada somos parte del grupo empresa, cuando trabajamos como empleados de ONG
somos parte del grupo ONG, pero como
individuos actuamos mucha parte de nuestro tiempo como personas independientes,
somos también consumidores, somos también votantes, somos también padres y
madres, somos atletas, somos parte de la opinión pública, etc.
Como tal tenemos responsabilidades con la sociedad
(o sea todo el resto de personas e instituciones públicas y privadas) de
contribuir a su desarrollo con nuestro comportamiento responsable.
Para no entrar en detalles sobre esta responsabilidad individual baste
con repasar algunas de nuestras responsabilidades en la responsabilidad
empresarial. Como consumidores
tenemos la responsabilidad de favorecer productos y empresas responsables si
queremos que estas sean responsables. Si no ejercemos esta responsabilidad no
debemos quejarnos de que las empresas no lo sean. También tenemos la responsabilidad de hacer
un consumo responsable de los bienes y servicios que la sociedad y el planeta nos
permiten disfrutar, para asegurar su sostenibilidad en el tiempo y espacio. Como
ciudadanos tenemos la responsabilidad de no abusar de los servicios
públicos que suelen ser subsidiados, para permitir que se mantengan y lleguen a
las personas que más lo necesitan (por ejemplo, si no quieres estudiar no le
hagas gastar recursos al Estado en tu educación). Tenemos la responsabilidad de no contribuir a
la corrupción de los funcionarios. Como
afectados por los productos y servicios tenemos el deber de denunciar el mal
comportamiento de una empresa, de un servicio público o de un funcionario
público. Como votantes tenemos la responsabilidad de educarnos sobre los
programas políticos y votar por aquellos que promuevan el desarrollo económico
y social sostenible, con equidad, lo que no es nada, nada fácil saber ante la
información deficiente y sesgada; hay que reconocer que es muy subjetivo y que
hay que hacer compromisos, no hay candidatos perfectos, pero hay que hacer los
esfuerzos por averiguarlo y formarse una opinión educada. Es nuestra responsabilidad. Como miembros
de la opinión pública, tenemos el deber de hacer conocer nuestras opiniones
de manera civilizada y escuchar las de los demás, después de habernos educado
sobre los aspectos objeto de opinión. Tenemos la responsabilidad de contribuir al
avance de la armonía social. ¿Utópico?
Puede ser, pero esa es la dirección.
En resumen
La sociedad
civil, constituida por las organizaciones formales y no formales, no
gubernamentales ni empresariales, y por todos nosotros actuando como
ciudadanos, tiene responsabilidad de usar los recursos que le son confiados de manera
más eficiente y efectiva posible, de la misma manera que deben hacerlo las
empresas y los gobiernos. Los individuos tenemos además la
responsabilidad de usar nuestros talentos en promover el bien de la sociedad. Todas las partes de la sociedad civil tienen
la responsabilidad de fomentar la responsabilidad de las empresas y los
gobiernos y de la misma sociedad civil, colaborando en el logro de sus
objetivos, desarrollando labores de monitorio y control social y favoreciendo o
castigando los comportamientos irresponsables.
La indiferencia no es una opción, es una
irresponsabilidad.
[1] Ver mi artículo Cuarto Sector: Hacia una mayor
Responsabilidad Social Empresarial, Revista sobre Responsabilidad Social de la Empresa, Fundación Luis
Vives, Madrid, no. 12, sept.-dic. 2012.
Suscribirse a:
Entradas (Atom)