domingo, 3 de noviembre de 2013

RSE: Movimiento, negocio o mafia


Hace unos días envié un tuit "Toda gran causa comienza como un movimiento, pasa a ser un negocio y degenera en una mafia." (Eric Hoffer). Y preguntaba ¿Dónde estamos en la RSE?

La Provincia de Mendoza en Argentina parece que lo tiene claro: La RSE está en etapa de negocio y puede avanzar hacia la siguiente etapa.  ComunicaRSE de Argentina publica un interesante análisis sobre el proceso de aprobación de la ley de RSE de esa provincia en el artículo Argentina más cerca de su primera Ley de RSE.  La ley se aprobó en noviembre de 2012 por el Senado y Cámara de Diputados con “fuerza de ley”, y debería estar reglamentada antes de finales de 2013.  Pero después de aprobada la ley se hicieron consultas con las partes afectadas y se modificó el carácter obligatorio de la ley a voluntario.  El artículo 2 dice ahora: “Carácter: La aplicación de la presente ley es voluntaria a los efectos de coadyuvar al cumplimiento del objeto de la misma”.  ¿Para coadyuvar al cumplimiento se hace voluntaria? ¿Es ley o es sugerencia? 



  
Según el artículo de ComunicaRSE la ley fue promovida por el Consejo de Contadores de la Provincia de Mendoza y tiene como su objeto central la preparación del Balance de Responsabilidad Social y Ambiental Empresaria, BRSAE.  “El Balance deberá abarcar las dimensiones económicas, ambientales y sociales de la empresa teniendo como referencia los desarrollados por la Global Reporting Initiative (GRI) en su versión G3.1”

Es significativo que se use el término “balance” término más común en la contabilidad que en la RSE o sostenibilidad (aunque en la reforma de la ley se acepta que se le den otros nombres como reporte, informe, memoria).  También lo es el que se refiera al esquema GRI 3.1 en vez del G4.  El lector recordará que el esquema G3.1 es más mecánico, uniforme, intensivo en indicadores, que el nuevo G4 que se basa en la determinación y reporte exhaustivo de un número más limitado de temas que sean “materiales”.  En el G3.1 los informes eran relativamente similares, en el G4 cada informe será distinto, muy personalizado a la empresa.  Parece que la ley quiere hacer los balances más afines a la práctica contable.

Pero lo más significativo es que la ley establece que el informe deberá ser auditado por un grupo interdisciplinario de profesionales ……………. Dicho grupo de profesionales deberá ser coordinado por un profesional de las Ciencias Económicas.”

Dos comentarios:  Sobre la auditoría y la profesión.

Sobre la auditoría cabe recordar que según el esquema GRI y otros generalmente adoptados, los informes de sostenibilidad no se “auditan”.  Se “aseguran” (assurance) a través de un análisis más o menos profundo, caso por caso, de algunos aspectos e información contenidos en el informe. Este aseguramiento se hace de acuerdo a normas, de las cuales las mas usadas son la International Standard for Assurance Engagements, ISAE 3000 y la Norma de Aseguramiento de Sostenibilidad AA1000 AS y lo suelen hacer instituciones, que si bien pueden tener orígenes en la contaduría, son empresas consultoras especializadas en sostenibilidad.  Hay una gran diferencia entre aseguramiento de informes y su auditoría.  No conozco ningún esquema en que se pida la auditoría de un informe de sostenibilidad.  Hasta en los informes integrados solo se auditará la parte financiera.

En contabilidad y auditoría existen “Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados” que auditar y “Principios de Auditoría Generalmente Aceptados” con que hacerlo.  En sostenibilidad ni siquiera tenemos principios, mucho menos “generalmente aceptados”.  Tenemos guías. ¿Qué se audita?

La siguiente tabla ilustra la diferencia en las opiniones que emiten los aseguradores y los auditores.



En cuanto a las profesiones, quienes saben lo que involucra la sostenibilidad y su reporte saben que no es un tema donde los profesionales de las ciencias económicas tienen ventaja comparativa, que es un tema tan multidisciplinario que involucra a la totalidad de la empresa y en los casos en que se usan empresas de consultaría para apoyar su implementación y reporte, suelen ser empresas multidisciplinarias. En el mencionado artículo se cita a Sebastián Bigorito del CEADS Argentina (miembro del World Business Council on Sustainable Development) que muy atinadamente dice: “En temas de gran complejidad como la intervención social de las empresas, la sustentabilidad o la RSE, hay que dejar de hablar de competencias profesionales para pasar a hablar de profesionales competentes y con enfoque multidisciplinario” (énfasis añadido).  Recordemos quién promovió la ley.



Y como posiblemente estén conscientes de su limitaciones profesionales, según el mismo artículo “la Universidad Nacional de Cuyo, estaría diseñando una oferta de cursos especiales para capacitar a futuros auditores de los informes de RSE que propone la norma.”.  ¿Una buena oportunidad de compartir valor creado?

Y para rematar el despropósito la ley contempla que “las organizaciones que presenten su Balance podrán obtener el distintivo de "Empresa Comprometida con la RSE"”. Menos mal que no se llama “Empresa Socialmente Responsable”, aun cuando es de esperar que las empresas lo usen en ese sentido de hecho y no solo de compromiso.  Éramos muchos y parió la abuela.

Ah, pero no se podían quedar a medio camino.  Adicionalmente la ley incluye la entrega “del premio anual a la excelencia de las empresas socialmente responsables ……las empresas acreedoras del “Premio Anual” a la RSE,………….contarán con una bonificación de hasta un diez por ciento en el pago de impuestos provinciales, u otro tipo de beneficios fiscales, según lo determine la reglamentación.”. [i]

Esperemos que la sociedad se beneficie de las actividades de estas empresas responsables como para pagarles el premio a través de los impuestos. ¿O es que los premios y las exenciones fiscales los pagarán otros que no sean los contribuyentes?  Si yo fuera contribuyente de Mendoza exigiría que las empresas demuestren como han sido devueltos a la sociedad los premios, beneficios fiscales, exenciones, subsidios, etc. y, dado que la ley enfatiza los economistas y contadores, que esos aportes sean cuantificados y auditados.

¿Es la ley de RSE de Mendoza la creación de una oportunidad de negocio para los profesionales de la contaduría y las ciencias económicas o persigue el bien de la sociedad?






[i] El lector interesado en conocer más sobre los efectos perniciosos de estos distintivos y premios puede leer la serie de artículos en mi blog el más reciente de los cuales es Como NO otorgar premios de responsabilidad empresarial , y el capítulo ¿Cómo se deben otorgar premios responsablemente? en mi libro Una Mirada Crítica a la Responsabilidad Social de la Empresa en Iberoamérica., disponible en www.cumpetere.com

1 comentario:

Julen Iturbe-Ormaetxe dijo...

Muy interesantes estas reflexiones. No cabe duda de que el "boom" puede conducir a una regulación que se sabe dónde empieza pero no dónde termina. Ahora todo parece "social" porque si no pierde competitividad. Parece el nuevo santo grial de la competitividad moderna.
En fin, mejor pensamos que hay aspectos positivos: se extiende la voz, hay mayor sensibilidad por la RSE, se genera actividad económica en torno a ella...
Ahora bien, la frase con la que inicias el artículo da para pensar. No sé si hemos llegado ya a la mafia, pero a lo mejor no andamos muy lejos, lamentablemente.
Saludos.