sábado, 28 de mayo de 2016

Decálogo sobre RSC de Multinacionales por marca España: ¿Compromiso o instrumento publicitario?


Empresas y asociaciones gremiales proponen códigos de comportamiento, algunos con buenas  intenciones, algunos con propósitos mejorar la imagen.  Estas iniciativas pueden promover la RSC pero también pueden tener efectos negativos. 

Uno de estos casos lo constituye el Decálogo sobre Responsabilidad Social Corporativa de Multinacionales por marca España. Que fue lanzado a finales de abril del 2016 por la Asociación multinacionales por marca España.  Las empresas miembros asumen los principios básicos para desarrollar prácticas de conducta corporativa responsable en ámbitos como: los derechos laborales, los derechos humanos, el medio ambiente, la divulgación de información, la lucha contra la corrupción, los intereses del consumidor, la competencia, las cuestiones tributarias y los derechos de propiedad intelectual, entre otros.”  En este artículo no analizaremos la contribución de las empresas miembros ni de la Asociación a la RSC o al desarrollo de España, solo analizaremos el Decálogo y su posible impacto sobre la RSC de sus miembros.

La Asociación tiene objetivos centrados en mejorar la imagen de la marca España:



Los objetivos principales parecen concentrarse en temas de imagen y reputación de España y los beneficios que de ello pueden derivar las empresas.  Solamente en el quinto objetivo aparece el valor social, junto con el económico.  Por el tercer objetivo, inusual en asociaciones empresariales, parece que la asociación pone especial énfasis en mejorar sus relaciones con las administraciones públicas, usando la promoción de la marca España.



El Decálogo representa un documento muy completo sobre las actividades que pueden desarrollar estas empresas para asumir su responsabilidad ante la sociedad y contribuir al desarrollo económico, social y medioambiental.  Son muy amplios y completos.  A continuación reproducimos solamente los titulares de los “diez principios”.  El lector interesado puede remitirse al documento original para leer lo que conlleva cada uno de ellos (por ejemplo, el segundo de la lista contiene doce líneas de acción).



Muy posiblemente el lector quedará complacido de observar la amplia cobertura de los principios y desearía, como el suscrito, que todas las empresas cumplieran con ellos. Inclusive podrá notar algo también inusual en este tipo de principios y es el de “contribuir a las finanzas públicas y cumplir con la normativa fiscal en vigor…..”, presumiblemente pagando todos los impuestos que tocan …….. y, a lo mejor, hasta evitando la elusión fiscal.

Pero algunas de las preguntas claves, que como miembros de la sociedad en que se desenvuelven estas empresas, debemos hacernos son:

  • ¿Cuál es la efectividad del Decálogo? ¿Representa un compromiso de las empresas ante la sociedad o son meramente aspiraciones, guías para la actuación?
  • ¿Es un intento de forzar a los miembros de la asociación a contribuir al desarrollo económico, social y ambiental de España o son más bien un intento de congraciarse con la sociedad en general y las administraciones públicas en particular al aparecer como preocupados por ese desarrollo? 
  • ¿Es un instrumento para la acción o uno publicitario?
  • ¿Dónde podremos contrastar el Decálogo con las acciones que lleven a cabo las empresas?
  • ¿Quién controlará el cumplimiento de las acciones de las empresas?
  • ¿Esperan que la sociedad acepte la publicación del Decálogo como si fuera un fin?  Y si no es así y es un medio ¿cuáles son las próximas etapas?
  • ¿Se interesará la sociedad por las acciones que tomen las empresas o será indiferente?

Aunque no tenemos respuestas a estas preguntas (a menos que la asociación las proporcione) es posible intuir algunas ya sea por experiencias anteriores con ejercicios semejantes o analizando cuidadosamente el documento y algunas declaraciones.

Empecemos por la segunda parte.  En ninguna parte del documento, ni en su presentación, ni en los documentos de la asociación se encuentra compromiso alguno de cumplir con el Decálogo. El Preámbulo, parcialmente reproducido arriba dice que las empresas “…. asumen los principios básicos para desarrollar prácticas de conducta corporativa responsable …y que “asumen de forma voluntaria trabajar en el seno de sus empresas en los … principios”. No hay oferta de reportar acciones, no hay seguimiento de las acciones, no hay medidas a ser tomadas por el incumplimiento.

Y si nos remitimos a casos semejantes de declaraciones de buenas intenciones podemos intuir que el propósito es buscar el favor, o por lo menos la no reprobación, por parte de la sociedad, mejorando la percepción de esta, que se pueda traducir en mejor reputación.  En base a experiencias anteriores con otros casos, lo más probable es que se trate de un instrumento publicitario (la realidad depende de las respuestas a las preguntas anteriores).

No es descartar que la preparación del Decálogo haya contribuido a elevar el nivel de concientización de las empresas involucradas y que su difusión pueda contribuir a despertar interés en otras empresas y en algunos de sus stakeholders.  Sin embargo dada la reputación de las empresas involucradas es de pensar que no lo necesitan ya que son empresas que, en general, están relativamente avanzadas en temas de responsabilidad ante la sociedad (Bayer, Google, Leroy Merlin, entre otras), algunas de las cuales son consultoras en el tema (Accenture, Bureau Veritas, Deliotte, EY).

¿Qué es lo que, como sociedad, nos hace falta?

  • Que el Preámbulo diga que los abajo firmantes se comprometen  a tomar las acciones listadas para cumplir con los principios del Decálogo.
  • Que digan que los abajo firmantes se comprometen a  informar sobre las acciones tomadas (no es tan difícil como parece, bastaría con producir un reporte, tipo índice GRI, que haga referencia a las secciones pertinentes de sus informes de sostenibilidad u otras fuentes de información).
  • Que la Asociación produzca un informe sobre cada una de las empresas firmantes en cuanto a su cumplimiento con el decálogo.  Y mejor aún, que nombren una institución externa, independiente, de control.

Si estas acciones no se toman se confirmarían las sospechas de que el Decálogo es un instrumento publicitario, para congraciarse con los gobiernos y con algunos stakeholders

Y si nosotros como sociedad permanecemos indiferentes o ignorantes, se confirmará que a lo mejor no merecemos empresas responsables.


¿Tiene esto alguna importancia para el colectivo empresarial?  Lamentablemente puede ser un instrumento que contribuye a la percepción de la sociedad de que las empresas dicen muchas cosas que luego no cumplen o que nos doran la píldora con la comunicación selectiva.  Estos instrumentos pueden producir mejoras en la reputación en el corto plazo y satisfacción en los participantes por el logro de su publicación, pero a largo plazo pueden ser un instrumento que contribuya a reducir la reputación sobre la responsabilidad de las empresas adheridas y del colectivo empresarial en general si se queda en un anuncio (el lector puede ver aquí la presentación del decálogo).