Empresas y
asociaciones gremiales proponen códigos de comportamiento, algunos con
buenas intenciones, algunos con
propósitos mejorar la imagen. Estas
iniciativas pueden promover la RSC pero también pueden tener efectos
negativos.
Uno de estos
casos lo constituye el Decálogo
sobre Responsabilidad Social Corporativa de Multinacionales por marca España. Que fue lanzado a finales de abril del
2016 por la Asociación multinacionales por marca
España. Las empresas miembros “asumen los principios básicos
para desarrollar prácticas de conducta corporativa responsable en ámbitos como:
los derechos laborales, los derechos humanos, el medio ambiente, la divulgación
de información, la lucha contra la corrupción, los intereses del consumidor, la
competencia, las cuestiones tributarias y los derechos de propiedad
intelectual, entre otros.” En este artículo no analizaremos la
contribución de las empresas miembros ni de la Asociación a la RSC o al
desarrollo de España, solo analizaremos el Decálogo y su posible impacto sobre
la RSC de sus miembros.
La Asociación
tiene objetivos centrados en mejorar la imagen de la marca España:
Los objetivos principales parecen concentrarse en
temas de imagen y reputación de España y los beneficios que de ello pueden derivar las
empresas. Solamente en el quinto
objetivo aparece el valor social, junto con el económico. Por el tercer objetivo, inusual en
asociaciones empresariales, parece que la asociación pone especial énfasis en
mejorar sus relaciones con las administraciones públicas, usando la promoción
de la marca España.
El Decálogo
representa un documento muy completo sobre las actividades que pueden
desarrollar estas empresas para asumir su responsabilidad ante la sociedad y
contribuir al desarrollo económico, social y medioambiental. Son muy amplios y completos. A continuación reproducimos solamente los
titulares de los “diez principios”. El
lector interesado puede remitirse al documento original para leer lo que conlleva cada uno de
ellos (por ejemplo, el segundo de la lista contiene doce líneas de acción).
Muy posiblemente
el lector quedará complacido de observar la amplia cobertura de los principios
y desearía, como el suscrito, que todas las empresas cumplieran con ellos.
Inclusive podrá notar algo también inusual en este tipo de principios y es el
de “contribuir a las finanzas públicas y
cumplir con la normativa fiscal en vigor…..”, presumiblemente pagando todos
los impuestos que tocan …….. y, a lo mejor, hasta evitando la elusión fiscal.
Pero algunas de
las preguntas claves, que como miembros de la sociedad en que se desenvuelven
estas empresas, debemos hacernos son:
- ¿Cuál es la efectividad del Decálogo?
¿Representa un compromiso de las empresas ante la sociedad o son meramente
aspiraciones, guías para la actuación?
- ¿Es un intento de forzar a los miembros de la
asociación a contribuir al desarrollo económico, social y ambiental de
España o son más bien un intento de congraciarse con la sociedad en
general y las administraciones públicas en particular al aparecer como
preocupados por ese desarrollo?
- ¿Es un instrumento para la acción o uno
publicitario?
- ¿Dónde podremos contrastar el Decálogo con
las acciones que lleven a cabo las empresas?
- ¿Quién controlará el cumplimiento de las
acciones de las empresas?
- ¿Esperan que la sociedad acepte la
publicación del Decálogo como si fuera un fin? Y si no es así y es un medio ¿cuáles son
las próximas etapas?
- ¿Se interesará la sociedad por las acciones que
tomen las empresas o será indiferente?
Aunque no tenemos
respuestas a estas preguntas (a menos que la asociación las proporcione) es
posible intuir algunas ya sea por experiencias anteriores con ejercicios
semejantes o analizando cuidadosamente el documento y algunas declaraciones.
Empecemos por la
segunda parte. En ninguna parte del documento,
ni en su presentación, ni en los documentos de la asociación se encuentra compromiso alguno de cumplir con el Decálogo.
El Preámbulo, parcialmente reproducido arriba dice que las empresas “…. asumen
los principios básicos para desarrollar prácticas de conducta corporativa
responsable …y que “asumen de forma voluntaria trabajar en el
seno de sus empresas en los … principios”. No hay oferta de reportar acciones, no hay seguimiento de las acciones, no hay
medidas a ser tomadas por el incumplimiento.
Y si nos
remitimos a casos semejantes de declaraciones de buenas intenciones podemos
intuir que el propósito es buscar el favor, o por lo menos la no reprobación,
por parte de la sociedad, mejorando la percepción de esta, que se pueda
traducir en mejor reputación. En base a experiencias anteriores con otros
casos, lo más probable es que se trate de un instrumento publicitario (la
realidad depende de las respuestas a las preguntas anteriores).
No es descartar
que la preparación del Decálogo haya contribuido a elevar el nivel de concientización de las empresas involucradas y
que su difusión pueda contribuir a
despertar interés en otras empresas y en algunos de sus stakeholders. Sin embargo dada la reputación de las
empresas involucradas es de pensar que no lo necesitan ya que son empresas que,
en general, están relativamente avanzadas en temas de responsabilidad ante la
sociedad (Bayer, Google, Leroy Merlin, entre otras), algunas de las cuales son
consultoras en el tema (Accenture, Bureau Veritas, Deliotte, EY).
¿Qué es lo que, como sociedad, nos hace falta?
- Que el Preámbulo diga que los abajo firmantes
se comprometen a tomar las acciones listadas para
cumplir con los principios del Decálogo.
- Que digan que los abajo firmantes se
comprometen a informar sobre las acciones tomadas (no es tan difícil como
parece, bastaría con producir un reporte, tipo índice GRI, que haga
referencia a las secciones pertinentes de sus informes de sostenibilidad u
otras fuentes de información).
- Que la Asociación produzca un informe sobre cada una de las
empresas firmantes en cuanto a su cumplimiento
con el decálogo. Y mejor aún, que
nombren una institución externa, independiente, de control.
Si estas acciones no se toman se confirmarían las
sospechas de que el Decálogo es un instrumento publicitario, para congraciarse
con los gobiernos y con algunos stakeholders.
Y si nosotros como sociedad permanecemos
indiferentes o ignorantes, se confirmará que a lo mejor no merecemos empresas
responsables.
¿Tiene esto
alguna importancia para el colectivo empresarial? Lamentablemente puede ser un instrumento que
contribuye a la percepción de la sociedad de que las empresas dicen muchas
cosas que luego no cumplen o que nos doran la píldora con la comunicación
selectiva. Estos instrumentos pueden
producir mejoras en la reputación en el corto plazo y satisfacción en los
participantes por el logro de su publicación, pero a largo plazo pueden ser un instrumento que contribuya a reducir la
reputación sobre la responsabilidad de las empresas adheridas y del colectivo
empresarial en general si se queda en un anuncio (el lector puede ver aquí la
presentación del decálogo).