domingo, 12 de julio de 2015


Futuro de la RSE, la empresa del futuro. IIIa. y última parte

En la segunda parte de este artículo analizábamos las tendencias de los tres sectores de la actividad económica hacia un mayor involucramiento en el bienestar de la sociedad y el medio ambiente y proponíamos podrían confluir en la creación de empresas o instituciones híbridas que fueren responsables por compromiso legal con esa sociedad.  En esta tercera y última parte analizamos si  ¿Es esto solo teórico o es también  factible en la práctica?

Es factible en la práctica como lo han demostrado ya centenares de empresas que se han constituido y operan con fines de beneficios.  No obstante, en las condiciones actuales todavía puede ser difícil, hay muchos obstáculos.  Uno de ellos es la ausencia de legislación pertinente, otro la existencia de legislación no pertinente y el tercero es el acceso a recursos para financiarse.




En cuanto a la legislación pertinente, en EEUU ya hay 27 estados que la tienen, que han creado la legislación que cubre este tipo de empresas, especificando la obligación de tener en cuenta el impacto en la sociedad, actuar con criterios de transparencia, formas de gobierno corporativo y la obligación de revisión independiente de la información sobre beneficios.  Pueden incluir otras disposiciones relativas a aspectos fiscales y otros apoyos del estado. No regulan como se deben distribuir los beneficios ni detallan cuales deben ser los beneficios a la sociedad.  Algunos de estos detalles se establecerían en los estatutos de cada empresa.  Estas legislaciones tienen el efecto de establecer legamente las condiciones que rigen los beneficios de la empresa y así proteger a sus dirigentes de demandas superfluas de que no se han maximizado las ganancias monetarias

El caso de Europa continental es más sencillo en función de la tradición de apoyo a la sociedad de los gobiernos y empresas, en contraposición con el espíritu más mercantilista de los EEUU.  En aquellos países no existe la doctrina de la primacía de los accionistas y son poco comunes las demandas a los directivos.  Las presiones sobre los directores de concentrarse solo en los beneficios financieros son menores.  El caso mas paradigmático es Alemania donde la constitución contempla que la  “Propiedad impone deberes.  Su uso debe además servir el bien común”.   Aun en Gran Bretaña, de doctrina anglo-sajona, el Código de Comercio del 2006 les permite a los directores tomar en cuenta los intereses de otros stakeholders además de los inversionistas. 

En los demás países de Europa el potencial problema de discrepancia de algunos accionistas con los objetivos sociales de las empresas no existe y, en principio, no sería necesaria la legislación especial, aunque si bien las instituciones europeas estimulan esta responsabilidad social, no es vinculante.  Por ejemplo, el Parlamento Europeo y la Comisión Europea estimulan a incorporar objetivos sociales en las empresas. [i]

En América Latina se han comenzado los esfuerzos para obtener legislación específica aunque todavía (julio 2015) sin éxito.

Y hay legislación impertinente.  Es la legislación sobre la gestión de la empresa expresada en los códigos de comercio, leyes de sociedades anónimas y de mercados de capitales, que no son pertinentes, pero que son citadas o aplicadas de forma equivocada por algunas partes.  Existe la mala interpretación, generalizada, de que la empresa tiene, legalmente, como objetivo la maximización de los beneficios financieros, de lo contrario los accionistas o dueños podrían demandar y/o reemplazar a los dirigentes por incumplimiento.  En casi ninguna parte del mundo existe esta legislación, es un sesgo en la educación de muchas escuelas de negocios.   Lo que si suele existir es la responsabilidad de los directivos de gestionar la empresa con criterios de eficiencia, con la mejor utilización posible de los recursos que les ha sido encargados.  Pero ello no obsta para que se persigan también beneficios a la sociedad, siempre y cuando se pueda demostrar que no son dirigidos a beneficiar a los mismos directivos y que redundan en el bien de la empresa en el largo plazo.

Y esto nos lleva al tercer gran obstáculo que son las fuentes de financiamiento. Si la empresa puede autofinanciarse con los recursos de los dueños y las ganancias del negocio no se presenta este problema.  El problema se presenta cuando la empresa depende de recursos financieros de terceros, ya sea del sistema financiero ya sea del mercado de capitales, que suele ser el caso de la inmensa mayoría de las empresas. Para crear y operar la empresa con fines de beneficios se requiere que esos aportantes de recursos financieros estén de acuerdo con el modelo de empresa, lo cual suele ser aceptable en sus comienzos o si el crecimiento es moderado.  Pero si necesita recurrir a los mercados financieros y de capitales tradicionales para financiar el crecimiento, puede encontrarse que las fuentes son limitadas, ya que compiten con las empresas con fines de lucro, que suelen ser consideradas, por lo menos en el corto plazo, como mejores sujetos de crédito o de inversión. 

Hay que destacar, no obstante, que junto con estos progresos en los modelos de empresa hay un progreso simultáneo en esos mercados que buscan oportunidades de colocar sus recursos en empresas socialmente responsables y que dadas las tendencias, comienzan a estar interesadas en el modelo más avanzado de empresas con fines de beneficios.  Estas empresas tienen ventajas en para atraer estos recursos por cuanto tienen la obligación legal de ser responsables en tanto que las empresas tradicionales pueden cambiar sus prácticas a voluntad.  La demanda estimula la oferta y la oferta estimula la demanda.  Sin embargo, y esa es la prueba de fuego, todavía no hay una empresa con fines de beneficios que cotice en bolsa.

Si bien este modelo de empresa no tendrá un crecimiento explosivo, muestra la dirección hacia la que deben ir las empresas si quieren ser sostenibles, en el amplio sentido de la palabra, en el largo plazoHay que ir desde la empresa egocéntrica a la empresa responsable por sus impactos, a la empresa integrada a la sociedad.  Sin duda que el camino es arduo ya que depende de la misma sociedad y como dice el Papa Francisco, la indiferencia se ha globalizado.

¿Cuántas habrá en el 2020? Algunas, dependiendo de las condiciones existentes en cada país y del interés de la sociedad. ¿Cuántas habrá en el 2050? Mas, pero todavía muy pocas para lo que la sociedad necesita.  ¿Son la solución a sostenibilidad de la sociedad y el planeta? No, pero contribuyen. ¿Desaparecen el primer y tercer sectores?.  Definitivamente no pero se armonizarán más con las necesidades de la sociedad.

En resumen

El futuro de la responsabilidad de la empresa ante la sociedad no está en mitigar los impactos negativos de sus actividades o de intensificar las actividades que pretenden hace el bien.  No está en hacer más “cositas”, más RSE.  Está en el reconocimiento de que la empresa es parte de la sociedad y debe tener como objetivo el beneficiarla, pero manteniendo su sostenibilidad financiera en el largo plazo, de lo contario no podrá hacerlo.  Y este camino hacia el futuro de la empresa pasa porque la sociedad, incluyendo los gobiernos, exija esos beneficios sociales a cambio de favorecerla para que logre los beneficios financieros.

Esto requiere una concepción diferente de empresa que no base sus actuaciones en las regulaciones de los gobiernos, que suelen ser ineficientes y muchas veces inefectivas, ni en la discrecionalidad de las empresas, que suele ser inconsistente, dependiendo de las circunstancias.  Se requiere de empresas que se comprometan, legalmente, en sus términos, a producir beneficios para la sociedad, siendo financieramente sostenibles.  Solo así se puede garantizar la sostenibilidad total de las empresas.  Se requiere de empresas con fines de beneficio, no con fines de lucro que pueden atentar contra la sostenibilidad de la misma sociedad, ni sin fines de lucro, que dependen de la misma sociedad y no son financieramente sostenibles en el largo plazo.

Aun cuando no se llegue al ideal de tener empresas legalmente responsables, este modelo muestra el camino a seguir y es válido como objetivo.

¿Cuáles serán las empresas del futuro?  La que se casan, legalmente, con la sociedad.


Apéndice: Características de los cuatro sectores

Empresas
Primer sector
Segundo sector
Tercer sector
Cuarto sector
Razón de ser
Lucro
Servicio publico
Sociedad
Lucro y sociedad
Origen
Oportunidades del mercado
Necesidades sociales públicas
Necesidades sociales privadas y oportunidades del mercado
Oportunidades del mercado y necesidades sociales privadas
Objeto en la sociedad
Derivado de sus actividades comerciales
Bienestar de la sociedad en general
Mandato social específico
Mandato social general y flexible
Beneficios
Retenidos y distribuidos a accionistas
Pagados a gobiernos
Los que se obtengan se retienen. No remuneran el capital
Retenidos y distribuidos a accionistas
Impuestos
Se deben pagar
Exentos o se deben pagan
Generalmente exentos
Se deben pagar, puede haber exenciones
Fuentes de fondos
Mercados financieros y de capitales, beneficios propios
Gobiernos, beneficios propios y mercados financieros
Beneficios, donantes, inversionistas sociales
Mercados financieros y  de capitales, beneficios propios e inversionistas sociales
Crecimiento
Determinado por el mercado
Capacidad propia y aportes del gobierno
Limitado a los aportes de donantes y capacidad propia
Determinado por el mercado
Cultura Organizacional
Empresarial, supervivencia económica, aceptación social
 Burocracia, supervivencia política
Social, supervivencia, legitimidad social
Empresarial, supervivencia económica y social
Medición de resultados
Rentabilidad, responsabilidad social
Servicios prestados
Impacto social
Rentabilidad, impacto social






[i] Un análisis más detallado se puede leer en mi artículo El Cuarto Sector: Hacia una mayor responsabilidad social.


No hay comentarios: