sábado, 26 de octubre de 2024

¿Tienen impacto mis artículos sobre sostenibilidad empresarial?

 

Los que trabajamos en la promoción de la sostenibilidad empresarial queremos que nuestras actividades tengan impacto, es el objeto.

Es natural entonces que me pregunte si mis artículos tienen impacto. Pero antes de hacer el “análisis” es conveniente clarificar que quiere decir “impacto” ya que es un término muy abusado en nuestra profesión, sobre todo como una manera sutil de “greenwashing”, que no es solo diciendo que nuestros productos o servicios son responsables cuando no lo son, sino además alegando que las actividades tienen impacto en la sostenibilidad cuando en realidad se quedan muy cortas.

Actividades, productos, resultados e impacto.

Hay toda una metodología desarrollada para identificar el impacto de las acciones, que revuelve alrededor de la distinción entre actividades, productos, resultados e impacto.


Consideremos, por ejemplo, la promoción de la participación de la mujer en las decisiones de la empresa. Se puede alegar que la empresa imparte X horas de cursos para mejorar su cualificación, eso son solo actividades.  Si vamos un poco más allá y la empresa alega que utiliza esos cursos como criterios para la selección de cargos en la empresa, eso son productos y si alega que ello ha conducido a un mayor número de mujeres en los consejos, ello son resultados.  Pero muchas veces las empresas “venden” estas actividades, productos y resultados como si fueran impacto.  Pero ¿qué es impacto en este caso?  Es el cambio que esas mujeres logran en las decisiones dentro de la empresa. No es el número de mujeres cualificadas en el consejo, que pueden ser una o diez, el impacto es el cambio que logran.

Mis artículos sobre sostenibilidad empresarial.

¿Podría vanagloriarme de que he publicado más de 700 artículos en los casi 17 años del blog de Cumpetere?[i] ¿Impacto?, No, actividades.

¿Podría vanagloriarme de que, según Google, en ese período, los usuarios, mis stakeholders, han “visitado”, más de 900 000 páginas? [ii]¿Impacto? No, productos.

Con estas estadísticas, por muy prometedoras que parezcan, no puedo alegar impacto.  De las 900 000 páginas visitadas, ¿cuántas ha sido leídas y consideradas?  Y si lo fueran, eso serían resultados, es mi objetivo de escribir los artículos, que los lean y los consideren en sus actividades.

Pero ¿tienen impacto? ¿Han logrado cambios en la forma en que los visitantes, ojalá que lectores, ejercen su profesión, logrando cambios positivos en su entorno?  ¡Ni idea!

En mis artículos soy crítico de que las empresas aleguen impacto cuando no se ha demostrado. O sea, “en casa de herrero pata de palo” Quiero que lo demuestren, pero yo no lo hago ….. pero tampoco me vanaglorio de ello.

No es nada sencillo demostrar cambio, lo que requiere de estudios especiales, que cuestan dinero y requieren el paso del tiempo para poder apreciar el cambio. Pero ello no obsta para que no lo intenten y sobre todo que no aleguen impacto cuando no lo puedan demostrar, que no nos greenwasheen [iii] Que no se refieran a impacto cuando a lo que se refieren es a meras actividades, o productos, o resultados.

En mi caso ello va mucho más allá de mis capacidades.  Me complazco en pensar que mis múltiples horas investigando y escribiendo los artículos tienen alguna probabilidad de lograr impacto.

En Mis diez artículos sobre RSE que han tenido algún impacto (agosto 2017) intenté un análisis superficial para ver si lograba demostrar algún impacto.  Algo creo que se logró, pero no puedo demostrarlo de forma confiable, por lo que no supongo impacto.

Pero las empresas sí tiene los recursos y la obligación, por lo que deberían hacerlo, y como stakeholders debemos insistir en que lo hagan.  El objetivo de sus actividades en sostenibilidad debe ser el logro del cambio, para lo que las actividades, productos y resultados son medios, no el fin.

En resumen

Si el objetivo de los artículos fuera entretener a los lectores, el “impacto” sería el número de lecturas, pero siendo el objetivo influenciar la implementación práctica de la sostenibilidad empresarial entonces el impacto debe medirse como cambio logrado.

¿Tienen impacto mis artículos en el blog de Cumpetere?, No lo se.  Ojalá que algún impacto tengan.

Solo puedo alegar actividades y productos, ni siquiera resultados y mucho menos impacto.

Ya me dirán.



[i] Más de 10 000 horas invertidas.

[ii] Las páginas visitadas son muchas ms ya que los artículos han sido reproducidos en otros medios, sobre los cuales no tengo estadísticas y el contador en Goggle no estuvo siempre activo.

sábado, 19 de octubre de 2024

Por fin una herramienta integral para calificar la sostenibilidad empresarial de empresas y fondos de inversión


La empresa finlandesa de consultoría en sostenibilidad, Upright ha creado una heramienta de inteligencia artificial para determinar los impactos positivos y negativos de las actividades de las empresas cotizadas en bolsa y de fondos de inversión sobre la sociedad y el planeta, clasificados en cuatro grandes categorías (o capitales), sociedad, conocimiento, salud y medio ambiente (no incluyen gobernanza porque se concentran en el impacto externo). Buena parte de la información está disponible al público. Pruébala con la empresa de tu interés.

En este artículo analizamos una aplicación de la herramienta y en el Apéndice contrastamos los resultados de esta herramienta con los de la mayor calificadora de sostenibilidad, comparando los resultados para Tesla y Exxon Mobil, antípodas de la contribución a las emisiones de gases de efecto invernadero.

La base de datos cubrirá más de 150 000 productos financieros alrededor del mundo (ahora tiene disponibles más de 10 000). Aparte de la cuantificación de los costos y beneficios de sus actividades, y el alineamiento con la taxonomía verde de la Comisión Europea y con los Objetivos de Desarrollo Sostenible, lo más innovador es que no se basan en calificaciones, sino analizando la información de las empresas y los impactos descritos para esas actividades en más de 200 000 publicaciones científicas. Por ello se refieren a sus resultados como “science-based”.

Según la empresa: “No nos basamos en los premios que hayan ganado o las etiquetas para las que califican. Enfatizamos lo que las empresas y los fondos hacen en sus negocios y como impacta al mundo a su alrededor”.

La descripción del modelo se puede ver en Estimating the net impact of companies.

Y hasta se puede hacer la evaluación sobre un fondo ficticio compuesto por el usuario para determinar su “sostenibilidad” y compararla con otros fondos y/o empresas.

Ejemplo de la información para Tesla

El lector puede seleccionar empresas, fondos de inversión o índices para determinar los impactos positivos y negativos en las cuatro categorías y subcategorías, y los aspectos que tienen mayor impacto positivo y mayor negativo. Para el caso de Tesla:

 




Este gráfico muestra la posición relativa de su impacto neto en el universo de las empresa que el modelo ha evaluado, con una posición muy favorable

Y este gráfico compara sus impactos con los de otras empresa automotores, donde se puede observar que tiene mayores impactos positivos en la sociedad, la salud y el medio ambiente y menores impactos negativos en el medio ambiente.

En resumen

En base a la extensa información que analiza, la herramienta permite cuantificar los costos y beneficios relativos de las actividades de las empresas y de los fondos de inversión constituidos con ellas, en una base más confiable y mucho más detallada que las calificaciones de sostenibilidad, altamente conocidas como arbitrarias y poco confiables.[i] 

No lo hemos podido analizar la confiabilidad en ningún detalle ya que obviamente la información de base es privada. El lector debería tomar esta información como ilustrativa, aunque no definitiva, hasta que se convenza de lo contrario.


Apéndice: Tesla versus Exxon Mobil

Algún lector recordara mi artículo ¿Se puede encapsular la responsabilidad empresarial en un número ASG?: ¿Se justifica sacar a Tesla de un índice ASG?, donde analizábamos la salida de Tesla del índice de sostenibilidad S&P500 ESG y la entrada de Exxon-Mobil en su lugar, para mostrar las inconsistencias de la calificaciones de sostenibilidad. Decíamos:

En el caso de Tesla se adujeron las siguientes deficiencias: Discriminación racial y condiciones laborales deficientes, su actitud ante la investigación de accidentes bajo piloto automático, y carencia de una estrategia de bajo carbono (que sí tienen otras automotrices).

Pero dejaron en el índice a Exxon Mobil, la mayor empresa privada del mundo en combustibles fósiles, ampliamente conocida por su oposición y cabildeo a la lucha contra el cambio climático y por su programa de mitigación que vapulea las metas del Acuerdo de París.  

Las calificaciones de sostenibilidad no toman en cuenta los impactos, solo la existencia o no de algunas características sobre A, S y G. Con el modelo de Upright, más detallado, se pueden comparar los cosos y beneficios de ambas empresas para la sociedad y el planeta para confirmar estas inconsistencias.

Exxon-Mobil, -150% impacto neto



Tesla +50% impacto neto

 

domingo, 13 de octubre de 2024

¿Basta con darle un nuevo nombre a la sostenibilidad?: Dos estudios destacables

 

Obviamente que no, como ha sido ampliamente demostrado por las decenas de nombres que diversos autores le han dado, más con el objetivo de figurar que de contribuir al desarrollo de la disciplina. Pero cuando se hace con justificaciones razonadas pueden destacar características o puntos de vista que sí ayudan a una mejor interpretación e implementación de los conceptos. El objetivo de este artículo es analizar un par de publicaciones recientes con potencial de logar esa mejora: Sostenibilidad competitiva y Sostenibilidad racional.

La siguiente tabla muestra un gran número de esos nombres, la inmensa mayoría de los cuales han pasado a la historia sin pena ni gloria. ¿Alguien se acuerda de la “Creación de valor compartido” que causó furor en su momento y tuvo sus cinco minutos de gloria? [i]

 

¿Alguien quiere ponerle un nuevo nombre a la responsabilidad empresarial?

Responsabilidad social de la empresa

Sostenibilidad

Medio ambiente, Social y Gobernanza

Ciudadanía Corporativa

Triple Balance

Creación de Valor Compartido

 

CAPITALISMOS

 

Capitalismo de los stakeholders

Capitalismo Consciente

Capitalismo Creativo

Capitalismo Cooperativo

Capitalismo Limpio

Capitalismo Responsable

Capitalismo Humanista

Capitalismo Sostenible

Capitalismo Comprometido

Capitalismo Múltiple

Capitalismo Progresivo

Capitalismo Regenerativo

Capitalismo Moral

Capitalismo Democrático

Capitalismo 2.0…3.0…4.0, etc.

Capitalismo Distributivo

Capitalismo Inclusivo

Capitalismo Ciudadano

 

ECONOMÍAS

 

Economía Circular

Economía del Bien Común

Economía de la Mutualidad

Economía Social y Solidaria

Economía Verde

Economía de Impacto

Economía Colaborativa

Economía Naranja

Economía de la Comunión

Economía Civil

Economía Azul

Economía Cordial

Autor: Antonio Vives

 

Recientemente se ha publicado un informe y un artículo, producidos en entornos académicos, por lo que suelen basarse en el “debería ser” lo deseable como si ello fuera automático, más que en el “es”, que debe ser el punto de partida para logar el cambio hacia el “debería ser”. No obstante, ambos tienen una visión que, en opinión del suscrito, sí avanzan la comprensión de la sostenibilidad empresarial.

El primero propone una idea conceptualmente rica, pero de limitada aplicación para el avance de la sostenibilidad empresarial, en tanto que el segundo propone hacerlo no dejándose llevar por ilusiones o deseos de poca factibilidad, siendo realistas.  En cierta forma proponen visiones contrapuestas: uno partiendo de aspiraciones y el otro partiendo de la realidad.

I.                Competitive Sustainability

Un documento para discusión del Institute for Sustainability Leadership de la Universidad de Cambridge Survival of the  Fittest: From ESG to Competitive Sustainability, se basa en una premisa relativamente simple para el avance de la sostenibilidad: que las acciones empresariales relacionadas con la sostenibilidad tengan un mercado competitivo en el que desarrollarse, o sea, aprovechar las características del mercado competitivo como son la existencia de demanda y oferta, precios, competencia para transar mejores productos, exclusión de productos indeseables, innovación, diseminación de información, etc.

No basta un cambio de mentalidad. El mercado debe ser diseñado para eliminar la tensión entre rentabilidad y sostenibilidad. [ii] Necesitamos mercados activos para productos que sean neutros en carbono, circulares y que produzcan beneficios ambientales netos positivos. Los gobiernos deben crear las condiciones para que sea económicamente atractivo la eliminación de actividades dañinas. De otra manera, las empresas que quieren hacer una transición voluntaria serán coartadas por los que no la quieren.

Lo que sigue es mi interpretación de esta cita ya que el estudio no entre en detalles. Si bien la idea puede parecer utópica a nivel agregado, ya que no son muchas las actividades donde la operatoria de un mercado competitivo es factible, es posible hacerlo en algunos casos y la idea tiene potencial.

Es relativamente sencilla la creación y operación de un mercado emisiones de gases de efecto invernadero, donde hay muchos participantes en el mercado y se pueden establecer precios a un producto relativamente bien definido. Sería deseable, por ejemplo, en el caso de algunos productos, que en el mercado se incluyeran los costos la totalidad de los factores de producción incluyendo el valor de las externalidades, el daño que hace con la contaminación ambiental o el uso de recursos escasos, por ejemplo, el agua, por los que no se paga su verdadero valor en el mercado.

En Europa están poniendo en práctica aranceles a la importación de bienes y servicios que tomen en cuenta la contribución que han hecho al cambio climático, o sea incluir indirectamente en su costo el valor de esa externalidad. Si China no tiene regulaciones sobre ello que eleven el costo de sus productos, pero Europa si las tiene, el arancel pretende hacer una competencia justa. Pretende crear un mercado competitivo, aunque con ello no se eviten las emisiones en China, pero se les envía el mensaje de que si quieren evitar los aranceles deben tener regulaciones similares a las de Europa.

El mercado laboral, si funcionase, pagaría remuneraciones conmensuradas con su contribución a la creación de valor en la producción y no, por ejemplo, en función del precio  de la mano de obra en un mercado con exceso de oferta. Los gobiernos pueden regular las condiciones laborales y en algunos casos el sueldo mínimo general, pero no el sueldo justo en función de su contribución a la creación de valor. Y no digamos el sueldo conmensurado con la dignidad y necesidades de las personas, que es la idea de los sueldos justos. 

No todos los productos y servicios relacionados con la sostenibilidad son susceptibles de transacciones en mercados y ni aun aquellos que sí lo son pueden hacerlo en un mercado competitivo. Y no siempre los gobiernos tienen la capacidad para regular esos mercados imperfectos.

Mi conclusión:  la voluntariedad y las buenas intenciones de las empresas no ha funcionado y las actividades de la sostenibilidad empresarial deben operar, en la medida de lo posible,  en mercados que ofrezcan los incentivos propicios, y los gobiernos deben crear las condiciones para la operación de estos mercados y regular las actividades donde esos mercados no sean factibles.

II.             Rational Sustainability

Rational Sustainability [iii] por el profesor Alex Edmans, [iv] de la London School of Business, es un artículo publicado en un medio académico, pero con criterios eminentemente de aplicación práctica. Su valor, para los que practicamos la sostenibilidad empresarial, es la visión crítica que adopta y en consecuencia una mejor apreciación de la realidad y menor volubilidad. Podría haberse titulado “Visión crítica de la sostenibilidad” pero no sería tan atractivo, y el autor no pretende que sea vea como solo como un nuevo nombre que mejore su reputación (¿otro para la tabla?), sino que se adopte como un enfoque novedoso, como una manera de implementarla. Pretende que cuando se considere se haga de forma “racional”, “cuestionada”. En resumen, ¡Piensa!

Dice:

“Racional” se refiere a un enfoque….basado en evidencia y análisis, que cuestiona las convenciones y prácticas de la sostenibilidad empresarial en vez de seguir al rebaño….. No es poner el viejo vino en nuevas odres, es un cambio fundamental de la manera en que se practica, no solo como se la denomina.

Sin embargo, como veremos a continuación, no es un cambio fundamental. El artículo propone una manera de apreciar la sostenibilidad, no necesariamente de una implementación “diferente”. Ciertamente que ofrece ideas para una implementación más realista, pero no de nuevas prácticas como podría esperarse.

Para justificar el cambio de denominación pasa revista a las deficiencias del término ASG para representar la sostenibilidad empresarial, en términos muy semejantes a los que hemos destacado en nuestros artículos, por lo que no lo comentaremos. [v]

Propone diez principios sobre los cuales afinar la perspectiva, las primeras cinco sobre la sostenibilidad en sí y las siguientes cinco sobre la racionalidad. Son relativamente evidentes por lo que solo añado brevísimos comentarios.

1.      Sostenibilidad Racional se refiere a la creación de valor, no a política.

Es cuestión de lo que le conviene a la empresa, no de vencerse a las ideologías políticas.

2.      Sostenibilidad Racional se refiere a resultados, no etiquetas.

Lo importante no es el nombre, es lo que se logra.

3.      Sostenibilidad Racional es intrínseca, no instrumental.

Se debe ser sostenible porque es lo que hay que hacer, no solo porque rinde beneficios.

4.      Sostenibilidad Racional es nuclear, no periférica.

Es parte fundamental de la estrategia, no es hacer “cositas”, aquello del DNA de la empresa.

5.      Sostenibilidad Racional propicia, no prescribe.

Debe propiciar el logro de los objetivos de la empresa en el largo plazo, no prescribir cuales son.

6.      Sostenibilidad Racional se basa en evidencias y análisis.

No creérselo todo, hay que basarse en evidencias tangibles y confiables.

7.      Sostenibilidad Racional reconoce los rendimientos decrecientes y los balances.

Hay que hacer lo que es más efectivo, lo material, pero priorizando.

8.      Sostenibilidad Racional establece límites.

No se puede hacer de todo en todo momento.

9.      Sostenibilidad Racional previene la irracionalidad.

Si se es racional, sí.

10.   Sostenibilidad Racional cuestiona y reta.

Es su razón de ser, el resumen de todo.

Al tratar las deficiencias de la ASG como representativa de la sostenibilidad empresarial y comentar sobre la gran mayoría de los aspectos de esta, el artículo es un excelente compendio de la conceptualización de la sostenibilidad, si bien no de detalles de implementación: qué es y que no es la sostenibilidad empresarial.

Mi conclusión: Estos principios representan una manera de entender la razón de ser y la forma de lograr la sostenibilidad empresarial. Si bien el autor hace su defensa en base a las deficiencias de la ASG, la realidad es que lo que propone, en pocas palabras, es ser escépticos.

III.           En resumen

¿Dos nombres más para mi colección?, sí, pero con valor añadido, uno más que el otro.

En el caso de Competitive Sustainability, es la idea de la necesidad de crear o mejorar los mercados donde las actividades de sostenibilidad de las empresas enfrenten incentivos y penalizaciones financieras, como una manera de incrementar su aplicación y efectividad, y donde no sea posible, recurrir a las regulaciones. Lo que no cubre el informe es como desarrollar esos mercados. Conceptualmente rico, pero de compleja utilidad práctica.

El valor añadido en el caso de Rational Sustainability es más evidente ya que se trata de afinar la perspectiva, con espíritu crítico, con la cual se desarrollan e implementan las políticas, estrategias y acciones, lo que es mucho más factible y práctico, con resultados tangibles.

Pero debe quedar claro que la implementación actual no es que sea “irracional”, es que es ingenua y muchas veces engañosa.  El valor de este articulo radica en cuestionar la implementación y la adopción de la sostenibilidad empresarial, sin un análisis crítico, más que ofrecer nuevas ideas para la implementación. [vi]



[iii] Edmans, A. 2024. “Rational sustainability.” Journal of Applied Corporate Finance 36: 8–15. https://doi.org/10.1111/jacf.12609

[iv] El profesor Edmans es un prolífico autor sobre sostenibilidad y finanzas sostenibles. Se caracteriza por su espíritu crítico, por cuestionar las generalizaciones y las pruebas sin pruebas. Su estilo e intereses coindicen con los del suscrito. El artículo es muy indicativo de su estilo (recomiendo seguirlo en LinkedIn, si bien sus notificaciones y escritos son en inglés).

[vi] Un buen ejemplo de esto lo presentábamos en Si no está roto no lo arregles: Porter y Kramer sobre RSE

En el 2011, Compartir el Valor Creado versus Crear Valor Compartido: Diferentes estrategias, diferentes implementaciones, diferentes resultados en el 2012, y Creación de valor compartido: Cómo no reinventar la RSE en el 2013,

 donde analizábamos la “revolucionaria” idea de la creación de valor compartido.

sábado, 5 de octubre de 2024

Prohibición de usar criterios de sostenibilidad empresarial en las decisiones de inversión de los fondos de pensiones. ¿Tiene lógica?

  

Este articulo analiza las recientes controversias entre legisladores y gestores de fondos de inversión, en particular los de pensiones, en EE. UU, sobre la legitimidad de la utilización de consideraciones sobre la sostenibilidad empresarial en la selección de los valores a invertir en las carteras. Si bien es un problema geográficamente localizado, y con contenido ideológico, es relevante para cualquier parte del mundo.  Los argumentos contrastantes ilustran parte de las razones por las cuales los inversionistas quieren invertir en empresas bien gestionadas, consideradas social y ambientalmente sostenibles y ofrecen perspectivas que pueden ser valiosas para los gestores de fondos dondequiera que operen.

La legislación vigente.

La ley sobre la seguridad de los ingresos por pensiones de los empleados (Employee Retirement Income Security Act (ERISA) es una legislación a nivel federal, o sea aplicable a todo el país, que establece los estándares mínimos de actuación para los planes de pensiones y de salud del sector privado y su implementación es regulada por el Departamento del Trabajo. Esta legislación requiere que los gestores de los fondos tomen sus decisiones basándose exclusivamente en los intereses de los participantes y beneficiarios. Y he allí la cuestión: ¿Cuáles son los intereses de los participantes y como se persiguen?

Legislación aprobada en la cámara baja del congreso.

En septiembre del 2024 la cámara baja aprobó la ley H.R. 5339 que requiere que los fiduciarios de los fondos de inversiones participados por los empleados tomar sus decisiones de inversión basadas exclusivamente en consideraciones financieras, o sea, en aspectos que se considera tendrán un efecto material sobre el riesgo y rendimiento de las inversiones, sobre los plazos que sean compatibles con los objetivos y políticas de inversión de los fondos.

La ley permite que, si no se puede distinguir entre inversiones con beneficios financieros equivalentes, se puedan considerar otros criterios, pero solo se pueden usar cuando se demuestre que los financieros no son suficientes para hacer la distinción, o sea, solo como criterio de desempate.

La aprobación definitiva de esta propuesta en los actuales momentos no es políticamente factible, pero ello no obsta para que haya suscitado una agria discusión sobre el papel de consideraciones no financieras. Se requiere la aprobación del Senado y del presidente del país, en ambos casos bajo el control del partido demócrata, que está a favor de la consideración de los aspectos medioambientales y sociales en las decisiones de los fondos de inversión.  Esto podría cambiar si cambia el control de ambas cámaras y la presidencia en las próximas elecciones.

La regulación del Departamento (ministerio) del Trabajo.

La regulación permite, pero no requiere, que los fiduciarios de los fondos de pensiones consideren el impacto financiero potencial de los aspectos de sostenibilidad empresarial, además de los aspectos financieros en la toma de decisiones sobre las inversiones.

Esta regulación representa un cambio que el actual gobierno demócrata hizo sobre la regulación del anterior gobierno republicano, que iba en la línea de la ley propuesta mencionada arriba.

Conclusión

La ley federal dice que se deben seleccionar las inversiones basándose exclusivamente en los intereses de los participantes y beneficiarios, pero no da detalles para la implementación.  La actual regulación del ministerio dice que, para ello, pueden, no que deben, usar criterios no financieros además de los financieros, a discreción de los fiduciarios.

La ley propuesta dice que no se pueden usar criterios no financieros para decidir, solo como criterio de desempate en la evaluación con los criterios financieros de las diferentes inversiones disponibles.

La experiencia ha indicado que algunos aspectos no financieros (ambientales, sociales y de gobernanza) tienen un impacto tangible sobre el riesgo y rendimiento de las inversiones, sobre todo en el largo plazo, que es el horizonte de inversión de los fondos de pensiones, por lo que su consideración no debe ser de desempate, ni siquiera opcional, debe ser obligatoria si se quieren perseguir los intereses de los pensionistas en el largo plazo.

En todo caso, lo razonable es que demuestre que la aplicación de estos otros criterios no es arbitraria, que no se usa para seleccionar inversiones que le convengan o les gusten a los fiduciarios. [i]

La oposición de algunos políticos va más allá de esta discusión lógica y es producto de un fuerte oposición ideológica en contra de “restricciones”, en este caso a las inversiones en combustibles fósiles, deforestación, contaminación, equidad e inclusión social, entre otras, para lo cual, paradójicamente, imponen “restricciones” al uso de algunos criterios en las decisiones de inversión. Una lógica ilógica.

Es el caso de la discusión entre la materialidad financiera, impacto sobre el riesgo y rendimiento de los aspectos no financieros, y la materialidad de impacto, impactos sobre la sociedad y el medio ambiente, que pueden o no traducirse en reacciones de los afectados que impacten la situación financiera de la empresa. La primera es la base de los reportes de sostenibilidad a nivel internacional, del ISSB, y ambas lo son para los estándares de reporte europeos, ESRS.

Lo que sería razonable es exigir la demostración que los criterios no financieros usados forman parte de la materialidad financiera. No hacerlo iría en contra de los intereses de los beneficiarios.



[i] Dos anécdotas personales que ilustran esta discusión.

En el año 2005, siendo vicepresidente del comité de inversiones del fondo de pensiones de los empleados del Banco Interamericano de Desarrollo (en aquel entonces más de US$ 2 000 millones en activos, Estuve en el cargo 25 años, entre 1982 y 2007) y Gerente de Desarrollo Sostenible, presenté una propuesta al comité para invertir una pequeña parte de los fondos con criterios de sostenibilidad social y ambiental, usando los argumentos de riesgo y rendimientos financieros a largo plazo y la contribución al desarrollo sostenible, que era y es el propósito de la institución. Rechazada la propuesta 6 contra 1.

Se presentó otra propuesta para usar una pequeña parte de los fondos para otorgar hipotecas a los empleados del Banco, vistos los costos financieros que enfrentaban. Rechazada 7 a 0, con el argumento de que esos empleados se beneficiarían a costa del resto de los presentes y futuros pensionados, a menos de que fueran a una tasa superior a la del mercado, para compensar por los costos adicionales de transacción, con lo cual el involucramiento carecía de sentido.