domingo, 5 de noviembre de 2023

Gobernanza responsable: Nuevas Guías y Principios de la OCDE

 

La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico, OCDE (“un club de 38 países mayormente desarrollados”, como lo define el periódico The Economist), ha producido las guías (líneas directrices) para para las empresas multinacionales desde 1976. Recientemente las actualizó para incorporar explícitamente temas de responsabilidad empresarial. Adicionalmente expandió los principios de gobierno corporativo incluyendo también estos temas.

El objetivo de este artículo no es describir los documentos, es solo despertar el interés de los profesionales de la sostenibilidad empresarial sobre su contenido y su aplicación en su gestión.

I.                Introducción.

OCDE publico la revisión (octubre 2023) del documento OECD Guidelines for Multinational Enterprises on Responsible Business Conduct, (esta versión no ha sido publicada en español) de la versión del 2011 (Líneas Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales), añadiéndole al título “on responsable business conduct”, para adaptarlo a los nuevos tiempos. [i] Con ello actualiza un documento clave de Guías el comportamiento de las empresas multinacionales, que complemente los Principios,  G20/OECD Principles of Corporate Governance (2023).

Los Principios son una revisión de los originales que formaban el Apéndice a una resolución del Consejo de la OECD del julio del 2015. Le añade G20 al título para enfatizar que fueron respaldadas por el grupo G20, que es una ampliación del G7, constituido por siete de los países más desarrollados y otros trece invitados como Argentina, Brasil y México (España está representada por la Unión Europea).

Es de destacar que, en ambos casos, los documentos son de aplicación voluntaria por parte las empresas y por los gobiernos, a pesar de que su consejo está integrado por representantes de gobiernos que los respaldan. No obstante, por ese motivo tienen mucho poder persuasivo y son de amplia difusión. Cuentan con representantes nacionales (puntos de contacto, ahora llamados de “comportamiento empresarial responsable”) para promoverlas y asesorar en la aplicación de las guías y que les hacen seguimiento, pero sin poder de enforcement, solo de llamada de atención.

Ambos documentos tienen superposición y se complementan, pero uno son Principios y el otro Guías, aunque en español traducen el título de Guidelines de este documento como “Líneas Directrices” que en español tiene la connotación de obligación, que el documento no tiene. Según el diccionario de la RAE:

  • Guías: Aquello que dirige o encamina.
  • Principios: Norma o idea fundamental que rige el pensamiento o la conducta.
  • Directrices:  Instrucción o norma que ha de seguirse en la ejecución de algo (énfasis añadido).

¿Porque esta divagación? Por que es importante para entender que son de aplicación voluntaria y no son normativas ni obligatorias. Y con ello entender su posible impacto.

Los Principios originales tenían como objeto la gobernanza corporativa tradicional, la que es el objeto de los principios de gobierno corporativo emitidos por las comisiones nacionales de valores para empresas que cotizan en bolsas.  [ii] En la actualización se le añade un capítulo sobre “Sostenibilidad y Resiliencia” para considerar los riesgos y oportunidades de la sostenibilidad, que incorpora el capítulo sobre “The Role of Stakeholders in Corporate Governance” de la versión original.

En cierta forma se han publicado en orden inverso. En general de diseñan los principios y luego se detalla su implementación en guías, como es el caso de las leyes y después los reglamentos, pero en este caso las guías ya existían. Los cubriremos en el orden de publicación. No analizaremos los cambios entre las dos versiones de ambos documentos, nos limitaremos a comentar los aspectos más relevantes para los profesionales de la sostenibilidad empresarial.

II.             OECD Guidelines for Multinational Enterprises on Responsible Business Conduct. (79 páginas).  Líneas Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales sobre Conducta Empresarial Responsable (87 páginas).

Las versiones precedentes constituían guías para el comportamiento responsable de las empresas multinacionales, y habían surgido como una forma de atemperar la reacción negativa de parte de la sociedad al poder (¿incontrolado?) de esas empresas.  Esta versión continua en la misma línea, pero la adapta a la evolución de la responsabilidad social de la empresa o sostenibilidad empresarial en las dos décadas recientes. Las moderniza (como un ejemplo podemos mencionar que la versión 2011 mencionaba la palabra stakeholder un promedio de 0,26 veces por página, y la del 2023, casi la triplica a 0,73).

Esta versión cuenta con la “adhesión” a sus recomendaciones de 51 países, los 38 países miembros de la OCDE y 13 países adicionales, 10 más que en la versión del 2011.

Aunque la moderniza, el contenido tiene la misma estructura y cobertura que la versión que reemplaza y tiene los mismos objetivos de guiar el comportamiento de las multinacionales y los esfuerzos de gobiernos nacionales para regular ese comportamiento, basándose en que ello constituye la base mínima y que las guías son para ir más allá. Añade algunos aspectos de interés para la sostenibilidad empresarial como:

·       Asumir la responsabilidad de identificar, prevenir y mitigar los impactos adversos actuales y potenciales y rendir cuentas sobre como han sido considerados, lo que es semejante a la definición de la Comisión Europea de la responsabilidad social de las empresas. [iii]

·       Énfasis en la consideración del cambio climático y del respeto a los derechos humanos, respondiendo a eventos como el Acuerdo de París y los Principios Rectores sobre DD.HH. de las Naciones Unidas.

·       Contribución al desarrollo local.

·       Preocupación (sutil) por la responsabilidad en la cadena de valor.

·       Creación de empleo y desarrollo del capital humano (sensibilidad más desarrollada con la epidemia).

·       No discriminación y respeto a los grupos que critican las actividades de la empresa.

·       Consulta con los stakeholders.

·       Mayor transparencia sobre todo en los impactos adversos, el cabildeo, la actividad política y los temas fiscales y de corrupción

·       Y, como era de esperar, utiliza el argumento empresarial de que la responsabilidad conduce al crecimiento y la rentabilidad para promover su aplicación.

Pone énfasis en dos temas donde la OCDE ha tenido un liderazgo, Impuestos y Corrupción. En ambos casos hace referencia a los acuerdos que ha coordinado, pero al final se limita a pedir el cumplimiento de las legislaciones vigentes. Claro está que corresponde a los gobiernos fortalecer esas legislaciones y crear el ambiente propicio. En el caso de impuestos es débil sobre el tema de la elusión fiscal, [iv] o sea el aprovechamiento de las deficiencias y la falta de coordinación y armonización entre las legislaciones nacionales y la competencia entre ellas para atraer inversiones.  Sin embargo, refuerza sus lineamientos sobre los precios de transferencia entre filiales y el pago por concepto de bienes intelectuales, que suelen ser los mecanismos más utilizados por las multinacionales para transferir las ganancias a las jurisdicciones con menor carga impositiva.

 

III.           G20/OECD Principles of Corporate Governance (2023) (53 páginas).

Como habíamos mencionado, los Principios se refieren mayormente a la gobernanza corporativa en el sentido de las relaciones de la empresa con sus accionistas y su actuación en los mercados de capitales, la tradicional G de la ASG, aunque en esta revisión reconocen que también incluyen las relaciones con los demás stakeholders, y le hacen un guiño a la gobernanza para la sostenibilidad corporativa, al añadir un último capítulo, después de haber cubierto en detalle los aspectos de la G, sobre Sostenibilidad y Resiliencia. Para dar una idea de las prioridades, los Principios citan a los accionistas 248 veces (promedio de 4,70 menciones por página) y a los stakeholders 48 veces (promedio de 0,90 por página) (25 veces en el último capítulo).

No obstante, por la influencia que pueden tener en los mercados de capitales, es significativo que se hay incluido este capítulo, que muestra que la gobernanza va más allá de los intereses de los accionistas, que esto no es todo lo que es relevante para la gestión empresarial. Solo comentaremos ese último capítulo, que es de mayor interés para los profesionales de la sostenibilidad empresarial.

Después de los precedentes cinco capítulos, concentrados en los intereses de los accionistas, el capítulo permite destacar que la empresa debe tomar en cuenta los intereses de otros stakeholders, pero la motivación es la del impacto que ello puede tener sobre la situación financiera de la empresa (materialidad financiera) y, muy de pasada, sobre el impacto en la sociedad (materialidad de impacto).

El hecho de que esté separado y no integrado en los precedentes cinco, da la impresión de que es un añadido, de la misma manera que los cursos sobre la sostenibilidad empresarial son separados y a veces son electivas en la mayoría de las maestrías de administración de empresas y no están integrados en los cursos de finanzas, mercadeo, gestión del capital humano, estrategia, etc., que siguen siendo relativamente tradicionales.  Pero es un buen comienzo. Ojalá que se integren en las futuras actualizaciones.

El capítulo consta de cuatro principios básicos con algunos complementos en cada uno (mis breves comentarios en itálicas):

·       Diseminación de información sobre la sostenibilidad empresarial, consistente, comparable, confiable, retrospectiva, pero con mirada hacia el futuro, de acuerdo con estándares internacionales, integrada con la información financiera, con metas y su logro, con aseguración independiente de la información, con contenido relevante para las decisiones de los inversionistas (materialidad financiera). ¡Nada nuevo!

·       Consulta con los stakeholders, y en caso de las empresas con fines duales de beneficios financieros y sociales, la consideración de las opiniones de los accionistas. Sí, con beneficios duales, pero otra vez la prioridad de los accionistas.

·       Los consejos deben incorporar en sus responsabilidades las del establecimiento de estrategias, revisión y monitoreo de las prácticas de gobernanza, diseminación, gestión de riesgos y sistemas de control interno sobre la sostenibilidad empresarial. Menos mal, faltaría más. Además, deben asegurarse de que sus acciones de cabildeo son compatibles con sus objetivos de sostenibilidad. O sea, que no se opongan a regulaciones que pretenden promover sus objetivos declarados de sostenibilidad (“estamos en contra de la obesidad pero nos oponemos a restricciones al contenido de azúcar de nuestras bebidas”)

·       La gobernanza debe considerar los derechos, roles e intereses de los stakeholders, proporcionándoles información relevante para sus actuaciones e incluyendo la participación de los empleados en la toma de decisiones. Bien, pero no solo los deben dejar opinar, si no que tienen que actuar en consecuencia.

Son principios relativamente estándar, de buenas prácticas que no añaden nada nuevo. No creo que cambien el comportamiento de ninguna multinacional, aunque pueden guiar a los reguladores nacionales, sobre todo los de los mercados de capitales, al ser respaldados por una organización como la OCDE, aunque sin poder de enforcement, más allá de la persuasión.

 

Y UNO MÁS: Relacionado con estos documentos, pero sin parte de ellos, la OCDE también había publicado, a mediados del 2023, el informe Sustainability Policies and Practices for Corporate Governance in Latin America, que habíamos analizado en el artículo Gobernanza de la sostenibilidad en América Latina: informe recomendado.



[i] La OCDE, para distinguirse de las demás instituciones, siempre quiso tener su nombre exclusivo, Responsible Business Conduct, no había usado los términos responsabilidad social o sostenibilidad empresarial, para aparecer diferente, innovadora. En las guías usa el termino sostenibilidad, pero genérico, no como sinónimo de sostenibilidad corporativa, a pesar del uso de “responsable” en el título.

[iii] Pero se ambos se quedan cortos de MI definición que incluye “la mejora de los impactos positivos que tiene y quiere tener

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