sábado, 7 de diciembre de 2024

La aceleración de la evolución del Director de Sostenibilidad Empresarial (DirSE, CSO)

 

La función del Director de Sostenibilidad Empresarial, DirSE, (o como se le llame) ha evolucionado continuamente, desde unos comienzos tentativos de descubrimiento del ámbito de actuación hasta su consolidación actual como pieza integral de la gestión empresarial, acompañando la evolución natural de la sostenibilidad empresarial. Pero en años recientes el surgimiento, la intensidad y extensión de las regulaciones están acelerado su evolución para añadir labores prospectivas y de cumplimiento, y pasando de gestionar a liderar, de reaccionar a anticipar. 

Sin embargo, es de esperar que durante el 2025 se ralentice la aplicación de algunas de las regulaciones, pero independientemente de la dilución y consolidación de regulaciones, [i] la aceleración se mantendrá, aunque posiblemente con un respiro en el corto plazo. Pero mucha de la dilución será en el tamaño de las empresas cubiertas y en el plazo para la vigencia de las regulaciones, por lo que igual tienen que estar preparados.

En este artículo analizamos el impacto que las recientes regulaciones a nivel europeo e internacional tendrán sobre sus funciones en las empresas objeto de la regulación, pero además haremos comentarios sobre los efectos secundarios sobre el resto de las empresas y en particular sobre las de América Latina.

Los comentarios que siguen, como es el caso de toda generalización, no son válidas para ninguna empresa, para algunas aplicarán en gran medida, para otras muy poco. Cada empresa es diferente y no se puede generalizar, pero sí muestran la tendencia general hacia donde van esas funciones.

I.                Introducción.

La sostenibilidad empresarial ha madurado, pasando por fases de adopción voluntaria, ambición, turbulencia y ahora profesionalización y atención al cumplimiento regulatorio y aumento de la presión por lograr avances tangibles y creíbles en los compromisos existentes, paralelamente, y como reacción, a una aversión a asumir nuevos compromisos ambiciosos. Los DirSE enfrentan más oportunidades, más relevancia, más visibilidad ejecutiva e igualmente más presión y conflictos que nunca. [ii]

No todo lo que comentamos aplica a todos los DirSE ya que la intensidad del cambio es función de la intensidad de la aplicación de las regulaciones y la sensibilidad a las presiones de la sociedad. Pero debe ser de interés para todas las empresas. Para algunas, las que son objeto especifico de las regulaciones, son de aplicación obligatoria, para otras empresas, que operan en mercados semejantes, son cuestión de seguimiento voluntario y aun para otras, las que quieren avanzar en su sostenibilidad y no quedarse atrás, son simplemente guías.  Pero, la dirección es la misma para todas, lo que cambia es la intensidad y velocidad del cambio.

II.             Funciones estimuladas por el cumplimento regulatorio.

Sería deseable poner las extensiones y profundización de las funciones en el contexto de las “tradicionales” de los DirSE, pero para no alargar la discusión sugerimos al lector interesado consultar las múltiples publicaciones al respecto. [iii] [iv]

En esta sección comentaremos el impacto sobre las funciones del DirSE que está teniendo el vendaval de regulaciones, sobre todo en Europa, y que por extensión o imitación puede tener en otros países (el “efecto Bruselas”). Nos limitaremos a ponerlo en contexto de las principales regulaciones [v]:

Para los países de América Latina estas regulaciones obviamente no aplican, pero pueden servir como referencia.  Las que sí pueden aplicar son las de carácter internacional (ex Unión Europea), cuando los países las adopten y/o preparen sus versiones. En términos de información sobre sostenibilidad se han aprobado los estándares internacionales para los reportes de sostenibilidad por el Internacional Sustainability Standards Board, mucho menos desarrollados que los europeos. Para la verificación de la información se ha aprobado el estándar ISSA 5000 General Requirements for Sustainability Assurance Engagements (traducción al español en proceso). No existen regulaciones internacionales para el resto de los aspectos listados arriba para la Unión Europea, pero no se debe descartar su eventual preparación.

Todas estas regulaciones afectan y afectarán las funciones de los DirSE.  Es de destacar que las regulaciones sobre preparación, reporte y verificación de la información sobre sostenibilidad son las que mayor impacto tendrán.  Pero, por su ámbito de aplicación, cobertura, detalle y complejidad (en los ESRS: dos estándares de contexto, cinco ambientales, cuatro sociales, uno de gobernanza, varios sectoriales en preparación y más de 1 100 indicadores y los de CSDDD que regulan comportamiento [vii]) son mucho más que reglas para informar, son marcos de referencia para la actuación, que cambiarán la forma de percibir la sostenibilidad y de actuar de las empresa y por ende las funciones de los DirSE.

Estas regulaciones producen un círculo, ojalá que virtuoso de: acción-reporte-mejor acción mejor reporte, aunque puede ser negativo por aversión al riesgo a dar información pública: acción-reporte-menos acción-peor reporte. Como consecuencia de los reportes, la ambición de las nobles metas está llevando al conservadurismo y está siendo remplazada por el pragmatismo (Ecosusurro, greenhushing) [viii], algo que el DirSE debe gestionar.

a.     Un nuevo “enemigo”: el cumplimiento.

Un impacto crítico sobre las funciones del DirSE de las regulaciones es el cambio y ampliación de responsabilidad hacia el cumplimento. Y en virtud de la amplitud y la intensidad de las regulaciones, sobre todo las de regulación del reporte, se requerirá de una reasignación de prioridades y de recursos, del “hacer” al “reportar, controlar y asegurar”, lo cual conlleva el riesgo de enfatizar estas últimas en detrimento de sus principales y tradicionales responsabilidades de promover y gestionar la sostenibilidad y sus impactos. El DirSE deberá estar muy consciente de este riesgo.

Adicionalmente, puede tener otro impacto negativo y es que la diseminación de más y mejor información, evitando el greenwashing, llevará a algunas empresas a ser mucho más conservadores en las metas de sostenibilidad que establecen y reportan. El Departamento Legal adquiere todavía mayor importancia, como gestor de riesgos.

Sin embargo, bien gestionado, este cambio de prioridades conlleva aspectos positivos como la necesidad de una mayor integración de la sostenibilidad, mayor interés de los consejos, de la obtención de más y mejor información y de analizar con más detalle lo que hace la empresa y porque lo hace. Fuerza una visión más amplia y profunda de la sostenibilidad.

Con estos conflictos, el DirSE deberá caminar en la cuerda floja……que se la sacudirán.

b.     Reporte: Ahora, además de la materialidad de impacto, la financiera.

Uno de los cambios más significativos está los fundamentos de la acción: los aspectos materiales. Se habrá pasado de los comienzos del GRI donde el énfasis estaba en los impactos sobre la sociedad y el medio amiente, a las regulaciones europeas que los amplían además a los impactos financieros, y los estándares internaciones que hacen de estos el núcleo del reporte. 

Ya no basta con hacer las consultas con los stakeholders para producir la tradicional matriz de sostenibilidad. Ahora es necesario determinar los impactos que las acciones de la empresa y las reacciones los stakeholders tienen sobre la situación financiera de la empresa, lo que conlleva una ampliación de las habilidades necesarias en el DirSE a las finanzas de la empresa. Se mueve de enfatizar los impactos positivos para mostrar que la sostenibilidad es rentable, a considerar además los potenciales impactos negativos, que suelen ir en contra de su naturaleza “tradicional”. Pasar de “sensibilidad social y medioambiental” a “sensibilidad a costos y beneficios”.

Y si antes tenía que hablar el lenguaje social y medioambiental, ahora tiene además que hablar el lenguaje de las finanzas. Sus funciones empiezan a solaparse con las de la función financiera.  Y no basta con identificar los impactos de ida y vuelta de los aspectos materiales, se deben además considerar los riesgos y oportunidades y con mucha más especificidad.

c.     Informes integrados.

Desde el 2013 con la publicación de la propuesta del informe integrado del International Integrated Reporting Council, IIRC (eventualmente absorbido por la Sustainability Accounting Standards Board y esta a su vez por el International Sustainability Standards Board, ISSB, productora de los estándares internacionales de reporte) se ha estado promocionado la integración de los informes financieros con los de sostenibilidad. Sin embargo, ha habido relativamente poco progreso.  Pero ahora con la inclusión de la materialidad financiera, junto con la de impacto en los reportes en la Unión Europea y siendo aquella el núcleo de los estándares internacionales de reporte, la presión por la integración se está intensificando, exigiendo compatibilidad entre ambos tipos de información y simultaneidad en la presentación, para progresivamente logar una mayor integración. No solo será necesario que las actividades en sostenibilidad consideren el impacto financiero, sino además la información para el reporte debe ser compatible y complementaria con la información financiera para facilitar su integración.

Esto también amplia las funciones y habilidades necesarias dcl DirSE sobre los aspectos financieros del negocio. Deberá saber algo de contabilidad financiera.

d.     Reporte: Impactos, Riesgos y Oportunidades.

Con las regulaciones sobre la preparación, reporte y verificación de la información sobre sostenibilidad, de hacer la diligencia debida y actuar y de reportar en forma veraz y confiable, ya no se trata de “echar el cuento”, de describir lo que la empresa hizo, ahora las regulaciones de reporte exigen investigar antes de reportar, y con una visión mucho más prospectiva que la de antes.

El reporte de la doble materialidad requiere de un análisis de los Impactos, Riesgos y Oportunidades de cada aspecto que se haya identificado como material.

·       Impactos: Los impactos pueden ser positivos o negativos, reales o potenciales. Para los impactos negativos, lo que se evalúa es la gravedad del impacto, así como su probabilidad de ocurrencia para los impactos potenciales. El criterio para la gravedad del impacto en sí depende de tres criterios:

o   Magnitud: ¿cuál es la importancia o gravedad del impacto?

o   Alcance: ¿cuál es el alcance del impacto?

o   Carácter irremediable: ¿hasta qué punto se puede reparar el impacto?

‍Para los impactos positivos, sólo se evalúa la magnitud y extensión del impacto, así como su probabilidad de ocurrencia para los impactos potenciales.

·       Riesgos y oportunidades. Para evaluar la materialidad financiera se deben tener en cuenta dos criterios:

o   La magnitud potencial de los efectos financieros basada en umbrales apropiados.

o   La probabilidad de ocurrencia

‍Este análisis debe hacerse en el corto, mediano y largo plazo. Luego, la empresa debe elaborar una escala de calificación. Esto permitirá cuantificar, para cada criterio y sobre cada IRO, la importancia o no de esta IRO.

Obviamente que esto requiere de una mayor profundidad y de una visión mucho más amplia y prospectiva que la tradicional. Muchos DirSE están familiarizados con el concepto de impacto, sobre todo el social y ambiental, pero menos con el financiero (sobre todo el negativo), que a fin de cuentas era y es el objetivo de la sostenibilidad empresarial: minimizar y mitigar los negativos y potenciar los positivos.

Pero ahora el análisis se extiende a riesgos y oportunidades y como se observa por la descripción arriba, es un análisis que requiere especificidad para cada aspecto material identificado. En general la visión de riesgos y oportunidades no es el punto fuerte del DirSE “tradicional”. Los “riesgos” tendían a minimizarse si no a ignorarse, no sea que “no me dejen hacerlo”, y las oportunidades solían ponerse en términos relativamente optimistas y hasta improbables, para convencer a los escépticos.  Todo esto requiere que el DirSE amplie, profundice y extienda en el tiempo y el espacio la visión de la empresa.

e.     Reporte: Control interno y verificación.

Las regulaciones de reporte, tanto las europeas como las internacionales, requieren de la verificación independiente de la información reportada, al principio una verificación limitada, para moverse más adelante a la verificación razonable.[ix] [x]  La verificación requiere que la empresa tenga un sistema de información sobre sostenibilidad que permita llevar a cabo esa verificación, lo que a su vez conlleva a la necesidad de tener un esquema de control interno de esa información. Más que la verificación de la misma información, a diferencia de la auditoría financiera, la verificación descansará en la confiabilidad del sistema de información y control interno, por lo que las funciones del DirSE deben ampliarse en este sentido.

La función financiera es la que suele ser la más adepta al procesamiento automatizado de la información para el reporte y donde suele estar ubicada la función de control financiero interno y las relaciones con el auditor externo, que, si bien no será el mismo para la verificación externa, en un gran numero de empresas será una firma de auditoria financiera la que la lleve a cabo.

La materialidad financiera, el control interno y el verificación intensificarán las relaciones (¿y conflictos?) con la función financiera. Algunas pocas empresas tendrán un contralor de sostenibilidad, algunas asignarán las funciones al contralor financiero, otras se las asignarán al DirSE [xi] y muchas se las arreglarán como puedan.  Pero lo que es común en todos los casos es que el DirSE no se puede desentender de ello.

Este acercamiento de las direcciones de sostenibilidad y financiera ofrecen una gran oportunidad para los DirSE bien preparados con las habilidades descritas arriba para elevar la prioridad de la sostenibilidad dentro de la asignación de recursos financieros y de vencer la oposición que suelen tener los directores financieros sobre la sostenibilidad.

III.           ¿Y las empresas no sujetas a la regulación? PyME y América Latina

En esta sección consideramos el caso de las empresas que no están sujetas a las regulaciones europeas. Excede el objetivo de este artículo pasar revista a las regulaciones sobre sostenibilidad en los países de América Latina y el objetivo es solo mostrar que el impacto sobre las funciones del DirSE también se sentirá en estos países, si bien no tanto las crecientes demandas de la sociedad.

Como comentábamos arriba, habrá empresas en Europa y los países de América Latina que, si bien no teniendo obligación de cumplir con las regulaciones, querrán adoptar las partes que les parezcan convenientes ya sea con el objeto de poder competir con aquellas o bien porque no desean quedarse atrás.

En América Latina se están comenzando a desarrollar algunas regulaciones semejantes. Recordemos que por lo menos las regulaciones internacionales sobre los reportes de sostenibilidad, de adopción voluntaria por los países fuera de la Unión Europea, podrán ser adoptadas por los países, de América Latina. A finales del 2024, México los había adoptado, si bien de manera simplificada [xii] y es de esperar que también lo hagan otros países, sobre todo los que tienen bolsas de valores activas. Adicionalmente, se ha producido un marco de referencia para la preparación de taxonomías de sostenibilidad en la región [xiii] y algunos países ya han aprobado las suyas. [xiv]

Por estas razones, los comentarios mencionados arriba sobre las cambiantes funciones del DirSE aplicarían también a las empresas que tengan que cumplir con las regulaciones que se aprueben en América Laina y a las empresas que deseen formar parte del grupo de excelencia en sostenibilidad, ya sea por razones de competitividad ya sea por razones de responsabilidad intrínseca. Claro está que al aplicación dependerá de la medida en que las regulaciones apliquen, en función de las capacidades y voluntades de esas empresas y del desarrollo que el cargo del DirSE tenga en ellas.

IV.            En resumen

El vendaval de las regulaciones sobre sostenibilidad, si bien se aminorará durante el 2025, está contribuyendo a una aceleración en la evolución de las funciones del DirSE. Las regulaciones son mucho más que reglas para informar, son marcos de referencia para la actuación, que cambiarán la forma de percibir la sostenibilidad y de actuar de las empresa y por ende las funciones de los DirSE.

Las regulaciones sobre reporte están exigiendo una ampliación y profundización en el ámbito, tiempo y en el espacio de sus responsabilidades, sobre todo en la consideración de los aspectos materiales, que ahora incluirán no solo los impactos, incluyendo los financieros, sino además los riesgos y oportunidades que conllevan.

Los requerimientos de verificación de la información reportada darán lugar a la necesidad de establecer sistemas de control interno sobre sostenibilidad, semejantes a los de control interno financiero. La materialidad financiera, la tendencia hacia la integración de los reportes financieros y de sostenibilidad y la verificación, acercarán al DirSE al director financiero, con un solapamiento de funciones, con la necesidad de coordinación y gestión de conflictos.

Pero el acercamiento de las funciones de sostenibilidad y financiera puede ser aprovechado, por los DirSE que estén preparados, para elevar su prioridad en la asignación de recursos.

Las habilidades del DirSE, además de las casi ilimitadas necesarias en la función tradicional incluirán ahora una visión más prospectiva sobre riesgos y oportunidades, más integral sobre el impacto de la sostenibilidad sobre toda la empresa, incluyendo su situación financiera. Los shareholders son ahora stakeholders materiales.

Y todo esto puede producir tensiones presupuestales y de atención entre las funciones tradicionales y las adicionales con las crecientes necesidades del cumplimento con las regulaciones. El DirSE deberá hacer un balance para que las obligaciones de implementar no abrumen las obligaciones de gestionar.

Su bien estas regulaciones no aplican directamente a las PyME y a las empresas en América Latina, los DirSE de estas también se verán afectados, en el mediano o largo plazo, ya sea porque se aprobarán regulaciones similares, ya sea porque estas empresa quieran mantener su excelencia y competitividad o no quieran quedarse atrás.

Pero, y hay un gran pero, la evolución estará condicionada a la medida en la que las regulaciones se implementen.  Aprobaciones a nivel de la Unión Europea no quiere decir implementación en los países, que por ahora no han mostrado mucha urgencia en transponerlas a regulaciones nacionales.

Este análisis pretende ser una guía para los DirSE que quieran y puedan prepararse para la evolución, que tarde o temprano se producirá.



[iii] Para un análisis de la situación actual de la función, en particular en el caso de las PyME, ver Cómo evolucionan las direcciones de sostenibilidad, 10º toolkit DIRSE.

[v] Hay un gran número, creciente, de regulaciones. Ver por ejemplo, ESG Legislation Tracker a nivel europeo y ESG Regulations and Reporting Standards Tracker  a nivel mundial.

[vi] Si bien la Directiva sobre la presentación de la información mencionada arriba tiene suficientes elementos para ello. Mientras se producen las oficiales, las empresas pueden utilizar las guías del Committe of European Overrsight Bodies, CEAOB, ha publicado las Guidelines on limited assurance on sustainability reporting, de aplicación voluntaria.

sábado, 30 de noviembre de 2024

¿Mejorarán las calificaciones de sostenibilidad con la regulación europea?

 

Este artículo no es para leer mientras sube el ascensor,

es para leer cuando no hay una buena película o un buen partido de fútbol.

 

Las calificaciones de sostenibilidad empresarial han sido criticadas por muchas de las partes interesadas. Algunas las critican por arbitrarias e inconsistentes, [i] otras por no representar lo que pretenden representar, la sostenibilidad empresarial, otras por falta de transparencia con el objeto de proteger el negocio particular de las calificadoras, otras porque distorsionan la sostenibilidad de las inversiones. Sea como sea son pocos los que consideraban que la calificaciones prestan un buen servicio a los usuarios. Su popularidad se debe a un acuerdo implícito entre las calificadoras y los valores/empresas calificadas de no alterar el status quo, y la connivencia de los analistas de valores, para no tener que hacer sus deberes. [ii]

Pero la Comisión Europea, preocupada por el funcionamiento de los mercados ha querido poner un poco de orden a este caos de calificadoras/calificaciones.  Para ello, el 19 de noviembre del 2024, el Consejo de la Unión Europea aprobó la legislación sobre el reglamento sobre calificaciones y calificadores de sostenibilidad (Regulation on the transparency and integrity of Environmental, Social and Governance (ESG) rating activities).[iii]

Pero ¿son regulables? ¿Qué se puede lograr con la regulación?  Analizar esto es el objetivo del presente artículo. Primero haremos un repaso del ecosistema de usuarios, calificadoras y calificaciones, incluyendo sus deficiencias, para poner la discusión en contexto, para luego resumir las disposiciones de las regulaciones y analizar la contribución  que pueden hacer para resolver las deficiencias y mejorar la utilidad para los usuarios.

I.                El ecosistema de las calificaciones de sostenibilidad.

A efectos de analizar las regulaciones y su potencial efectividad primero debemos considerar el objeto de la regulación, el ecosistema de las calificaciones de sostenibilidad empresarial: (a) que son las calificaciones; (b) quienes son las calificadoras; y, (c) quienes son los usuarios y para qué (supuestamente) sirven.

a.     ¿Qué son las calificaciones? Tipología.

Las calificaciones de sostenibilidad, en general, son expresiones cuantitativas o cualitativas de algunos aspectos relacionados con la sostenibilidad empresarial. No hay uniformidad en este sentido y las calificadoras diseñan sus propias metodologías y definiciones. En términos simplistas podemos decir que todas las metodologías contienen (1) selección de indicadores de los diferentes aspectos de la sostenibilidad empresarial, (2) su definición, (3) la cuantificación de acuerdo con sus esquemas propios, (4) sus fuentes de información y (5) la importancia relativa que le asignan a cada indicador en la determinación de la calificación. Cada calificadora se diferencia en todos y cada uno de estos cinco aspectos. No es de sorprender que haya discrepancias en sus resultados. A través de ello, cada calificadora desarrolla un modelo implícito de lo que es el la sostenibilidad para cada caso.

Por ende, hay una gran variedad de calificaciones para empresas individuales, proyectos y actividades, fondos de inversiones, instrumentos financieros, entre otros. Cada calificadora tiene sus ideas.  Además, hay gran diversidad en su ámbito de evaluación. Sin pretender ser exhaustivos, podemos tipificarlas como:

  • Agregadas: que hacen una calificación sobre todo el espectro de la sostenibilidad empresarial: social, medioambiental, gobernanza;
  • Temáticas: que califican algunos de esos aspectos, por ejemplo, sociales, ambientales y de gobernanza;
  • Sectoriales: por ejemplo, cambio climático, agua, género, condiciones laborales, transición energética, etc.;
  • Ámbito de la evaluación: evaluación de los impactos sobre el medio ambiente y la sociedad (p.e. S&PGlobal), o bien el impacto sobre la posición financiera (p.e. MSCI), o bien evaluación de la exposición a los riesgos ambientales y sociales (p.e. Sustainalytics), entre otros;
  • Contexto: términos absolutos, relativos (best in class), cualitativos o cuantitativos; y,
  • Materialidad: basada en los impactos sobre la sociedad y el medio ambiente y la situación financiera de la empresa (doble materialidad) o solo esta última (materialidad financiera). Añadiendo el impacto financiero no es estrictamente hablando, una calificación de sostenibilidad es una calificación financiera con una base de información ampliada.

Más adelante analizamos las deficiencias de las calificaciones como expresiones de la sostenibilidad empresarial en función de los tipos y sus usos.

b.     ¿Quiénes son las calificadoras?

Las calificadoras son entidades especializadas en análisis de la sostenibilidad.  En los comienzos del interés por el tema eran entidades que se dedicaban exclusivamente a ello (pure play), o combinándolo con servicios de consultoría relacionados.  Pero con el paso del tiempo y el aumento del interés en la sostenibilidad, se ha estado produciendo una consolidación y las más reputadas han sido adquiridas por proveedores de servicios financieros, en particular por entidades especializadas en calificaciones de riesgo crediticio, que pueden aprovechar sinergias en los accesos a información y su procesamiento y satisfacer la creciente demanda por la integración de la consideración de los riesgos en la sostenibilidad en los riesgos crediticios. Esto está siendo estimulado por los estándares de reportes, tanto europeos como internacionales, que requieren la consideración de la materialidad financiera de los impactos sociales y medioambientales y la consideración del informe de sostenibilidad como complemento del financiero.

Para dar una idea de la oferta, se estima que en el mercado hay cerca de 150 calificadoras que venden sus productos y servicios en los mercados financieros. Una de las más activas, Sustainalytics produce más 13 000 calificaciones. Se estima que las regulaciones de la Comisión Europea reducirán el número de calificadoras a menos de 50, las más prominentes, que puedan cumplir con los requisitos.

c.     ¿Quiénes son los usuarios y para qué (supuestamente) sirven?

Los principales usurarios son los inversionistas, las instituciones de los mercados de capitales (gestores de fondos de inversión) y de crédito (banca), proveedores de índices y estándares de referencia (benchmarks) y las mismas empresas objeto de calificación.

1.      Instituciones de los mercados financieros

Los inversores y gestores de fondos de inversión sostenibles utilizan cada vez más las calificaciones para seleccionar los valores a invertir, considerando los riesgos y/o impactos vinculados a la sostenibilidad (por ejemplo, para la inclusión o exclusión de acciones en una cartera o fondo). También se utilizan a menudo análisis posteriores a la inversión (por ejemplo, para calificar la "sostenibilidad" de un producto o fondo de inversión).  Y a efectos de evaluar el rendimiento de esas carteras y fondos se utilizan índices de referencia (benchmarks) que han sido constituidos utilizando calificaciones individuales.

Pero ante las deficiencias que analizamos más abajo, muchas de estas instituciones efectúan sus propias calificaciones, privadas, basadas en sus objetivos y en las características de sostenibilidad de las empresas y valores y usan las calificaciones genéricas solo como referencia. Pero aun conociendo las deficiencias muchos analistas en las gestoras de fondos siguen utilizando las calificaciones genéricas para obviarse el trabajo de hacer la diligencia debida.

2.     Empresas

Las empresas utilizan las calificaciones para atraer a las entidades de los mercados financieros responsables como fuentes de inversión y crédito y a sus grandes clientes, y en menor medida, para informar a los consumidores, pero también para verificar su desempeño en comparación con sus pares.

Se alega que las empresas usan las calificaciones como fuente de retroalimentación sobre sus estrategias de sostenibilidad con el objeto de mejorarlas. Esto es una falacia ya que las calificaciones suponen un modelo de lo que deben ser las empresas sostenibles que es genérico, que no es aplicable a ninguna empresa en particular. La realidad es que las empresas usan esa retroalimentación para mejorar su calificación, buscando influenciar con sus respuestas y actividades las puntuaciones.  Las usan más como un instrumento de mejora de imagen que de mejora de sostenibilidad. “Qué debemos hacer para mejorar la calificación”, en vez de “Qué debemos hacer para mejorar nuestra sostenibilidad”.

II.             La regulación y su razón de ser. 

a.     ¿Cuáles son los problemas que resolver?: Objetivos de la regulación.

El objetivo general de la regulación es la protección de los inversionistas mejorando la información de la cual disponen para tomar sus decisiones, tanto a nivel de valores individuales como de fondos, al aumentar la transparencia, confiabilidad y calidad de las calificaciones y la gobernanza, la responsabilidad y la supervisión y control de las calificadores, para mejorar la integridad de los mercados y promover una mejor comparabilidad de las calificaciones y calificadores y con ello estimular la competencia en ese mercado.

El informe de progreso sobre el greenwashing preparado por la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA) [iv] destacó a las calificaciones como un importante canal de transmisión de aseveraciones engañosas sobre sostenibilidad empresarial y abogó por la regulación de la industria. En este sentido, la regulación forma parte de las estrategia general de la Comisión Europea de protección de los inversionistas y consumidores combatiendo el greenwashing. [v]

De un estudio previo [vi] y posteriores consultas a las partes interesadas sobre la industria de las calificaciones, la comisión determinó la existencia de conflictos de intereses, falta de transparencia y precisión en las metodologías de evaluación y una falta de claridad sobre la terminología y las operaciones de las calificadoras.  Paralelamente la Organización Internacional de Comisiones de Valores (IOSCO) realizó un estudio y consulta con objetivos y resultados similares, lo que dio lugar a una serie de recomendaciones que la comisión también utilizó en la preparación de la regulación mencionada arriba [vii] [viii]

b.     Qué no es objeto de la regulación

Y para entender los objetivos y potencial efectividad de las regulaciones es crítico destacar que no se ocupan del uso que se les da a las calificaciones, ello es responsabilidad de los usuarios. Tampoco pretenden regular ni armonizar las metodologías, lo que queda a discreción de cada calificadora. Se concentra en asegurar que los usuarios tengan mejor y más información para tomar sus decisiones.

c.     Pequeñas y medianas calificadoras

Para equilibrar la carga regulatoria la regulación introduce un régimen temporal más ligero para los pequeños proveedores de calificaciones. El régimen más ligero es opcional y los que opten por participar solo estarán sujetos a requisitos organizativos y de transparencia específicos. Aquellos que opten por participar estarán sujetos al Reglamento completo después de tres años. 

d.     Principales disposiciones.

Las disposiciones son muy detalladas y solo describiremos las más significativas.

1.      Sobre las calificadoras

Las calificadoras deben divulgar información al público sobre las metodologías, modelos y supuestos clave de calificación que dichos proveedores utilizan en sus actividades de calificación y en cada uno de sus productos y las limitaciones de la información disponible para ellos y de la metodología utilizada. Esa información debería permitir a los usuarios de las calificaciones realizar su propia diligencia debida al evaluar en qué medida sirven para sus objetivos. Sin embargo, la divulgación de información no debe revelar información empresarial sensible ni impedir la innovación.

Para garantizar la calidad y confiabilidad de las calificaciones, las calificadoras deben utilizar metodologías de calificación que sean rigurosas, sistemáticas, independientes, capaces de verificación y que se apliquen de forma continuada y transparente. Sin embargo, es importante dejar que las propias calificadoras determinen sus propias metodologías de acuerdo con esos principios.

También deben revelar información sobre cualquier posible compromiso con las empresas, proyectos, valores, etc. objeto de la evaluación. Y para evitar conflictos de intereses, las calificadoras de sostenibilidad no pueden proporcionar servicios de consultoría a los inversionistas, la venta de calificaciones de crédito, el desarrollo de índices, ni llevar a cabo actividades de inversión, banca, auditoría, seguros y reaseguros.

En efecto, un reciente estudio mostró que, como consecuencia de la adquisición de calificadores de sostenibilidad por parte de calificadoras de crédito, sus calificaciones tienden a ser superiores para los que también son clientes de las calificadoras de crédito. [ix]

Para operar en Europa, estas disposiciones obligarán a reorganizaciones de las calificadoras y a separarlas de otras partes de sus negocios. Desharán las consolidaciones recientes. Ello puede tener consecuencias negativas al no poder aprovechar las sinergias en la integración de todos los riesgos, y reducción de la competencia, con un consecuente aumento de costos. También puede conllevar a limitar el número de calificadoras con el riesgo de reducir la competencia y tener menos calificaciones de sostenibilidad.

2.     Sobre las calificaciones

Las calificaciones deben revelar el tipo de calificación, la calificación otorgada a cada factor relevante y la ponderación que se otorga a cada uno de esos factores en la agregación cuando la calificación se expresa en valor absoluto o relativo.

Deben revelar claramente qué dimensión del principio de doble materialidad aborda la calificación, es decir, si se trata tanto del riesgo financiero material para el elemento calificado o para el emisor, como del impacto material en el medio ambiente y la sociedad en general, o si aborda solo uno de esos asuntos. También deben revelar claramente si la calificación aborda otras dimensiones.

3.     Supervisión y control

Uno de mayores valores agregados de la regulación es la obligación de que las calificadores que entren en el ámbito de aplicación de obtener la autorización de la Autoridad Europea de Valores y Mercados, ESMA, que será responsable de desarrollar la legislación secundaria/Estándares Técnicos Regulatorios (RTS) que aclararán aún más las responsabilidades de las calificadoras bajo el nuevo régimen.

Peor es de destacar que el esquema propuesto por las regulaciones de aprobación, supervisión y control por parte de ESMA se asegura que las calificadoras cumplen con los requisitos para operar, pero no le corresponde emitir opiniones sobre la calidad de sus productos o servicios, sus metodologías y los resultados. Corresponde a los usuarios hacerlo, paro cual ahora dispondrán de más y mejor información para hacerlo.

La información sobre las calificaciones y las calificadoras debe estar disponible en el punto de acceso único europeo (ESAP) y deberán reportar la información pública en lenguaje de maquina a partir de enero del 2028.

III.           ¿Serán efectivas las regulaciones? (algunos) Criterios para evaluar la efectividad.

En otros artículos [x] analizábamos seis deficiencias de las calificaciones lo que nos puede servir de base para evaluar la efectividad de las regulaciones analizadas arriba.  Claro está que las regulaciones no tienen como objetivo subsanar estas deficiencias, tienen objetivos más generales, pero si no se superan estas deficiencias se puede reducir su efectividad.

Las seis deficiencias se pueden resumir en:

1.      Indefinición del objeto de la evaluación: ¿Qué entendemos por sostenibilidad?

A medida que la calificación pretenda ser más agregada, a incluir más aspectos, será menos confiable al abarcar gran diversidad en aspectos que no se compensan ni deben compensarse. Es el opuesto al caso de agregar aspectos con errores estadísticos que se pueden compensar y el agregado resulta más preciso en la medida que hay más números, una muestra mayor (ley de los números grandes) (ver la deficiencia 6).  Si la calificación es sobre aspectos muy concretos, digamos cambio climático o inclusión, la calificación es menos dependiente de supuestos y de la compensación entre los diferentes aspectos de la sostenibilidad y puede ser más confiable.

Cada calificadora tiene su modelo implícito de lo debe ser una empresa sostenible, lo que se refleja en los indicadores que utilizan y los pesos relativos para determinar una calificación global.  Y ni los pesos ni los indicadores suelen reflejar los aspectos materiales, los que tienen impacto para cada empresa en la práctica y los que la empresa quiere priorizar.  Las calificaciones no se basan en las estrategias empresariales. A lo sumo se especifican a nivel de sectores industriales (p.e. modelos para petróleo y gas diferentes de alimentos), pero no específicos para cada empresa, como sí lo hacen, por ejemplo, los gestores de fondos responsables especializados que no ofrecen productos al público en general, que hacen sus propias calificaciones privadas. [xi]

Esto es el principal problema de las calificaciones: el concepto de sostenibilidad no está definido y cada calificadora, para diferenciarse, tiene su propio modelo. Pero es que, aunque se usara un concepto relativamente uniforme, su implementación es especifica a cada empresa y su contexto, y la forma de medirla, está sujeta a grandes supuestos.

Y aun así suelen ignorar otros aspectos claves para la sostenibilidad como la cultura, integralidad de la estrategia, sinergias entre actividades, etc.

2.     Sesgo a la calificación basada en la materialidad financiera.

Gran número de las calificaciones se hacen para ser usadas por participantes en los mercados financieros, que tiene implícita la evaluación del potencial impacto financiero de las actividades de las empresas, o los valores de un fondo, sobre la sociedad y el medio ambiente. Como hemos comentado, son las calificadoras de riesgo crediticio las que han ido absorbiendo calificadoras de sostenibilidad.

El interés, y por ende el objetivo de la evaluación, no es la sostenibilidad empresarial, es el impacto financiero de la sostenibilidad. Un caso extremo puede ilustrarlo mejor: una empresa que causa grandes impactos negativos sobre la sociedad o el medio ambiente, pero que opera en un entorno que no tiene capacidad de reacción o donde la empresas es capaz de anular o mitigar esa reacción, tendrá una evaluación neutra o positiva ya que sus impactos no se reflejan en impactos financieros, pero no se puede decir que es una empresa sostenible

3.     Indicadores inadecuados para capturar la sostenibilidad.  

Las calificaciones se basan en los insumos asignados y las actividades llevadas a cabo, medidas con indicadores indirectos, pero no se basan en los resultados obtenidos de las actividades ni el impacto (cambio) logrado. Usan mayormente información estática, del presente y pasado. ¿Es la existencia de un código de ética indicativo de impactos favorables sobre la sociedad? ¿Por tener una política de diversidad? ¿Se deben otorgar puntos por tenerlos o por los impactos logrados? Muchos de los indicadores utilizados no son ni siquiera condición necesaria para ser sostenible.

4.     Ignoran aspectos negativos.

En general, las calificaciones se basan en el otorgamiento de puntos a los diferentes indicadores, pero no restan puntos por impactos negativos, en el peor de los casos le asignan calificaciones de cero.  Por ejemplo, las empresas de petróleo y gas reciben puntos por tener un plan para la reducción de emisiones, pero no reciben puntos negativos por su contribución la cambio climático; la industria de bebidas azucaradas no recibe puntos negativos por el cabildeo contra las regulaciones, pero sí recibe puntos por el reciclaje de las botellas; una empresa de apuestas recibe puntos por el reciclaje de papel, pero no recibe puntos negativos por los daños que causa en las comunidades y familias. Son muy pocas las calificaciones que incluyen la evaluación de la responsabilidad el producto. A lo sumo se espera que ello sea parte de los criterios de exclusión. En algunas calificaciones la tabacalera Philip Morris tiene mejor calificación que Tesla. Y en la evaluación de S&PGlobal es la empresa “best in class” e incluida en el Dow Jones Sustainability index. [xii]

5.     Usurpación de papeles.

Las calificaciones son presentadas y usadas como si representaran la sostenibilidad empresarial. S&P Global sacó a Tesla de su índice de sostenibilidad, por bajo puntaje en relaciones laborales en el año en curso e introdujo a ExxonMobil por haber preparado un plan de transición energética para el 2050 (demostrado no factible) con lo que decía que la petrolera era más “sostenible” que la pionera en vehículos eléctricos. Podemos no estar de acuerdo que quiere decir “ser sostenible” y a mejor no lo podemos articular, pero como dijo un presidente de la Corte Suprema de Justicia de EE. UU., “no puedo definir la pornografía, pero sí sé lo que es cuando la veo”. Tesla es más sostenible que ExxonMobil.

6.     Compensaciones.

En la medida que las calificaciones se refieren a aspectos más agregados, implícitamente se permite compensar deficiencias en algunos aspectos con elementos positivos en otros y viceversa. Esto permite calificar con elevadas puntuaciones a empresas que tienen grandes irresponsabilidades. ¿Compensa la existencia de un código de conducta las elevadas emisiones de gases de efecto invernadero?  Para muchas calificadoras sí.

IV.            ¿Serán efectivas las regulaciones? ¿Mejorarán las calificaciones?

Las calificaciones mejorarían si, como consecuencia de la regulaciones vencieran las deficiencias que hemos listado arriba, pero ello es una manera, no la única para evaluar si las calificaciones mejorarán.  Debemos hacerlo además en el contexto de dos consideraciones: (1) cuales son los objetivos de las regulaciones; y, (2) las diferentes necesidades de los usuarios.

En esta sección primero evaluaremos en qué medida cumplirán sus objetivos, si se subsanan algunas de las deficiencias mencionadas y si cumplen con las necesidades de los usuarios.

a.     Análisis de su potencial efectividad: objetivos de la regulación. 

1.      Información confiable y confiabilidad de las calificadoras

El mayor valor agregado de las regulaciones en la obligación de proporcionar información pública sobre las metodologías, modelos, supuestos claves, fuentes de la información de base, etc. En la actualidad son pocas la que revelan estas informaciones que siendo un mercado competitivo quieren proteger su cuota de mercado y diferenciarse, lo que tiene el efecto de producir gran diversidad de calificaciones.  Otro aspecto que contribuirá a su efectividad es el énfasis en la confiabilidad de las calificadoras, su gobernanza y responsabilidad y eliminación del conflicto de intereses.

Las regulaciones tienen un perfecta coincidencia entre sus objetivos y sus disposiciones, lo que debería llevar a que sean efectivas. Lo que puede poner en peligro parte de su efectividad es el comportamiento de las calificadores, donde la revelación de la información sea parcial para proteger su mercado, tratando de cumplir el mínimo posible.  Y la labor de ESMA en la autorización, supervisión y control es crítica, pero puede verse afectada por la falta de recursos.

2.     Comparabilidad de las calificaciones

Pero hay un objetivo que creemos que no solo no se logrará, sino que es además contraproducente buscarlo y es el de la comparabilidad de las calificaciones. Es incompatible con los otros objetivos, si no se quieren regular y armonizar las metodologías, no se puede pretender que sean comprables, lo que depende de ello. No se puede pedir a las calificadoras que usen modelos, metodologías e informaciones de base semejantes.

Las calificaciones, por definición, evalúan aspectos diferentes de la sostenibilidad, para cubrir diferentes necesidades. Solamente en el caso de las calificaciones sobre aspectos muy puntuales será razonable la comparación entre calificadoras. A pesar de las regulaciones, continuará la dispersión de las calificaciones y continuarán produciéndose diferentes calificaciones para una misma empresa y el mismo aspecto de sostenibilidad.  Continuarán las contradicciones entre calificaciones mencionadas arriba (III.4 y 5.). Pero ahora por lo menos el usuario debería tener suficiente información para saber que reflejan y como las puede usar para sus objetivos.

b.     Análisis de su potencial efectividad: ¿subsana las deficiencias?

Como destacábamos en la sección II.b. no son parte de los objetivos de la regulación ni el uso que se les da ni la regulación y armonización de las metodologías. La regulación regula el entorno, el ecosistema, no las calificaciones ni su metodología, por lo que las seis deficiencias mencionadas no serán subsanadas por la regulación. No es su objetivo. Y si no es su objetivo subsanarlas, ¿para que las mencionamos?  Para advertir a los usuarios que las calificaciones siguen sin resolver los problemas de: (1) Indefinición del objeto de la evaluación: ¿Qué entendemos por sostenibilidad?; (2) Sesgo a la calificación basada en la materialidad financiera; (3) Indicadores inadecuados para capturar la sostenibilidad; (4) Ignoran aspectos negativos; (5) Usurpación de papeles; y, (6) Compensaciones entre buenos y malos comportamientos. Y para enfatizar que el usuario debe hacer sus deberes para interpretarlas de acuerdo con su objetivos y que las “nuevas calificaciones” no le resolverán estos problemas.

c.     Análisis de su potencial efectividad: necesidades de los usuarios.

En este sentido las regulaciones hacen una gran contribución ya que, si bien los usuarios tienen necesidades específicas que la regulación no puede atender, su implementación permitirá afinar la compatibilidad entre sus objetivos y el contenido, metodología utilizada y la confiabilidad de la calificadora en términos de su gobernanza y responsabilidad. Siempre han tenido objetivos, pero con el esquema actual les es más difícil saber cuál es la calificación que es más compatible y como interpretarla.

V.              En resumen: ¿Son regulables las calificaciones y calificadoras en sostenibilidad empresarial?

Si bien las calificaciones y las calificadores no son regulables por la especificidad de cada caso, y se debe dejar que el “mercado” funcione, los esfuerzos de la Comisión Europea, siempre en línea con mejorar la operatoria de los mercados y facilitar las decisiones de los participantes en esos mercados, los consumidores, inversionistas, empresas, etc. están promoviendo una mayor transparencia y confiabilidad de la información para que los interesados puedan tomar decisiones informadas (valga la cacofonía). Están regulando el ecosistema.

Las regulaciones no resolverán el problema de la dispersión y las contradicciones entre calificaciones de las empresas. Continuarán, pero con las regulaciones los usuarios tendrán mayor y mejor información para distinguir entre ellas y seleccionar las que sean más compatibles con sus objetivos.

Cada empresa tiene su visión de lo que debe ser su sostenibilidad empresarial y cada calificación tiene su modelo de qué debe ser esa sostenibilidad y sus objetivos y no suelen coincidir.

El ideal de calificar a cada empresa en función de su especificidad y para cada uno de los posibles usos de las calificaciones, es factible pero no es práctico. Se deberán hacer compromisos, pero los usuarios: inversionistas, empresas, reguladores y el público, deben (deberían) conocer las especificidades de cada calificación (objeto y la compatibilidad con sus necesidades antes de usarlas. 

No es fácil dar forma a lo informe, claridad a lo nebuloso o estructura a lo desestructurado.

Las regulaciones de la Comisión Europea van en este sentido: idoneidad de las calificadoras y transparencia sobre metodologías y datos.

CONCLUSIÓN: Las regulaciones allanan el terreno para las decisiones más efectivas, pero la responsabilidad permanece en los inversores ….. que deben hacer sus deberes. La Comisión se ha tomado el trabajo de facilitarlo, pero no de hacérselo. Cada usuario tiene sus propias necesidades.



[i] Ver un exhaustivo análisis en Aggregate Confusion: The Divergence of ESG Ratings (Florian Berg, Julian F Kölbel y Roberto Rigobón, agosto 2019).

[v] Si bien la regulación de las calificaciones es parte de la operatoria de los mercados de valores, en este caso el liderazgo lo ha asumido la comisión, para poder darle la fuerza de regulación obligatoria.

[viii] A finales del 2024 no está disponible en español, pendiente de su publicación en el boletín oficial.