sábado, 5 de octubre de 2024

Prohibición de usar criterios de sostenibilidad empresarial en las decisiones de inversión de los fondos de pensiones. ¿Tiene lógica?

  

Este articulo analiza las recientes controversias entre legisladores y gestores de fondos de inversión, en particular los de pensiones, en EE. UU, sobre la legitimidad de la utilización de consideraciones sobre la sostenibilidad empresarial en la selección de los valores a invertir en las carteras. Si bien es un problema geográficamente localizado, y con contenido ideológico, es relevante para cualquier parte del mundo.  Los argumentos contrastantes ilustran parte de las razones por las cuales los inversionistas quieren invertir en empresas bien gestionadas, consideradas social y ambientalmente sostenibles y ofrecen perspectivas que pueden ser valiosas para los gestores de fondos dondequiera que operen.

La legislación vigente.

La ley sobre la seguridad de los ingresos por pensiones de los empleados (Employee Retirement Income Security Act (ERISA) es una legislación a nivel federal, o sea aplicable a todo el país, que establece los estándares mínimos de actuación para los planes de pensiones y de salud del sector privado y su implementación es regulada por el Departamento del Trabajo. Esta legislación requiere que los gestores de los fondos tomen sus decisiones basándose exclusivamente en los intereses de los participantes y beneficiarios. Y he allí la cuestión: ¿Cuáles son los intereses de los participantes y como se persiguen?

Legislación aprobada en la cámara baja del congreso.

En septiembre del 2024 la cámara baja aprobó la ley H.R. 5339 que requiere que los fiduciarios de los fondos de inversiones participados por los empleados tomar sus decisiones de inversión basadas exclusivamente en consideraciones financieras, o sea, en aspectos que se considera tendrán un efecto material sobre el riesgo y rendimiento de las inversiones, sobre los plazos que sean compatibles con los objetivos y políticas de inversión de los fondos.

La ley permite que, si no se puede distinguir entre inversiones con beneficios financieros equivalentes, se puedan considerar otros criterios, pero solo se pueden usar cuando se demuestre que los financieros no son suficientes para hacer la distinción, o sea, solo como criterio de desempate.

La aprobación definitiva de esta propuesta en los actuales momentos no es políticamente factible, pero ello no obsta para que haya suscitado una agria discusión sobre el papel de consideraciones no financieras. Se requiere la aprobación del Senado y del presidente del país, en ambos casos bajo el control del partido demócrata, que está a favor de la consideración de los aspectos medioambientales y sociales en las decisiones de los fondos de inversión.  Esto podría cambiar si cambia el control de ambas cámaras y la presidencia en las próximas elecciones.

La regulación del Departamento (ministerio) del Trabajo.

La regulación permite, pero no requiere, que los fiduciarios de los fondos de pensiones consideren el impacto financiero potencial de los aspectos de sostenibilidad empresarial, además de los aspectos financieros en la toma de decisiones sobre las inversiones.

Esta regulación representa un cambio que el actual gobierno demócrata hizo sobre la regulación del anterior gobierno republicano, que iba en la línea de la ley propuesta mencionada arriba.

Conclusión

La ley federal dice que se deben seleccionar las inversiones basándose exclusivamente en los intereses de los participantes y beneficiarios, pero no da detalles para la implementación.  La actual regulación del ministerio dice que, para ello, pueden, no que deben, usar criterios no financieros además de los financieros, a discreción de los fiduciarios.

La ley propuesta dice que no se pueden usar criterios no financieros para decidir, solo como criterio de desempate en la evaluación con los criterios financieros de las diferentes inversiones disponibles.

La experiencia ha indicado que algunos aspectos no financieros (ambientales, sociales y de gobernanza) tienen un impacto tangible sobre el riesgo y rendimiento de las inversiones, sobre todo en el largo plazo, que es el horizonte de inversión de los fondos de pensiones, por lo que su consideración no debe ser de desempate, ni siquiera opcional, debe ser obligatoria si se quieren perseguir los intereses de los pensionistas en el largo plazo.

En todo caso, lo razonable es que demuestre que la aplicación de estos otros criterios no es arbitraria, que no se usa para seleccionar inversiones que le convengan o les gusten a los fiduciarios. [i]

La oposición de algunos políticos va más allá de esta discusión lógica y es producto de un fuerte oposición ideológica en contra de “restricciones”, en este caso a las inversiones en combustibles fósiles, deforestación, contaminación, equidad e inclusión social, entre otras, para lo cual, paradójicamente, imponen “restricciones” al uso de algunos criterios en las decisiones de inversión. Una lógica ilógica.

Es el caso de la discusión entre la materialidad financiera, impacto sobre el riesgo y rendimiento de los aspectos no financieros, y la materialidad de impacto, impactos sobre la sociedad y el medio ambiente, que pueden o no traducirse en reacciones de los afectados que impacten la situación financiera de la empresa. La primera es la base de los reportes de sostenibilidad a nivel internacional, del ISSB, y ambas lo son para los estándares de reporte europeos, ESRS.

Lo que sería razonable es exigir la demostración que los criterios no financieros usados forman parte de la materialidad financiera. No hacerlo iría en contra de los intereses de los beneficiarios.



[i] Dos anécdotas personales que ilustran esta discusión.

En el año 2005, siendo vicepresidente del comité de inversiones del fondo de pensiones de los empleados del Banco Interamericano de Desarrollo (en aquel entonces más de US$ 2 000 millones en activos, Estuve en el cargo 25 años, entre 1982 y 2007) y Gerente de Desarrollo Sostenible, presenté una propuesta al comité para invertir una pequeña parte de los fondos con criterios de sostenibilidad social y ambiental, usando los argumentos de riesgo y rendimientos financieros a largo plazo y la contribución al desarrollo sostenible, que era y es el propósito de la institución. Rechazada la propuesta 6 contra 1.

Se presentó otra propuesta para usar una pequeña parte de los fondos para otorgar hipotecas a los empleados del Banco, vistos los costos financieros que enfrentaban. Rechazada 7 a 0, con el argumento de que esos empleados se beneficiarían a costa del resto de los presentes y futuros pensionados, a menos de que fueran a una tasa superior a la del mercado, para compensar por los costos adicionales de transacción, con lo cual el involucramiento carecía de sentido.

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